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Notesva (“Notarios españoles voluntariamente asociados”)

Un año más llega el momento de renovar el seguro de vida y con el aviso de renovación, llega la carta que Miguel Ángel Segura Zurbano, Presidente de Notesva, nos dirige a todos los asegurados (¿o es a todos los Notarios?) y un año más pienso lo mismo, ¿cómo es posible que no haya más asegurados?

Antes de proseguir, sepamos qué es Notesva

Notesva es una Asociación sin ánimo de lucro cuyo objetivo es gestionar y administrar los seguros colectivos que contrata para Notarios asociados”

Supongo que el acrónimo significa “Notarios españoles voluntariamente asociados”, ¿no? ¿Y estamos todos los Notarios españoles en Notesva? Pues yo diría que no, diría que solo somos de Notesva los que tenemos un seguro con Notesva lo que nos convierte en “Notarios españoles voluntariamente asociados”.

Yo tengo dos seguros con Notesva.

Seguro de vida (Escala B)

Mi padre siempre estuvo asegurado con Notesva, creo que continuó con su seguro de vida (no recuerdo en qué escala y ya no se lo puedo preguntar) cuando por razón de su edad ya no le era tan rentable continuar asegurado (yo este año empiezo la cuesta abajo al pasar de los 50 años), con lo que no tuve duda en asegurarme la vida con nuestra aseguradora (que no es una aseguradora en realidad sino una asociación que contrata seguros). Es más, mi padre me regaló el primer año y luego me beneficié (creo que durante otro año) de los descuentos que Notesva ofrece a los nuevos Notarios. He tenido tentaciones, cuando mis obligaciones económicas y riesgos han sido más importantes de lo que lo son ahora, de pasar a la escala más alta (la C), pero al final siempre me he mantenido en la intermedia.

A veces le digo de broma a mi mujer “si la palmo o me quedo lelo, te dejo millonaria”. A ella no le hace ninguna gracia mi broma, pero lo cierto es que con mi edad y en mi escala, mi fallecimiento o invalidez (ojo que pensamos poco en quedarnos inválidos … y si ocurre puede tener uno un auténtico infierno en vida por delante, plagado de gastos), se cotiza si es por enfermedad en 623.051 Euros y en 1.359.008 Euros si es por accidente. Para el que no lo sepa he conducido cerca de medio millón de kilómetros en los diez años que llevo en mi actual destino

Según nos cuenta Miguel Ángel Segura Zurbano en la carta de este año, somos algo más de 1.700 asegurados y creo que a día de hoy rondamos los 2.800 Notarios en activo. Eso supone que tenemos contratado el seguro sobre un 60% de los Notarios en activo. Imagino que con la edad y la disminución de responsabilidades económicas, decaerá el número de asegurados y que habrá más asegurados en las franjas más jóvenes, aunque solo son suposiciones mías pues no dispongo de datos.

Seguro de hogar

No pude contratar el seguro hogar hasta hace dos o tres años, no recuerdo exactamente, pues mi Banco, me imponía su propia aseguradora al encontrarse mi vivienda hipotecada y al no tener yo fuerza (económica) suficiente para afrontar un cambio de aseguradora que supusiera un perdida de bonificaciones en mi hipoteca (una menudencia en realidad) o (esta era la verdadera razón) un peor trato en adelante en las relaciones con mi entidad habitual. Cuando mi fuerza (económica) se incrementó y pasé a ser menos dependiente del Banco, hablé con Notesva y contraté mi nuevo seguro que, con mejores coberturas, me cuesta la mitad de lo que pagaba a la compañía del Banco. He estado unos seis años pagando por mi seguro hogar el doble de lo que me cuesta el de Notesva.

Sorprendentemente (a mi modo de ver), solo otros 37 compañeros tienen asegurada su vivienda con Notesva.

En el caso de los despachos, solo son 26 compañeros los que tienen su seguro con Notesva. Yo lo haré cuando llegue el momento de tener un local en propiedad, pues sigo de alquiler a los quince años de mi ingreso en el Notariado.

En cuanto a los demás productos, siempre me tientan el de Previsión Laboral y el de Ahorro, pero se ve que me veo con buena salud para el primero y con escasa posibilidad de ahorro para el segundo y que por eso se mantienen en el ámbito de la tentación. Además, reconozcámoslo, cuesta invertir en seguros, ¿verdad? Creo que pronto contaré mi última mala experiencia con una aseguradora (Allianz) a quien pagué 400 Euros como seguro de unos vuelos Valencia-Paris-Tokio-Amsterdam-Valencia y que ha sido la única que tras cancelarse mi vuelo y con ello mi viaje, no me ha devuelto ni un céntimo. La que me tenía que proteger es la única que ha sacado partido de una huelga de controladores aéreos. ¡Qué paradoja¡ He efectuado una consulta a mi amigo tuitero José Silva y tengo un hilo de esperanza que no dará lugar, casi con absoluta seguridad, a nada pero hay que evitar que algunas cosas no se conviertan en un “tocco di capelli” (ya se sabe que el que no llora no mama).

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Otras ventajas de Notesva

Creo que las primas son inmejorables, imbatibles, insuperables, respecto de las de otras aseguradoras, pero a mi, además de pagar poco o pagar menos, lo que me gusta de Notesva es que la siento como propia y que me pone las cosas muy fáciles. Cualquier gestión que tengo que hacer la resuelvo en un santiamén recurriendo a Mercedes Álvarez y a Santiago Escrivá de Romaní. Este mismo año he mejorado mi seguro hogar y solo he tenido que ponerme en contacto con ellos vía e-mail y ellos me han resuelto el asunto en poquísimos días. A nivel de siniestros, debería valorarse la inmediatez y la rapidez, el cariño y la confianza en los que deberán tramitarse y resolverse los siniestros más duros. No tiene que ser lo mismo (y eso lo sabemos todos) sufrir una muerte o invalidez y tener que ponerse en contacto con unos desconocidos que nos pondrán toda clase de obstáculos para cobrar y nos harán las cosas difíciles sorteando alocuciones telefónicas, departamentos y asesoramientos sesgados e interesados en beneficio de la aseguradora de turno o del Banco al que pertenezca, que sufrir una desgracia y ponerse en contacto con Mercedes o con Santiago (a quienes cito porque les trato y conozco, sin perjuicio del resto del equipo). En cuanto a siniestros menores (mis dos recientes pérdidas de llaves de casa) destacaría además lo rápida y efectivamente que han funcionado mis reclamaciones a Generali. No tan menor era la cuestión del beneficiario de mi seguro de vida que me impuso como condición el Banco con el que tengo mi hipoteca y que resolví con la misma facilidad que las demás cuestiones que he tenido necesidad de resolver en estos años. Aquí lo cuento.

Agradecimiento a Segura Zurbano

Nuestro compañero jubilado en el 2006 (hace 12 años, lo digo para que se echen cuentas y se multipliquen sus merecimientos) sigue al pie del cañón e incansable en su labor y con su equipo. Merecen nuestro agradecimiento y yo desde luego se lo doy desde aquí, rompiendo una lanza (si es que les hace falta) por ellos y vendiendo sus bondades.

Tal vez necesiten de un eslogan tipo “yo no soy tonto”, porque en realidad no tener los seguros contratados con ellos es, en muchos de los casos, una muestra de lo contrario, a no ser que seas como un cliente mío que firmaba el otro día una operación que incluía un seguro y que al ser informado por mi de su importe, llamó al Banco y les dijo, “eso me lo dejan a mi en la cuarta parte, así que no firmo”. Al colgar le dije que a ver si me presentaba a su corredor de seguros…

En resumen, que me parece inconcebible que Notesva no venda más de lo que lo hace.

Queda todo dicho, si bien para quedarme tranquilito, de paso, diré que no he entendido todavía qué hace Ancert vendiendo seguros con Zurich existiendo Notesva, al margen de que Zurich solo nos ofrezca algunos de los productos que Notesva comercializa (hogar, autos y despachos).

Hasta otra, un abrazo. Justito El Notario. @justitonotario




 

4 comentarios

  1. José Antonio Félez Gutiérrez

    La póliza colectiva de seguro de Accidentes claramente reconoce la facultad del asegurado de designar y modificar la designa incluso en su testamento. Sin embargo, sorpresivamente, en la póliza colectiva de vida, ni en las condiciones generales ni en las particulares queda claramente reconocida aquella facultad.
    En las pólizas originarias con Banco vitalicio, sean de Accidentes sean de Vida, se reconocía expresa y claramente la facultad del asegurado.
    Por qué esta confusa disparidad que puede ser -y está siendo- fuente de problemas? ya que las Audiencias sólo reconocen las designas y modificaciones que realice el tomador (en este caso Notesva), sin tomar en consideración las designas que el asegurado (en este caso el Notario) haya realizado en su testamento, atribuyendo las sumas aseguradas a personas distintas a las que hubiera deseado y dispuso el asegurado.
    Alguien puede aportar algo ?

    • Buenas tardes José Antonio:
      Me da la sensación de que sabe más que yo sobre este asunto.
      Me informaré sobre el tema y solo le responderé con preguntas.
      Dice usted que en la póliza colectiva de vida no se reconoce esa facultad.
      ¿Se refiere a la de designar beneficiario en testamento?
      ¿Notesva designando beneficiarios y no considerando las efectuadas en testamento?
      Volveremos a hablar.
      Saludos y gracias, Justito El Notario.

      • José Antonio félez

        Efectivamente.
        En principio, el asegurado siempre puede comunicar al tomador (Notesva) sus designas y sus modificaciones de designas, pero es el Tomador el único facultado por el artículo 84 de la Ley de Contrato de Seguro para ejercer la facultad de designar y modificar designas de beneficiarios (naturalmente el tomador hará lo que le pida el asegurado adherido) ante la Aseguradora Generali. Ya que el asegurado no es parte contractual, sino ajeno al mismo (aunque interesado) y, por ello, lo que él haga por sí, aunque sea en testamento, no será eficaz para nombrar a sus beneficiarios; si hay conflicto, los Tribunales sólo reconocerán al último beneficiario que le conste a Generali y no a los últimos beneficiarios designados en testamento por el notario causante, que pueden ser diferentes. Su última voluntad no prevalecerá.

        En la Póliza colectiva antigua con Banco Vitalicio, se contemplaba (ex art. 1255) de forma categórica e inequívova que el asegurado también podía hacer su designa y modificación de beneficiarios en su testamento, de forma que ésta será la que prevalezca en todo caso. Así sucedía tanto en la Póliza colectiva de vida como en la de accidentes.

        En la actualidad se ha mantenido tal reconocimiento al asegurado sólo en la de accidentes, ya que en su póliza se sigue recogiendo de forma clara y categórica.
        Pero la redacción actual de la póliza de vida se ha separado de aquella fórmula y es discutible se se reconoce o no en el contrato de seguro la mencionada facultad.
        Es muy importante aclarar para que los familiares no se lleven un susto

        afcultad de a actual póliza colectiva de vida ha dejado de recoger de modo inequívoco la facultad del asegurado de

        • Hola de nuevo:
          Ya veo que está usted muy enterado de todo el asunto, con lo que creo que no podré ayudarle.
          Agradezco su información como asegurado de Notesva que soy. Haré la pertinente consulta.
          Muchas gracias, saludos, Justito El Notario.

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