Deontología Notarial

Nota: El post de hoy se complementa con el propio trabajo sobre Deontología Notarial de Celia y Laura publicado, junto con un estupendo vídeo, en notaríAbierta.

Todo empezó con un e-mail de Celia a través de la Sección Contacto de mi blog

Hola, buenas tardes, somos unas alumnas de la Universidad Rey Juan Carlos de Madrid que estamos preparando un trabajo sobre la Deontología Notarial, hemos encontrado su página web en la que habla sobre el tema de los ancianos sordomudos, que viven en Pinto, nos ha interesado mucho su postura sobre este tema, y nos encantaría poder hablar con usted ya que estamos preparando un vídeo sobre esta noticia, tenemos algunas preguntas sobre su profesión y no tenemos ninguna relación con Notarios que nos puedan facilitar la información. Sería de gran ayuda, muchas gracias. Le seguimos en Twitter. Celia

Esta fue mi respuesta

Hola Celia:

¿Qué estáis estudiando? ¿por qué ese interés en la Deontología Notarial?

En ese vídeo, ¿qué participación tendría yo? Supongo que no saldría ¿se me citaría o figuraría en otros ámbitos de vuestro trabajo?

¿Qué os interesa saber?, es decir, ¿qué preguntas queréis hacerme?

Yo no represento a nadie, notarialmente hablando. Voy por libre y nada de lo que yo diga podría ser puesto en más boca que en la mía. Ya sea como Justito El Notario o con mi verdadera identidad que, en principio, no tengo problema en revelar.

El post de los ancianos sordomudos trata de un asunto muy delicado que afecta a dos compañeros y a mi colectivo profesional en general por lo que necesito que me informéis antes de tomar una decisión al respecto.

Gracias por contar conmigo. Saludos, Justito El Notario.

“Su participación consistiría en la aparición del artículo que tiene en su blog y en contestar a algunas preguntas”

Muchas gracias por el interés, somos Laura Fernández Sánchez y Celia Martínez Juan de Madrid. Estudiamos Comunicación Audiovisual y Administración y Dirección de Empresas en la Universidad Rey Juan Carlos, Campus de Fuenlabrada, y en la asignatura de Deontología nos han mandado investigar sobre vuestra deontología y crear posteriormente un pequeño debate sobre una noticia que tratara directamente con el tema de la ética profesional.

Estas fueron las preguntas de Celia y Laura sobre Deontología y otras cosas y mis respuestas

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1.= Explicación breve de diferentes puntos del Código Deontológico que más destaquen dentro de su profesión y de si los Notarios españoles tienen Código Deontológico propio o siguen el de Europa en su totalidad

Por lo que yo sé, y no soy un experto (si queréis aprender de un verdadero experto tenéis la obra del Notario, ya fallecido, Juan Francisco Delgado de Miguel), existe el Código Ético Revisado de Deontología Notarial de la Asamblea del Consejo de Notariados de la Unión Europea (CNUE) que se aprobó en Diciembre de 2009, los Principios de Deontología Notarial de la Unión Internacional del Notariado Latino (que integra a unos 90 países) a la que pertenece el Notariado español que fueron aprobados en Lima (Perú) en Octubre de 2013 y un Código de Deontología Notarial aprobado por el Consejo General del Notariado de España en Abril de 2013.

Ciñéndome al Código de España y echando un vistazo a su Preámbulo,  los apartados que me parecen más destacados son los siguientes:

.- Relaciones con otros compañeros. No se puede vivir de espaldas a los compañeros de profesión, comenzando por los que aprueban contigo y continuando con los que tienes más cerca y con los del Colegio notarial al que perteneces.

.- Relaciones con la sociedad. Ni mucho menos se puede vivir de espaldas a la sociedad, ni como colectivo, ni individualmente. Es más los Notarios estamos día a día, permanentemente en contacto con la sociedad.

.- Imparcialidad, apariencia de imparcialidad e independencia. Esto es básico: ser imparcial y parecerlo. Prestar asesoramiento a la parte más débil, a la más necesitada de protección. Somos independientes y como tales actuamos. Se nos acusa de dependientes de la Banca. La Banca es nuestra bestia negra, pero procuramos, y os aseguro que es muy, muy difícil, mantenerla a raya. Todos deberíamos ser un poco bestias negras de la Banca. ¿Qué puede pensar quién está firmando su hipoteca en una oficina bancaria con el Notario? ¿Que el Notario es otro empleado del Banco? Muy probablemente. Eso, por ejemplo, es parecer ser imparcial.

.- Libre elección de notario. Campañas y campañas, mensaje tras mensaje y todavía la gente duda si tiene o no tiene derecho a elegir Notario. ¿Qué tal si dijéramos simplemente “el que paga, elige”?. ¿Paga el Banco o paga usted? paga usted, ¿verdad?, pues usted elige. No existe el concepto del Notario del Banco como Notario al que el Banco haya obligatoriamente de ir y de llevar a los que contratan con él. Algunos dicen que hay que elegir al Notario que sea más incómodo para el Banco. Tal vez eso sea difícil de descubrir pero hay que tener Notario propio, hay que tener Notario de cabecera e ir a consultar las cosas a tu Notario. Hay que elegir Notario.

.- Arancel Notarial. El Arancel Notarial está obsoleto. Tiene ya 27 años y no lo digo porque cobremos mucho o poco. Simplemente está desajustado a los tiempos actuales. Disperso entre decenas de normas, de disposiciones adicionales, que dificultan su aplicación, que hasta se contradicen. Habría que cambiarlo y, mientras no se haga, aplicarlo con rigor absoluto. Se tiene que cobrar lo que corresponde de acuerdo con el documento que cada uno haya venido a firmar a la notaría. Si la factura no está proporcionada con el resultado obtenido, que no es otro que la escritura que uno se lleva debajo del brazo y se cobra poco por un testamento y mucho por una hipoteca, pues es lo que resulta de nuestra norma vigente y con ello tenemos que conformarnos tanto los Notarios como los usuarios de nuestros servicios.

.- Empleados de Notaría. La otra pata sobre la que se asienta el sistema. Rompo una lanza por ellos, si es que hace falta hacerlo, pero al tiempo ha de recordarse que quien lee y explica una escritura es el Notario.

.- Tramitación de documentos. Se trata de una actividad extra-arancelaria en la que el Notario actúa como una especie de gestoría. Puede hacerlo y lo hace generalmente a precios competitivos y con resultado de éxito. Pero hay que deslindarla perfecta y exactamente de la función propiamente notarial.

Probablemente, la Deontología debería incluirse en el programa de las oposiciones. Reconozco que no he leído ninguno de los Códigos que os he citado. Sólo los he ojeado y consultado para cuestiones puntuales, como ha sido en el caso de esta colaboración con vosotras, pero también he pensado que la Deontología es básicamente un código de conducta y un código ético, un saber hacer, algo que se tiene o no se tiene, que se tiene más o menos acusadamente o que no se tiene en absoluto, que va ínsito a la persona pero que también se aprende. Mi padre fue Notario, un gran profesional, y he mamado su Deontología Notarial desde niño. Mi padre me enseñó en muchos casos lo que se podía o no se podía hacer, lo que se debía o no se debía hacer. Mi padre era de otra época, ahora las cosas son bien distintas.

2.= ¿Por qué eligió esta carrera?

Lo dije en mi post “El primer número de protocolo” que firmé el día 20 de Febrero de 2003:

Yo siempre he querido ser lo mismo que mi padre y ahora que lo he conseguido,  he de decir que quiero ser un Notario de la clase de Notarios a la que pertenece mi padre, es decir, que quiero ser un verdadero servidor público, un auténtico profesional del derecho y un enamorado de mi trabajo. Espero que sus más de cuarenta años de ejercicio profesional guíen mis pasos a lo largo de toda mi carrera”.

3.= ¿Qué es para usted ser? o ¿qué implica el ser Notario?

Yo veo y vivo mi profesión desde un punto de vista muy vocacional. Es mi vocación e implica desempeñarla procurando hacer las escrituras como si fueran para mí. A uno de mis actuales oficiales le gusta decir a nuestros clientes: “te vamos a hacer la escritura como si fuera para nosotros”. La gente entiende perfectamente el mensaje. Procuro que cada escritura tenga el mejor planteamiento, la mejor redacción y el mejor desenlace. Si te equivocas, lo arreglas y respondes y si puedes ayudar en algo más lo haces (y si corresponde cobrar por ello, lo cobras). La función en un pueblo, que es donde yo he estado hasta ahora, es de más proximidad y de menos urgencia que en las ciudades. Los aspectos fiscales, catastrales, administrativos y registrales que se derivan de una escritura, han de procurar ser también atendidos o debidamente orientados. Si hay algo que no soporto es aquello del “eso no es cosa mía”.

4.= Breve opinión de la noticia relativa al desahucio de un matrimonio de ancianos sordomudos,  ¿usted qué haría? ¿está de acuerdo con la querella que le va a imponer la abogada al Notario?

Yo creo que mi opinión está recogida perfectamente en el post que titulé “Desahucia a sus padres sordomudos”. Y de él voy a entresacar algunas de las cosas que dije y ahora os repito:

Creo que sin tener ni idea de lo realmente acontecido y sólo por el hecho de que soy Notario, puedo hacer unas cuantas aclaraciones que cambien radicalmente la visión del caso a que se refiere la noticia y, sobre todo, las conclusiones que cada lector pueda sacar de esta tremenda situación, de este drama que no haría falta agravar aderezándolo con cuestiones irrelevantes, inexactitudes, prejuicios o presunciones, puesto que la situación ya es suficientemente delicada de por sí. Es aborrecible que en base a esta clase de informaciones se cree un estado de opinión que afecta a muchas personas y colectivos, entre ellos el mío, el de los Notarios, pero también al colectivo bancario o al de las personas con discapacidad.

Yo, insisto, no sé lo que realmente ha pasado, aunque como soy Notario y he firmado escrituras con sordomudos (y otros discapaces) estoy perfectamente autorizado para efectuar ese análisis, porque si alguien tenía alguna duda, y tras leer la noticia es muy probable que la tenga, los sordomudos pueden firmar escrituras o ¿es qué alguien pensaba que un sordomudo no puede hacerlo por el simple hecho de serlo? Se está asociando la discapacidad a la incapacidad.

Sí para hacer accesible una noticia a más gente, convertimos los hechos en otros distintos, la noticia deja de ser noticia y se convierte en un cuento chino.

Yo firmo con personas analfabetas a menudo. Todos los días del año, los analfabetos firman escrituras públicas en alguna notaría española. También firmo con discapacitados a menudo (pueden verlo aquí, por ejemplo), también firman escrituras los discapacitados todos los días en las notarías españolas. Los sordomudos, con las garantías oportunas, pueden firmar escrituras públicas. Los Notarios no nos encargamos de dejar o no dejar firmar no somos los tutores de nadieControlamos la legalidad, aunque hay quien lo discuta, y la decisión de firmar o no firmar es cosa de cada uno. Como son de cada uno las consecuencias que se derivan de sus actos. Cuantas veces habré dicho, “si no lo tiene claro, no firme”, “por mí no se preocupe, si quiere lo dejamos para otro día” y cosas similares. Los Notarios no damos permiso a nadie para nada, controlamos la legalidad y si todo es correcto, se otorga la escritura y nosotros la autorizamos.

El periodista parece que considera todo probado. Con sus explicaciones está prejuzgando el caso e influyendo en la opinión pública, sin tener todos los elementos necesarios y haciendo valoraciones que no está capacitado para efectuar, pues ni tan siquiera es un periodista especializado.

¿No será en realidad que el matrimonio confiaba en que todo saldría bien, en que no llegaría nunca el momento de responder de las obligaciones asumidas frente al Banco?

No defiendo a los compañeros afectados, que puede que incumplieran sus obligaciones, defiendo a mi corporación profesional, defiendo la seguridad jurídica preventiva. Defiendo al Notariado y ataco la noticia, procurando no inducir a confusiones, ni juzgar (ni prejuzgar) los hechos puesto que no es cosa mía (ni de nadie más que de los órganos judiciales) hacerlo.

No sé si se ha intentando hablar con los compañeros afectados o con nuestros órganos representativos, pero sí que sé que esta noticia me parece completamente alejada de la buena práctica periodística y sobre todo de la especialización que requiere tratarla adecuadamente.

Siento enormemente el drama de esta familia pero desprestigiar y poner en duda a una profesión entera es completamente injusto.

¿Qué pensarán todos aquellos que viven completamente alejados de la función notarial excepto en la media docena de veces que podrían pasarse a lo largo de su vida por una notaría?

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4.1.= ¿Qué haría yo?

Insisto no sé qué pasó, así que no estoy efectuando ninguna comparación con lo que pudieran haber hecho mis compañeros.

Enterado de que los otorgantes son sordomudos, sería necesaria la presencia de un intérprete oficial en el lenguaje de signos. Inmediatamente me habrían dicho que no lo utilizaban, ni comprendían, así que hubiera exigido la presencia de dos testigos y la de otra persona, preferentemente no familiar (hijo deudor excluido), que fuera capaz de entenderse con los mismos y conmigo. Pienso que no se podía hacer nada más en este caso y que no hubiera sido procedente denegarles la autorización de la escritura.

4.2.= ¿Qué sí estoy de acuerdo con la querella que le va a interponer la abogada al Notario?

Francamente, no puedo opinar. No tengo datos más allá de lo que cuenta la noticia, que es un completo desaguisado y que es la única que he leído sobre la materia porque me he auto-prohibido leer otras.

Termino diciendo, ya que de Deontología estamos hablando que, probablemente, es al periodista al que parece que le falta una buena dosis de ella y a su propio diario que permite que se publiquen esta clase de noticias en sus páginas. Por cierto, aquí está el Código Deontológico de los periodistas.

5.= ¿Cómo se ve hoy en día la profesión de notario?

La crisis económica e hipotecaria, la contratación en masa de los años del boom, nos ha generado una cierta mala fama, que nos ha bajado del pedestal en que la sociedad nos tenía. El problema para mí es creerse que tienes derecho a estar en un pedestal por ser Notario. El pedestal hay que ganárselo día a día en tu despacho y fuera de él. Digo siempre que hoy en día no basta con ser un perfecto profesional dentro de tu despacho, hay que contrarrestar la opinión pública negativa que nos afecta con una actuación corporativa o individual fuera de nuestras notarías que coloque a la profesión en el lugar que le corresponde. Cada uno está obligado a velar por sus propios intereses y a responder de sus errores. Es la idea que intenté transmitir en “El papel de los notarios en las cláusulas abusivas” que, y ahora lo confieso, es mi propia historia personal, la mía y la de mi mujer. Sí lo que cuento le ha pasado a un Notario, ¿qué no le va a poder pasar a alguien que no sabe absolutamente nada sobre el mundo jurídico, económico, fiscal y notarial?

Diría, pues, que veo a nuestra profesión vapuleada y puesta en la picota, lo que nos obliga a TODOS a trabajar de otra manera y al usuario notarial a ser consciente de sus obligaciones y de sus responsabilidades.

6.= ¿A qué se dedica usted y a qué se puede dedicar un notario?

Bueno, yo trabajo unas 40 horas semanales. Dos terceras partes las empleo en atender mi notaría, la tercera parte restante la empleo en mis labores corporativas o pseudo corporativas: blogs y colaboración en la web notariosyregistradores, foros jurídicos, jurisprudencia y actuación como community manager en varias cuentas en redes sociales. Como ocurre con todos los compañeros que hacemos todo este tipo de labores, no cobramos nada por ello.

Mi tiempo en la notaría lo dedico a un espectro bastante amplio de cosas. Mi notaría es pequeña y soy un Notario multiusos que puede estar atendiendo una consulta para desatascar el pasillo o leyendo y explicando la escritura que toque en cada momento. Salvo las copias de las escrituras que no las he hecho nunca, creo que hago de todo en la notaría.

El Notario, y lo dice el Artículo 1 de la Ley del Notariado que es de 1862 en su originaria redacción, es el funcionario público autorizado para dar fe, conforme a las leyes, de los contratos y demás actos extrajudiciales, es decir, el Notario es un trabajador del Estado, un funcionario público, aunque no le paga el Estado sino sus clientes (puesto que está retribuido por arancel) que es el encargado de decir que son ciertos y están bien hechos los contratos, los negocios que se celebran en su presencia y al tiempo es el encargado de decir que son ciertas las cosas que ve por sus ojos, oye por sus oídos o percibe por sus sentidos. Ejerce la fe pública por delegación del Estado y autoriza escrituras, actas, pólizas y testimonios, como por ejemplo, un testamento, una compraventa o una hipoteca, una donación o una herencia, una manifestación sobre determinados hechos o acontecimientos o sobre que uno se encuentra simplemente vivo, un préstamo o crédito personal, un leasing o un descuento, una legitimación de firma o la vulgarmente llamada compulsa, entre otras muchísimas cosas que un Notario está autorizado para hacer. La Ley de Jurisdicción Voluntaria nos ha otorgado en torno a 25 nuevas competencias y el Derecho Digital acabará dándonos otras o reformulando muchas de las que ya tenemos. De estas cuestiones se ocuparon las I Jornadas de Derecho Digital Notartic que se celebraron hace casi un año en Sevilla.

Hasta otra. Un abrazo. Justito El Notario. @justitonotario




 

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