paseo jurisprudencial de los lunes

Paseo Jurisprudencial: Lunes 24/05/2021: Fijación de la retribución de la administradora. Interpretación del art. 217 LSC y de la DT 1.ª de la Ley 31/2017

¿Que qué es un Paseo Jurisprudencial? Pues aquí lo tenéis.

Vamos a por el Paseo de esta semana. 

Sentencias y Autos del TC:

Esta semana tenemos los Autos 36 a 54 (ninguno interesante) y no han salido Sentencias del Tribunal Constitucional.

Nos vamos al Cendoj.

Sentencias del TS:

Tenemos este lunes, 43 Sentencias NUEVAS de la Sala 1ª del TS.

Estas 36, son las que no me parecen interesantes, a priori, a los efectos de la práctica notarial. 

  1. STS 1770 y 1823/2021 Acción de nulidad de condición general de imposición de gastos al consumidor en préstamo con garantía hipotecaria. Sujeto pasivo del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados. Reiteración de la doctrina de la sala.
  2. STS 1771 1772 1774 1776 1827 1830 1831 1832 1835 1837 1838 1839 1840 1842 1846 1847 y 1856/2021 Desestimación del recurso de casación por concurrir causa de inadmisión. Falta de cita en el encabezamiento del motivo del precepto infringido.
  3. STS 1773 1777 1833 y 1844/2021 Acción de nulidad de condición general de imposición de gastos al consumidor en préstamo con garantía hipotecaria. Gastos de Notaría, Registro de la Propiedad y gestoría. Reiteración de la doctrina de la sala.
  4. STS 1775/2021 Acción de nulidad de condición general de imposición de gastos al consumidor en préstamo con garantía hipotecaria. Gastos de Notaría y gestoría. Reiteración de la doctrina de la sala.
  5. STS 1778/2021 Acción de nulidad por error vicio de un contrato de préstamo con derivado implícito ejercitadas una vez transcurrido el plazo legal de cuatro años previsto en el art. 1301 CC. Indemnización de los daños y perjuicios derivados de un incumplimiento contractual.
  6. STS 1788/2021 y 1904/2021 Alcance de la indemnización por el perjuicio sufrido con la contratación de unas obligaciones de deuda subordinada. Se confirma la jurisprudencia según la cual como la obligación de indemnizar los daños y perjuicios causados “resarce económicamente el menoscabo patrimonial producido al perjudicado, (…) se concreta en la pérdida de la inversión, pero compensada con la ganancia obtenida, que tuvo la misma causa negocial”. Por lo que para este cálculo, a la suma inicialmente invertida hay que descontar el importe rescatado tras la intervención del FROB y los rendimientos generados a favor de los clientes durante la vigencia del producto financiero.Alcance de la indemnización por el perjuicio sufrido con la contratación de unas obligaciones de deuda subordinada. Se confirma la jurisprudencia según la cual como la obligación de indemnizar los daños y perjuicios causados “resarce económicamente el menoscabo patrimonial producido al perjudicado, (…) se concreta en la pérdida de la inversión, pero compensada con la ganancia obtenida, que tuvo la misma causa negocial”. Por lo que para este cálculo, a la suma inicialmente invertida hay que descontar el importe rescatado tras la intervención del FROB y los rendimientos generados a favor de los clientes durante la vigencia del producto financiero.
  7. STS 1834 y 1857/2021 Acción de nulidad de condición general de imposición de gastos al consumidor en préstamo con garantía hipotecaria. Gastos de Notaría y Registro de la Propiedad. Desestimación por inadmisibilidad del recurso.
  8. STS 1836/2021 Acción de nulidad de condición general de imposición de gastos al consumidor en préstamo con garantía hipotecaria. Gastos de Notaría. Reiteración de la doctrina de la sala.
  9. STS 1841/2021 Condiciones generales de contratación. Nulidad de cláusula suelo. Allanamiento. Criterio impositivo de las costas en litigios con consumidores.
  10. STS 1845/2021 Acción de nulidad de condición general de imposición de gastos al consumidor en préstamo con garantía hipotecaria. Gastos de Notaría, Registro de la Propiedad, tasación y gestoría. Desestimación por inadmisibilidad del recurso.
  11. STS 1858/2021 Acción de nulidad de condición general de imposición de gastos al consumidor en préstamo con garantía hipotecaria. Gastos de Notaría, gestoría y sujeto pasivo del Impuesto de Actos Jurídicos Documentados. Reiteración de la doctrina de la sala.
  12. STS 1860/2021 Recurso extraordinario por infracción procesal. El juez que conozca de la reclamación de un crédito formulada por la concursada es también competente para conocer de la excepción de compensación de créditos planteada por el demandado que a su vez sea acreedor de la concursada.Recurso de casación. Procedencia de la compensación al amparo del art. 58 LC, cuando concurran los requisitos legales antes de que se declarara el concurso, entre los que destaca que los créditos sean líquidos, vencidos y exigibles. En un contexto, en el que la concursada demanda a Beta el pago de un crédito y esta no niega la deuda, pero opone la compensación de esta con un crédito de la demandada frente a la concursada, que había sido reconocido como crédito concursal por cuantía determinada en la lista de acreedores, frente a la alegación de Beta de que ese crédito compensable estaba vencido, era líquido y exigible, la concursada no puede limitarse a negar genéricamente que concurran los requisitos legales de la compensación. Si considera que el crédito adolece de la falta de alguno de estos requisitos, como que no estaba vencido o no era exigible, debía objetarlo expresamente.
  13. STS 1875/2021 Derechos Fundamentales. Intromisión ilegítima en la intimidad por la colocación no consentida en el automóvil del demandante de un dispositivo de localización y seguimiento mediante tecnología GPS (Global Positioning System) en el curso de una investigación encargada a un detective privado para emitir un informe que sirviera de prueba en un procedimiento de familia en el que el afectado no era parte. Falta de habilitación legal y de proporcionalidad de la medida.
  14. Y STS 1910/2021 Libertad de expresión. Colisión con derecho al honor. Expresiones vulgares e hirientes proferidas por un periodista con relación a una diputada y portavoz parlamentaria con motivo de su intervención en el debate de una moción de censura al gobierno.

Y estas 7 son las que me parecen interesantes, a priori, a los efectos (como siempre) de la práctica notarial y a los de las oposiciones a notarías (si es que las hay):

  1. STS 1783/2021 Responsabilidad del tutor por los perjuicios derivados del negligente ejercicio del cargo. Prescripción. Diligencia exigible al tutor en la gestión del patrimonio del tutelado.
  2. STS 1792/2021 Nulidad de acuerdo en el ámbito de la propiedad horizontal. Bajada a “cota cero” del ascensor.
  3. STS 1793/2021 Beneficiarios de un “plan de previsión” en caso de fallecimiento del “socio”. A falta de designación “específica” o “expresa” por el “socio”, procede la aplicación subsidiaria de lo previsto en el reglamento de cada plan.
  4. STS 1829/2021 Cumplimiento de contrato. Transmisión de negocio. Fijación definitiva, con arreglo a lo pactado, del precio de transmisión del negocio, y reclamación de cantidad. Incongruencia.
  5. STS 1843/2021 Cláusulas abusivas. Acuerdo celebrado en fecha posterior a la sentencia de la Sala Primera del Tribunal Supremo 241/2013, de 9 de mayo, en la que se elimina la cláusula suelo de un préstamo hipotecario y se establece un interés fijo durante 18 meses, tras lo cual se aplicará el interés variable pactado inicialmente, pero sin cláusula suelo. Validez de la cláusula de novación del interés remuneratorio.
  6. STS 1859/2021 Fijación de la retribución de la administradora. Interpretación del art. 217 LSC y de la disposición transitoria 1.ª de la Ley 31/2017, de 3 de diciembre. La ratio del art. 217.3 LSC es que ese importe máximo de remuneración anual sea aprobado por la junta general y que rija mientras no se modifique por la propia junta general. Pero tanto la fijación inicial como las eventuales modificaciones no necesariamente han de realizarse con antelación al comienzo del ejercicio al que se pretenda aplicar. También se acomoda a la finalidad del precepto que esta aprobación se haga, como es el caso, muy avanzado el ejercicio económico, pues lo relevante es que la junta preste su autorización o conformidad durante ese ejercicio. En el marco de esta normativa introducida por la Ley 31/2014, de 3 de diciembre, no tiene sentido interpretar su disposición transitoria primera en el sentido de que, para el ejercicio correspondiente al año 2015, si no se realizaba la aprobación de la remuneración máxima en la primera junta general de la sociedad precluía la posibilidad de hacerlo más tarde, dentro del mismo ejercicio. Acuerdo por el que se aprueba la retribución de la administradora como directora general de los cuatro últimos años. Interpretación del art. 190.1.c) LSC: Como se ha afirmado en la doctrina, la concesión de derechos o la extinción de obligaciones han de someterse al deber de abstención cuando se sitúen en el puro ámbito del contrato de sociedad y, fuera de este, sólo si su origen está en un acto unilateral de la sociedad. La aprobación del sueldo que como directora general ha cobrado la administradora en ese ejercicio 2015 y en los tres anteriores (2012, 2013 y 2014), es una cuestión que está más allá del puro ámbito del contrato de sociedad. Y fuera de la relación societaria del socio con la sociedad, no cualquier acuerdo por el que nazca, se modifique o extinga una relación obligatoria, ya sea de origen contractual o extracontractual, con uno de los socios, permite apreciar un conflicto de intereses que lleve aparejado la privación del derecho de voto de este socio. Sólo en aquellos casos en que la liberación de la obligación o la concesión del derecho tengan su origen en un acto unilateral de la sociedad, pero no cuando lo tengan en una relación bilateral entre el socio y la sociedad de las que surgen recíprocos derechos y obligaciones para ambas partes, como en este caso que se trata de la remuneración de un contrato bilateral de prestación de servicios. Aplicación del art. 190.3 LSC: El art. 190.3 LSC en un supuesto como el presente en que concurría una situación de conflicto de interés y el voto emitido por quien se encontraba afectado por este conflicto de interés fue decisivo para la adopción de este acuerdo cuarto, una vez formulada la impugnación fundada en la lesión del interés social, se invierte la carga de acreditar la ausencia de lesión al interés social. Es la sociedad demandada quien debía acreditar que la aprobación de este incremento de sueldo desde octubre de 2012 no lesionaba el interés social.
  7. Y STS 1894/2021 Juicio de modificación de capacidad. Convenio de Nueva York. Principios rectores. Establecimiento de medidas de apoyo. Procedencia de curatela. Esquizofrenia paranoide.

Nos quedamos para la semana que viene en el ATC 53/2021, la STC 91/2021 y en la STS 1.910/2021.

El Paseo Jurisprudencial de este lunes, no tendrá continuación mañana martes en la Sección Doctrina Jurisprudencial.

Como va haciéndose cada vez más difícil, tras LXXII Episodios de Chistes y Anécdotas, reunir el material necesario para un post, a partir de ahora cuando no haya un nuevo episodio para publicar, reeditaré alguno de los ya publicados y que podéis leer siempre aquí.

Hasta otra. Un abrazo. Justito El Notario. @justitonotario




 

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