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Paseo Jurisprudencial: Lunes 18/11/2019: Revocación de donación por ingratitud. Art. 648.2.º CC. Improcedencia.

¿Que qué es un Paseo Jurisprudencial? Pues aquí lo tenéis.

Vamos a por el Paseo de esta semana. 

Sentencias y Autos del TC:

Esta semana no tenemos Autos pero tenemos 5 Sentencias del Tribunal Constitucional. Son las Sentencias 114 a 118 y de ellas os destaco esta:

Pleno. Sentencia 116/2019, de 16 de octubre de 2019. Recurso de inconstitucionalidad 2056-2019. Interpuesto por más de cincuenta diputados del grupo parlamentario Popular en el Congreso de los Diputados respecto del artículo 50 de la Ley del Parlamento de las Illes Balears 13/2018, de 28 de diciembre, de caminos públicos y rutas senderistas de Mallorca y Menorca. Derecho de propiedad y garantías del procedimiento expropiatorio: constitucionalidad del precepto legal autonómico en virtud del cual la aprobación de los planes especiales y proyectos de rutas senderistas conlleva la declaración de utilidad pública a efectos expropiatorios.

Nos vamos al Cendoj.

Sentencias del TS:

Tenemos este lunes, 12 Sentencias NUEVAS de la Sala 1ª del TS.

Estas 8, son las que no me parecen interesantes, a priori, a los efectos de la práctica notarial:

  1. STS 3419/2019 Contrato de seguro. Seguro colectivo. Condiciones limitativas y delimitadoras. Intereses artículo 20 LCS. Causa justificada.
  2. STS 3420/2019 Efectos de la nulidad de un negocio de suscripción de acciones de Bankia por error vicio. En este caso, el negocio de suscripción de acciones de Bankia llevaba consigo que un depósito a plazo fijo de 250.000 euros, que la demandante había dado en prenda para garantizar un préstamo concedido por esta misma entidad de crédito, fuera destinado a la adquisición de las acciones, con el acuerdo de que la prenda se trasladaba del depósito de 250.000 euros a las acciones que se adquirían con esta suma. Con estos antecedentes, si se declara la nulidad del negocio de adquisición de las acciones por error vicio, el efecto restitutorio previsto en el art. 1303 CC debe conllevar la recíproca restitución de las prestaciones, lo que supone devolver la suma invertida en las mismas condiciones, esto es, con el gravamen a favor del banco que garantizaba la devolución de aquel préstamo anterior.
  3. STS 3424/2019 Comercialización de productos financieros complejos. Improcedencia de la acción de resolución del contrato. Procedencia de la indemnización de daños y perjuicios. Reiteración de la jurisprudencia de la Sala.
  4. STS 3427/2019 Responsabilidad patrimonial de la Administración pública sanitaria. Acción directa contra la aseguradora de la Administración, al amparo del art. 76 de la LCS, cuando le ha precedido expediente administrativo por reclamación patrimonial y ha recaido resolución administrativa, que ha devenido firme por no ser recurrida. Intereses del art. 20 de la LCS. Demora a partir de la resolución administrativa.
  5. STS 3489/2019 Modificación de medidas. Introducción de una pareja sentimental en la vivienda adjudicada como familiar. Se deja sin efecto la atribución. Se aumenta la pensión de alimentos a favor de la menor, que solicita el Ministerio Fiscal.
  6. STS 3490/2019 Alimentos.
  7. STS 3503/2019 Seguro de asistencia sanitaria.
  8. Y STS 3505/2019 Violación del derecho fundamental a la intimidad de un actor.

Y estas 4 son las que me parecen interesantes, a priori, a los efectos (como siempre) de la práctica notarial y a los de las oposiciones a notarías (si es que las hay):

  1. STS 3421/2019 Arrendamientos rústicos históricos. Acceso a la propiedad. Declarado el derecho del arrendatario por sentencia firme, el mismo pasa a sus herederos aunque fallezca antes de la consumación de la venta.
  2. STS 3423/2019 Seguro de vida vinculado a préstamo hipotecario y designación de la entidad prestamista como primera beneficiaria por el capital pendiente. Deber de declaración del riesgo: dolo del asegurado por ocultar elementos significativos (alcoholismo) que debía representarse como objetivamente influyentes para su valoración. Inaplicabilidad del art. 89 LCS en beneficio del asegurado por haber concurrido dolo. Las costas de los recursos de casación y por infracción procesal no comprenden las del banco codemandado-recurrido, porque en los recursos ya no se mantenía ninguna pretensión contra él.
  3. STS 3435/2019 Acción individual de responsabilidad. No concurren los requisitos exigidos, pues la conducta imputada al demandado, de acuerdo con los hechos acreditados en la instancia y lo declarado en la sentencia de calificación al respecto, no constituye propiamente un ilícito orgánico. El ilícito orgánico que se imputaba al administrador (la incorrecta formulación de las cuentas anuales de los ejercicios 2007, 2008 y 2009, al haber mantenido en el activo unos créditos muy relevantes frente a otras sociedades del grupo, sin haber realizado las dotaciones o provisiones por deterioro) no guarda tanto relación con una actuación propia del administrador que hubiera frustrado el cobro del crédito, como con una actuación dolosa o negligente que habría propiciado la generación del crédito que luego ha resultado impagado. En la medida en que los créditos pendientes de cobro (frente a sociedades del grupo) que se contabilizaban en el activo no eran los mismos durante los sucesivos ejercicios económicos 2007 a 2009, pues se iban recibiendo pagos que se imputaban a los créditos más antiguos, aunque en cada ejercicio económico surgieran otros nuevos derivados de las obras que se iban realizando, no consta que existieran créditos que por su antigüedad o por su deterioro fuera necesario provisionar. Por lo que no existió un ilícito orgánico consisten en un defecto grave en la llevanza de la contabilidad susceptible de haber provocado que naciera el crédito de la demandante que luego resultó impagado.
  4. Y DESTACADA OPOSITORES STS 3491/2019 Revocación de donación por ingratitud. Art. 648.2.º CC. Improcedencia.

Nos quedamos para la semana que viene en el ATC 112/2019, la STC 118/2019 y en la STS 3.505/2019.

El Paseo Jurisprudencial de este lunes, no tendrá continuación mañana martes en la Sección Doctrina Jurisprudencial.

Como va haciéndose cada vez más difícil, tras LI Episodios de Chistes y Anécdotas, reunir el material necesario para un post, a partir de ahora cuando no haya un nuevo episodio para publicar, reeditaré alguno de los ya publicados y que podéis leer siempre aquí.

Hasta otra. Un abrazo. Justito El Notario. @justitonotario




 

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