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Paseo Jurisprudencial: Lunes 02/12/2019: Hipoteca multidivisa. Control de transparencia

¿Que qué es un Paseo Jurisprudencial? Pues aquí lo tenéis.

Vamos a por el Paseo de esta semana. 

Sentencias y Autos del TC:

Esta semana no tenemos Autos ni Sentencias del Tribunal Constitucional.

Nos vamos al Cendoj.

Sentencias del TS:

Tenemos este lunes, 15 Sentencias NUEVAS de la Sala 1ª del TS.

Estas 9, son las que no me parecen interesantes, a priori, a los efectos de la práctica notarial:

  1. STS 3624/2019 Recurso de casación.
  2. STS 3629/2019 Seguro múltiple o cumulativo. Diferencia entre los seguros de daños y los seguros de personas. Distinción entre cláusulas delimitadoras y cláusulas limitativas.
  3. STS 3630/2019 Swap. Acción de nulidad. Competencia objetiva. Plazo de ejercicio de la acción.
  4. STS 3631/2019 Caducidad de marca por falta de uso. Uso parcial de la marca. Amplitud de la subcategoría de productos o servicios en la que se enmarca aquel para el que ha sido usado la marca. Denominación de origen protegida. Carácter genérico de uno de los términos.
  5. STS 3655/2019 Impugnación de un acuerdo de la Junta Directiva de la SGAE por falta de competencia. Se reitera la doctrina jurisprudencial de que la potestad de auto-organización “no significa que la actividad de las asociaciones se halle exenta de control jurisdiccional”. El tribunal de instancia estaba legitimado para revisar la validez de los acuerdos impugnados en atención a la denunciada falta de competencia de la Junta Directiva para adoptarlos. Una vez que la Junta Directiva, haciendo uso de una previsión estatutaria, ha abocado a la Asamblea la decisión sobre un asunto que originariamente era de su competencia, le corresponde a este órgano la decisión, sin que a la vista del resultado de la votación en la asamblea, especialmente cuando sea negativo, la Junta Directiva pueda rescatar la competencia para decidir sobre aquel determinado asunto.
  6. STS 3691/2019 Protección jurisdiccional del derecho al honor. Noticia de prensa en la que se recoge el anuncio por un abogado de que va a presentar una denuncia contra un juez. Información veraz sobre un hecho de relevancia pública.
  7. STS 3699/2019 Derecho de rectificación: también son titulares del mismo los grupos de comunicación respecto de las informaciones publicadas en un medio no perteneciente al grupo. Procedencia de publicar los dos escritos de rectificación por ajustarse a los requisitos legales y no satisfacerlos, en cambio, la refundición incompleta de ambos publicada a una columna en el periódico de los demandados.
  8. STS 3700/2019 Derecho de rectificación: control judicial del escrito de rectificación. Información de un periódico sobre la convocatoria de los medios por un importante grupo de comunicación para dar a conocer sus resultados de la temporada. Escrito de rectificación de dicho grupo precisando aquellos puntos o extremos que no se correspondían con los datos facilitados en su comparecencia ante los medios. Procedencia de la rectificación, sin necesidad de plantearse la tesis del “todo o nada”, no seguida por la jurisprudencia, y sin que sea obstáculo que la demandante sea un importante grupo de comunicación. Las expresiones “No es cierto…”, “Es incorrecto…” u otras similares no son opiniones o juicios de valor excluidos del derecho de rectificación, sino fórmulas que permiten introducir la rectificación de cada uno de los datos de la información considerados inexactos. Supuesta rectificación por el propio medio informativo que no cumplió los requisitos de relevancia, completitud y claridad.
  9. Y STS 3701/2019 Derechos fundamentales. Artículo publicado en un periódico criticando a ADICAE, y noticia posterior en la revista de AUSBANC facilitando un enlace a ese artículo. Inexistencia de intromisión ilegítima en el honor de ADICAE por prevalecer la libertad de expresión. Caso similar a otros precedentes, tanto por demandas de ADICAE contra AUSBANC (sentencia 344/2015, de 16 de junio) como por demandas de AUSBANC contra ADICAE (sentencias 775/2013, de 2 de diciembre, 606/2012, de 16 de octubre, y 78/2009, de 11 de febrero).

Y estas 6 son las que me parecen interesantes, a priori, a los efectos (como siempre) de la práctica notarial y a los de las oposiciones a notarías (si es que las hay):

  1. STS 3625/2019 Acción individual de responsabilidad ejercitada frente al administrador de una sociedad que cerró de hecho y al cabo de dos años fue declarada en concurso de acreedores. Desestimación de la acción. Cuando un cierre de hecho desemboca en un concurso de acreedores, la concurrencia de otros acreedores y la imposibilidad de satisfacer con los activos existentes todos los créditos impide apreciar una relación de causalidad entre el retraso en instar el concurso de acreedores y la falta de pago del acreedor que ejercita la acción individual, y pone en evidencia la improcedencia de esta acción. Sin perjuicio de la represión, en sede de calificación, de las actuaciones culposas o dolosas del administrador que hubiera agravado la insolvencia en un periodo previo a la declaración de concurso, mediante la distracción de bienes o activos de la sociedad.
  2. STS 3626/2019 Acción individual de responsabilidad frente a un administrador de una sociedad instada por un acreedor de la sociedad, que funda la reclamación en que el incumplimiento de los deberes de disolución y liquidación de la sociedad ha frustrado el cobro de su crédito. Se reitera la jurisprudencia sobre los requisitos de esta acción y se aprecia que en el presente caso ni consta el ilícito orgánico, pues la existencia de reclamaciones de créditos de la sociedad frente al promotor de la obra, justificaría que no se hubiera liquidado la sociedad, ni tampoco consta la relación de causalidad, pues aparte del crédito de la sociedad frente al promotor no consta otros activos que en caso de una ordenada liquidación hubieran permitido cobrar al demandante.
  3. STS 3627/2019 Inadmisibilidad del desistimiento del recurso una vez que ha sido deliberado, votado y fallado. Hipoteca multidivisa. Control de transparencia. Reiteración de la jurisprudencia de la sala.
  4. STS 3628/2019 Aprovechamiento por turno de bienes inmuebles.
  5. STS 3658/2019 Condiciones generales de la contratación. Contrato de préstamo hipotecario. Abusividad de las cláusulas de atribución de todos los gastos notariales y registrales al consumidor y de vencimiento anticipado por un solo incumplimiento. Reiteración de la jurisprudencia de la sala.
  6. Y STS 3659/2019 Cláusulas abusivas en contratos concertados con consumidores. Vencimiento anticipado. Interés de demora.

Nos quedamos para la semana que viene en el ATC 137/2019, la STC 127/2019 y en la STS 3.701/2019.

El Paseo Jurisprudencial de este lunes, tendrá continuación mañana martes en la Sección Doctrina Jurisprudencial.

Como va haciéndose cada vez más difícil, tras LII Episodios de Chistes y Anécdotas, reunir el material necesario para un post, a partir de ahora cuando no haya un nuevo episodio para publicar, reeditaré alguno de los ya publicados y que podéis leer siempre aquí.

Hasta otra. Un abrazo. Justito El Notario. @justitonotario




 

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