paseo de los lunes de justito el notario

Paseo Jurisprudencial: Lunes 03/05/2021: Anotación preventiva de embargo. Efecto derivado de la solicitud de certificación de cargas y de su emisión

¿Que qué es un Paseo Jurisprudencial? Pues aquí lo tenéis.

Vamos a por el Paseo de esta semana. 

Sentencias y Autos del TC:

Esta semana no tenemos Autos ni Sentencias del Tribunal Constitucional.

Nos vamos al Cendoj.

Sentencias del TS:

Tenemos este lunes, 14 Sentencias NUEVAS de la Sala 1ª del TS.

Estas 7, son las que no me parecen interesantes, a priori, a los efectos de la práctica notarial.

  1. STS 1450/2021 Demanda de revisión. Documento recobrado. Prueba pericial grafológica realizada por un organismo oficial con anterioridad a que recayera sentencia firme, pero de la que la parte no pudo disponer hasta después
  2. STS 1452 1456 Y 1459/2021 Cláusula suelo. Control de transparencia. Reiteración de doctrina.
  3. STS 1455/2021 Desestimación por concurrir causa de inadmisión.
  4. STS 1475/2021 Recurso extraordinario por infracción procesal. Competencia objetiva de un juzgado mixto, de primera instancia e instrucción, al que le fue presentada una demanda en la que se ejercitaba una acción de responsabilidad contra los administradores de una sociedad de capital antes de que entrara en vigor el art. 86ter LOPJ. Esa competencia objetiva no la pierde tampoco, en virtud de la regla de la perpetuación de la jurisdicción, aunque la demanda turnada hubiera sido suspendida en su tramitación antes de su admisión, por prejudicialidad penal, y al alzarse la suspensión el juzgado había sido transformado en un juzgado de instrucción.Conforme al art. 20.1 de la Ley 38/1988, de 28 de diciembre de Demarcación y Planta Judicial, si por Real Decreto se transforman unos juzgados de una clase en juzgados de clase distinta de la misma sede, “cuando el juzgado que se transforme esté en funcionamiento y tenga procedimientos pendientes, conservará su competencia sobre éstos hasta su conclusión.
  5. Y STS 1477/2021 Cláusulas abusivas. Préstamo hipotecario en divisas. Reiteración de doctrina.

Y estas 7 son las que me parecen interesantes, a priori, a los efectos (como siempre) de la práctica notarial y a los de las oposiciones a notarías (si es que las hay):

  1. STS 1451/2021 Novación del préstamo hipotecario por modificación de la cláusula sobre el tipo de interés. Reducción del suelo. Nulidad de la cláusula de renuncia de acciones por no cumplir el estándar de información exigido por la jurisprudencia del TJUE.
  2. STS 1453/2021 Responsabilidad por defectos de construcción. Alcance de la responsabilidad derivada de la suscripción del certificado final de obra respecto de la parte de obra dirigida por otro técnico al que se sucede durante el proceso de edificación.
  3. STS 1454/2021 Cláusula suelo en contrato entre profesionales. Reiteración de la jurisprudencia de la sala.
  4. DESTACADA STS 1457/2021 Contrato de préstamo en que el prestatario no es consumidor. Examen de la cualidad de consumidores de los fiadores.
  5. STS 1458/2021 Cláusulas abusivas. Acuerdo celebrado en fecha posterior a la sentencia de la Sala Primera del Tribunal Supremo 241/2013, de 9 de mayo, en la que se elimina la cláusula suelo de un préstamo hipotecario y se establece un interés fijo durante cinco años, tras lo cual se aplicará el interés variable pactado inicialmente, pero sin cláusula suelo, y el prestatario renuncia a ejercitar acciones relativas a la cláusula suelo. Validez de la cláusula de novación del interés remuneratorio. Cláusula de renuncia de acciones. Falta de información sobre las consecuencias jurídicas y económicas de la renuncia, que determina su carácter abusivo.
  6. DESTACADA STS 1476/2021 Cesión de un crédito durante su reclamación en procedimiento ejecutivo después de practicada la anotación preventiva del embargo. La cesión del crédito comprende los derechos accesorios, incluido el embargo acordado en procedimiento ejecutivo. La sucesión procesal legitima al cesionario para continuar la ejecución, aunque la cesión del crédito no se haya hecho constar en el Registro. La anotación preventiva de embargo y sus efectos. La “inoponibilidad” frente al anotante de embargo anterior de un acto dispositivo posterior inscrito en el Registro durante la vigencia de la anotación de embargo.
  7. Y DESTACADA STS 1497/2021 Anotación preventiva de embargo. Efecto derivado de la solicitud de certificación de cargas y de su emisión por la registradora, junto con la extensión de la nota marginal. La certificación de cargas, con la consiguiente nota marginal, tiene una repercusión en la información registral, en cuanto que impide la caducidad de la anotación preventiva y la cancelación del asiento, aunque sea durante el tiempo razonable para asegurar la eficacia de la información suministrada por la certificación de cargas en aquella ejecución judicial. Así se evita la falta de seguridad jurídica preventiva, en la medida en que el registro seguiría informando de la existencia de la anotación preventiva de embargo y la nota marginal correspondiente a la certificación de cargas.De ahí que la solicitud de certificación de cargas opera como una petición de prórroga de cuatro años, a contar desde el momento de la emisión de la certificación y la extensión de la preceptiva nota marginal. Con ello se respeta la finalidad perseguida por la Ley al prever en todo caso la necesidad de la prórroga de las anotaciones preventivas y se asegura un plazo razonable dentro del procedimiento de ejecución en el que se acordó el embargo para hacer efectiva la realización del bien y que el decreto de adjudicación pueda inscribirse en el registro con el efecto de cancelación de las cargas.

Nos quedamos para la semana que viene en el ATC 35/2021, la STC 75/2021 y en la STS 1.497/2020.

El Paseo Jurisprudencial de este lunes, tendrá continuación mañana martes en la Sección Doctrina Jurisprudencial.

Como va haciéndose cada vez más difícil, tras LXXII Episodios de Chistes y Anécdotas, reunir el material necesario para un post, a partir de ahora cuando no haya un nuevo episodio para publicar, reeditaré alguno de los ya publicados y que podéis leer siempre aquí.

Hasta otra. Un abrazo. Justito El Notario. @justitonotario




 

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.