Advertencia: En la web “Justito El Notario”, su titular y responsable Miguel Prieto Escudero, no asesora ni aconseja ni lo ha hecho nunca desde la apertura del blog el 20/11/2015. Aquí únicamente se informa, se divulga (o al menos se intenta) y se opina (con mayor o menor grado de acierto). El contacto, colaboración o comentario a las entradas, no puede entenderse en ningún caso como un acceso telemático a mi notaría ni conducente a la firma de un documento público en la misma. A esos fines deberán dirigirse a mí por los cauces oportunos, pero nunca por la vía de mi blog que constituye una actividad completamente privada y no está conectado con la web de mi notaría.
Bastanteo de un poder general “Y” preventivo para caso de incapacidad
Hay que ver la importancia que puede tener una coma, una palabra o un par de ellas. Para que luego resulte que todas las escrituras son iguales. Yo he tenido que subsanar una escritura de poder preventivo porque sobraba o faltaba (no recuerdo) una coma. …
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