La renuncia del legado electivo

legado electivo

“Un matrimonio tiene hecho testamento del uno para el otro, pero con legado electivo. Fallece ella y unos cuantos años después se va a hacer herencia y el viudo se plantea renunciar, ¿a qué se supone que está renunciado? ¿elige y renuncia o renuncia directamente?”

Evidentemente, renuncia a su derecho hereditario, es decir, no llega a hacer elección porque si la hiciera estaría aceptando y la renuncia ya no sería pura y simple.

El gran Iurisprudente dice en esta entrada de su blog que enlazo lo siguiente:

.. La STS 2290-2010 analiza un legado alternativo, distinguiendo la aceptación del legado de la elección en el legado alternativo ….

“Aunque esta sentencia distinga el acto de elección del de aceptación del legado, lo hace, a mi entender, para considerar que se pudiera haber aceptado el legado pero no realizado todavía la elección, y parece que la posibilidad inversa no debería admitirse, pues si se elige es necesariamente porque se ha aceptado o se está aceptando simultáneamente el legado, sin que cupiera elegir en el legado alternativo, cuando la elección sea atribuida al legatario, y después renunciar al legado. No obstante, teniendo en cuenta los términos de la sentencia y la falta de regulación del legado alternativo, la materia puede ser opinable“.


Hasta otra. Un abrazo. Justito El Notario. @justitonotario