Escritura de declaración de obras terminadas, de división horizontal y de donación

modelo de obra, división horizontal y donación

NÚMERO

En xxx, mi residencia, a xxx.

Ante mí, JUSTITO EL NOTARIO, Notario de XXX y del Ilustre Colegio Notarial de XXX,

C O M P A R E C E N:

De una parte, como donantes:

Los cónyuges

Y de otra, como donataria, la hija de los anteriores:

DOÑA

Intervienen en su propio nombre y derecho, y tienen, a mi juicio, la capacidad legal necesaria para otorgar la presente escritura, anteriormente calificada, y al efecto,

E X P O N E N:

I.- Que Don xxx y Doña xxx y son dueños, en pleno dominio, con carácter ganancial y por el título que se dirá, de la siguiente finca:

= URBANA: Edificio en construcción xxx

Superficies: Tiene una superficie de solar de xxxx, según título y registro, y xxx, según certificación de técnico que luego se dirá.

xxxx.

Linda todo:

INSCRIPCIÓN:

REFERENCIA CATASTRAL: xxx, como se acredita con la certificación catastral descriptiva y gráfica, que incorporo a esta matriz, obtenida de la Sede Electrónica de Catastro a través de los medios telemáticos legalmente previstos.

En cuanto a la obligación de declarar la alteración catastral, establecida en el artículo 13 de Ley del Catastro, hago saber a los comparecientes, que habiéndose aportado la Referencia Catastral y siendo uno de los supuestos de comunicación notarial previstos en el artículo 14 de la mencionada Ley, no están obligados a realizar la correspondiente declaración de alteración catastral.

Si el resultado de las comunicaciones por mí efectuadas es positivo en su totalidad, me autorizan para adjuntarles a la copia autorizada de la presente, nueva certificación descriptiva y gráfica obtenida, a mi elección, a través de Signo o de la Sede Electrónica del Catastro, lo que haré acompañándosela a la copia autorizada de la escritura junto con las comunicaciones de inicio del procedimiento. Si no fuera total y las comunicaciones efectuadas no consiguen automáticamente las alteraciones catastrales pero han iniciado el proceso de comunicación de datos, acompañaré a dicha copia autorizada con las notificaciones o comunicaciones recibidas desde la Sede Electrónica de Catastro, donde se indicará que es posible que el interesado deba acudir a las oficinas catastrales para verificar el cambio.

Los comparecientes, me requieren a mí, el Notario, para que remita a la Dirección General del Catastro, copia simple electrónica de la presente escritura por los medios telemáticos habilitados a tal fin.

Rectificación de Catastro: La descripción del Catastro, según manifestación de los interesados, no se corresponde con la realidad física de la finca en cuanto a la superficie de suelo. Habida cuenta de que la descripción catastral de la finca no se corresponde con su realidad física, me han entregado los comparecientes Certificación y Planos con representación gráfica georreferenciada alternativa que luego se citan.

Concordancia de Catastro y Registro: Se solicita expresamente del Registrador de la Propiedad que rectifique la cabida descrita por ser la diferencia inferior al 5% conforme al artículo 201.3 b) de la Ley Hipotecaria. En caso de suspender o denegar dicho asiento, se ruega la inscripción del acto documentado en ésta escritura conforme a la descripción registral, sin perjuicio de la constatación de la situación catastral conforme a la Ley del Catastro y de la actualización de los linderos.

TÍTULO:

CARGAS Y ARRIENDOS:

INFORMACIÓN REGISTRAL:

II.- Esto expuesto,

O T O R G A N:

PRIMERO.- DECLARACIÓN DE AMPLIACIÓN DE OBRAS Y DE FINAL DE OBRA DEL CONJUNTO EDIFICADO

Don xxx y Doña xxx hacen constar que sobre la finca descrita, existe construida desde hace más de veinticinco años, una ampliación de la EDIFICACIÓN existente, que a continuación se describe y que por la presente DECLARAN TERMINADA, con la siguiente descripción total y actualizada de la finca, con arreglo a la Certificación Técnica que luego se cita:

= URBANA:

Superficies: Tiene una superficie de solar de xxx, según título y registro, y xxxx, según certificación de técnico que luego se dirá.

xxx.

Linda todo:

VALORACIÓN DE LA AMPLIACIÓN DE OBRA EFECTUADA POR Don xxx y Doña xxx: 

 A los efectos de la obra declarada, Don xxx y Doña xxx manifiestan que:

-. la descripción de la ampliación de edificación declarada mediante la presente escritura se corresponde con la realidad.

-. que no les consta que exista en el Registro de la Propiedad anotación preventiva por incoación de expediente de disciplina urbanística sobre la finca objeto de la declaración de ampliación de obra.

-. y que, en consecuencia, habiendo transcurrido ya el plazo legal de prescripción conforme a la vigente legislación, dicha edificación se considera incorporada a sus patrimonios y nada obsta a su inscripción en el Registro de la Propiedad.

-. SEGURO DECENAL: Manifiestan Don xxx y Doña xxx  que de conformidad con lo dispuesto en la Ley 38/1999 de 5 de Noviembre de Ordenación de la Edificación, no es exigible la constitución de garantías.

-. CERTIFICADO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA: No es exigible conforme al R.D. 235/2013, de 5 de Abril, y el R.D. 564/2017, de 2 de Junio, sobre procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios y el Decreto 39/2015 sobre regulación de la certificación eficiencia energética de los edificios de la Consellería de Economía, Industria, Turismo y Empleo de la Generalitat Valenciana.

-. LIBRO DEL EDIFICIO: Con relación a lo dispuesto en el Artículo 20 del Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de Junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Suelo, y en el Decreto 25/2011, de 18 de Marzo, del Consell, por el que se aprueba el libro del edificio para los edificios de vivienda NO resulta necesario justificar notarialmente el depósito del LIBRO DEL EDIFICIO.

-. REPRESENTACIÓN GRÁFICA (Ley 13/2015, de 24 de Junio): La representación gráfica de la superficie de suelo ocupada por las obras que se declaran, consta en la certificación expedida por Don xxx que se dirá.

SEGUNDO.- DIVISIÓN HORIZONTAL.

A).- Don xxx y Doña xxx, constituyen la edificación anteriormente declarada en régimen de propiedad horizontal quedando dividida en los siguientes elementos individuales, susceptibles de aprovechamiento independiente:-

1.= URBANA: ELEMENTO INDIVIDUAL NÚMERO UNO:

2.= URBANA: ELEMENTO INDIVIDUAL NÚMERO DOS:

3.= URBANA: ELEMENTO INDIVIDUAL NÚMERO TRES:

4.= URBANA: ELEMENTO INDIVIDUAL NÚMERO CUATRO:

5.= URBANA: ELEMENTO INDIVIDUAL NÚMERO CINCO:

VALORACIÓN DE LA DIVISION HORIZONTAL: xxx.

B).= ESTATUTOS Y RÉGIMEN DE COMUNIDAD DE LA PROPIEDAD HORIZONTAL. Se estará a lo dispuesto en el artículo 396 del Código Civil y a lo determinado en la Ley de Propiedad Horizontal de 21 de Julio de 1960.

Como normas particulares se establecen las siguientes:

1.- Los locales en planta baja no contribuirá a los gastos de conservación de zaguán, escalera ni ascensor que serán satisfechos por los restantes elementos a parte iguales, así como su limpieza y alumbrado.

2.- Los propietarios de cada departamento o elemento independiente, podrán sin necesidad de autorización de los restantes propietarios del edificio dividirlos, tanto horizontal como verticalmente, agruparlos, unirlos con otros colindantes que pertenezcan a éste edificio, hacer segregaciones, agregaciones, fijando las cuotas de participación en la Comunidad por suma, distribución o redistribución de los que tenían asignadas, con el limite del aprovechamiento normal como elementos independientes; para lo cual el propietario de cada elemento se considerara investido de amplios poderes irrevocables de todos los restantes titulares de unidades de la propiedad horizontal, que se entenderán conferidos por el solo hecho de la adquisición de los mismos.

3.- Los propietarios, titulares por cualquier título de los locales independientes en planta baja actualmente existenten, o de los que en adelante y al amparo de lo anterior se formen a partir de aquel por vía de agrupación, segregación, división, subdivisión o comunicación, del mismo modo previsto anteriormente, podrá hacer en su local las obras o reparaciones que estime convenientes incluso en las fachadas del edificio, siempre que no cause perjuicio, daño o menoscabo al edificio en su conjunto.

4.- Dichos locales comerciales o los que se formen por segregación, podrán colocar en su respectiva parte de fachada, marquesinas, toldos, letreros luminosos o no, incluso de banderola, siempre que tengan relación con la actividad ejercitada en los mismos, podrá instalar, en la fachada del local, rótulos o anuncios relativos a su negocio, buzones y máquinas empotradas, como cajeros automáticos, para recepción o prestación de servicios propios de su empresa.

5.- Todos los propietarios de elementos individuales, incluso locales en planta baja, tienen derecho a colocar aparatos de aire acondicionado en la cubierta del edificio, sobre el torreón de escalera y ascensor, y al efecto, acceder al mismo para su instalación y mantenimiento.

TERCERO.- DONACIÓN.

A).- Don xxx y Doña xxx, DONAN, pura y simplemente, CON DISPENSA DE LA OBLIGACIÓN DE COLACIONAR, el pleno dominio del elemento individual número cinco, descrito en el expositivo segundo, a su hija DOÑA  xxx, quien ACEPTA la donación, con cuantos usos y derechos le correspondan, libre de cargas, gravámenes y arriendos, y al corriente en el pago de contribuciones, impuestos y de cualquier otro gasto que le fuera imputable, por su valor total de xxx, dada la situación de la vivienda sin distribución interior, porque las obras de reforma integral de la adecuación de acabados y de distribución interior han sido efectuados en su totalidad por la donataria, según resulta de la licencia de obras que luego se dirá.

B).- Manifiestan los donantes:

1.- Que se han reservado bienes suficientes para vivir en el estado que les corresponde a sus circunstancias.

2.- Que esta donación no es inoficiosa, ni perjudica derechos legitimarios, ni se hace en fraude de acreedores.

C).- Manifestaciones fiscales.

A efectos de la liquidación del Impuesto sobre las Sucesiones y Donaciones, la donataria manifiesta que es residente en la Comunidad Valenciana y que su patrimonio preexistente al presente otorgamiento  es inferior a SEISCIENTOS MIL EUROS (600.000,00 €) y que se cumplen los requisitos del artículo 10 bis, de la Ley 13/1997 en su redacción actual, solicitando la práctica de las reducciones correspondientes, al objeto de que el coeficiente multiplicador sea la unidad y que su edad es superior a veintiún años.

D).- Cómputo de donaciones.

Se solicitan las bonificaciones del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, al amparo de las Leyes 14/2005 de 23 de Diciembre, Ley 10/2006 de 26 de diciembre y RDL 4/2013 de 2 de Agosto de la Generalitat Valenciana, manifestando la parte donataria que cumple los requisitos legales para obtener dichos beneficios fiscales.

A estos efectos, manifiestan:

a) Que quien transmite no ha tenido derecho a la reducción en la adquisición de los mismos bienes o de otros hasta un valor equivalente, efectuada en los diez años inmediatamente anteriores al momento del devengo.

b) Que el sujeto pasivo no ha efectuado, en los diez años inmediatamente anteriores al momento del devengo, una transmisión, a un donatario distinto del ahora donante, de otros bienes hasta un valor equivalente, a la que igualmente resultara de aplicación la reducción.

c) Que quien transmite no ha adquirido mortis causa los mismos bienes, u otros hasta un valor equivalente, en los diez años inmediatamente anteriores al momento del devengo, como consecuencia de la renuncia pura y simple del sujeto pasivo, y hubiera tenido derecho a la aplicación de la reducción establecida en la letra a) del apartado Uno del artículo Diez de la Ley.

E).- CERTIFICADO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA. La parte donataria exonera a la parte donante de la obligación de entregarle certificado de eficiencia energética, como establece el Real Decreto 235/2013, de 5 de Abril, habiendo sido debidamente informada de la existencia y necesaria puesta a disposición y exhibición de dicho certificado, consintiendo expresamente que se efectúe la presente transmisión sin la existencia del mismo y declarando expresamente la parte donante, que se está tramitando, y que será entregado a la parte donataria en un momento posterior, lo que ésta última acepta en este acto.

Yo, el Notario, advierto expresamente del régimen de infracciones y sanciones establecido en Ley 8/2013, de 26 de Junio, de rehabilitación, regeneración y renovación urbanas.

CUARTO.- DECLARACIÓN DE AMPLIACIÓN TERMINADA DE OBRAS POR REFORMA INTEGRAL DE ADECUACIÓN DE ACABADOS Y DE DISTRIBUCIÓN INTERIOR

DOÑA xxx, con el consentimiento de sus padres en lo oportuno, Don xxx y Doña xxx, declara que, al amparo de la Licencia de obras que luego se refiere, con fondos propios, y sin adeudar cantidad alguna por razón de mano de obra, materiales, dirección ni ningún otro concepto, ha realizado una reforma integral de adecuación de acabados y distribución interior concretada a la vivienda de la planta segunda que le ha sido donada, que por la presente DECLARA TOTALMENTE TERMINADA, y cuya inscripción solicita con la siguiente descripción actualizada del total edificio y del elemento número 5 de la división horizontal los cuales por la presente quedaran del siguiente modo:

DESCRIPCIÓN DEL EDIFICIO EN SU CONJUNTO:

= URBANA:

Superficies: Tiene una superficie de solar de xxx, según título y registro, y xxxx, según certificación de técnico que luego se dirá.

xxx.

Linda todo:

DESCRIPCIÓN DEL ELEMENTO NÚMERO 5 DE LA DIVISIÓN HORIZONTAL:

5.= URBANA: ELEMENTO INDIVIDUAL NÚMERO CINCO:

VALORACIÓN DE LA REFORMA INTEGRAL EFECTUADA POR Doña xxx: xxx.

B).- Manifiesta la compareciente que:

.- la descripción de la edificación declarada mediante la presente escritura se corresponde con la realidad.

-. que no le consta que exista en el Registro de la Propiedad anotación preventiva por incoación de expediente de disciplina urbanística sobre la finca objeto de la presente.

.- y que, en consecuencia, habiendo transcurrido ya el plazo legal de prescripción conforme a la vigente legislación, dicha edificación se considera incorporada a su patrimonio y nada obsta a su inscripción en el Registro de la Propiedad.

C).- SEGURO DECENAL: Manifiesta la compareciente, que de conformidad con lo dispuesto en la Ley 38/1999 de 5 de Noviembre de Ordenación de la Edificación, no es exigible la constitución de garantías, por tratarse de una una reforma integral de adecuación de acabados y distribución interior.

D).- CERTIFICADO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA: No es exigible conforme al R.D. 235/2013, de 5 de Abril, y el R.D. 564/2017, de 2 de Junio, sobre procedimiento básico para la certificación de la eficiencia energética de los edificios y el Decreto 39/2015 sobre regulación de la certificación eficiencia energética de los edificios de la Consellería de Economía, Industria, Turismo y Empleo de la Generalitat Valenciana.

E).- LIBRO DEL EDIFICIO: Con relación a lo dispuesto en el Artículo 20 del Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de Junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Suelo, y en el Decreto 25/2011, de 18 de Marzo, del Consell, por el que se aprueba el libro del edificio para los edificios de vivienda NO resulta necesario justificar notarialmente el depósito del LIBRO DEL EDIFICIO.

F).- REPRESENTACIÓN GRÁFICA (Ley 13/2015, de 24 de Junio): La representación gráfica de la superficie de suelo ocupada por las obras que se declaran, consta en la certificación expedida por Don xxx que se dirá.

QUINTO.- INCORPORACIÓN DE DOCUMENTOS:

Los comparecientes me entregan para su incorporación a la presente, Certificación firmada electrónicamente por el Arquitecto Autor del Proyecto y Director de la obra, Don xxxx, Arquitecto Colegiado número xxx del Colegio de Arquitectos de xx, cuya firma legitimo tras comprobar en el correlativo documento electrónico en formato pdf, la identidad del firmante, que su certificado es reconocido y no está revocado,  todo ello conforme al REGLAMENTO (UE) N o 910/2014 DEL PARLAMENTO EUROPEO Y DEL CONSEJO de 23 de Julio de 2014  relativo a la identificación electrónica y los servicios de confianza para las transacciones electrónicas en el mercado interior (Eidas) y por la que se deroga la Directiva 1999/93/CE, cuya certificación fue expedida el día xxx, y es acreditativa de la representación grafica de la superficie de suelo y de la descripción, superficie y antigüedad de las obras declaradas por xx y Doña xxx.

Dicha representación gráfica georreferenciada alternativa, en formato GML, consta incorporada en los CSV de validación gráfica catastral negativo expedido por Don xxxx con fecha xxx que a su requerimiento incorporo a esta matriz.

Asimismo me exhiben Licencia de obra menor concedida a Doña xxx por Decreto de Alcaldía número xxx del Ayuntamiento de xxx, de fecha xxxx, Expediente xxx, de la que yo, el Notario, deduzco fotocopia con valor de testimonio, que incorporo a la presente.

Y Certificación expedida con fecha xxx, por Doña xxx, Arquitecto Colegiado con número xxx en el Colegio Oficial del Arquitectos de xxy habilitada con el número xxx en el Colegio de Arquitectos de xxx (cuya firma legitimo por ser análoga a la que figura en otros documentos de mi protocolo), cuya certificación es acreditativa de la descripción de la reforma integral declarada por DOÑA  xxx, consistente en la adecuación de acabados y de distribución interior del elemento individual número 5 de la división horizontal, todo ello en términos coincidentes con la descripción que consta en esta escritura, lo que yo, el Notario, compruebo.

SEXTO.- APODERAMIENTO: Doña xxx y Doña xxx, conjunta y solidariamente apoderan a Don xxx, presente en éste acto, y cuyos datos constan en la comparecencia de la presente escritura, para que otorgue escrituras y documentos de rectificación, subsanación, aclaración o complemento de la presente en los términos y condiciones y con los pactos que estime convenientes, aún incidiendo en autocontratación, doble o múltiple representación o conflicto de intereses y especialmente a fin de procurar la inscripción total de la presente escritura en los Registros oportunos de acuerdo con las calificaciones que sean practicadas.

SÉPTIMO.- GASTOS E IMPUESTOS. Todos los gastos e impuestos que se deriven del presente otorgamiento serán satisfechos con arreglo a ley.

Los comparecientes me autorizan a mí, el Notario, a entregar al Ayuntamiento de xxx y al organismo de Gestión Tributaria de la Diputación de xxx, copia simple de la presente escritura a efectos de la liquidación del Impuesto Municipal sobre Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.

A los efectos de levantar el cierre registral previsto en el Art. 254-5 de la Ley Hipotecaria mientras no se acredite el pago o presentación del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, la parte adquirente me requiere para que remita al Ayuntamiento correspondiente copia simple de esta escritura, con el valor de la comunicación a que se refiere el Art. 110-6-b de la Ley reguladora de las Haciendas Locales. Daré cumplimiento a este requerimiento mediante correo postal certificado,  u otros medios habilitados a tal fin, incorporando por testimonio el correspondiente resguardo.

Presentación telemática. Renuncian a que la presente escritura sea presentada de forma telemática, por mí en el Registro de la Propiedad correspondiente.

Yo, el Notario, hago al respecto las oportunas advertencias.

Así lo dicen y otorgan.

Hechas las reservas y advertencias legales, en especial las relativas a la Ley de Ordenación de la Edificación y las derivadas de la Ley 8/1989, de 13 de Abril de Tasas y Precios Públicos, y, a efectos fiscales, del  plazo en el que los interesados deberán presentar a liquidación la presente escritura, así como de las afecciones al pago del impuesto y de las responsabilidades tributarias que incumben a las partes en su aspecto material, formal y sancionador.

El/los señor/es comparecientes quedan informados de lo siguiente: Sus datos personales serán objeto de tratamiento en esta Notaría, los cuales son necesarios para el cumplimiento de las obligaciones legales del ejercicio de la  función pública notarial, conforme a lo previsto en la normativa prevista en la legislación notarial, de prevención del blanqueo de capitales, tributaria y en la aplicable al acto o negocio jurídico documentado. Por tanto, la comunicación de los datos personales es un requisito legal, encontrándose los otorgantes obligados a facilitar los datos personales, y estando informados de que la consecuencia de no facilitar tales datos es que no sería posible autorizar o intervenir el presente documento público. Sus datos se conservarán con carácter confidencial. La finalidad del tratamiento de los datos es realizar la formalización del presente documento, su facturación y seguimiento posterior y las funciones propias de la actividad notarial de obligado cumplimiento, de las que pueden derivarse la existencia de decisiones automatizadas, autorizadas por la Ley, adoptadas por las Administraciones Públicas y entidades cesionarias autorizadas por Ley, incluida la elaboración de perfiles, cuya lógica aplicada es la prevención e investigación por las autoridades competentes del blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo. Se realizarán las cesiones de dichos datos que sean de obligado cumplimiento a las Administraciones Públicas, a las entidades y sujetos que estipule la Ley y, en su caso, al Notario que suceda al actual en la plaza. Los datos proporcionados se conservarán durante los años necesarios para cumplir con las obligaciones legales del Notario o de sus sucesores en la plaza. Puede ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación, portabilidad y oposición al tratamiento por correo postal dirigido a xxxx. Asimismo tienen el derecho a presentar una reclamación ante una autoridad de control. Los datos serán tratados y protegidos según la Legislación Notarial, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales, y el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE.

Yo, el Notario, hago, expresamente, las advertencias a que hace referencia el Artículo 64 de la Ley 39/1988, de 28 de Diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, para los supuestos de cambio, por cualquier causa, en la titularidad de los derechos que constituyan el hecho imponible del Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Particularmente informo de la afección, en su caso, de la/s finca/s objeto de la presente escritura al pago de la totalidad de las cuotas tributarias del mencionado Impuesto que pudiera haber pendientes.

Igualmente advierto, en relación con el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana y de conformidad con lo establecido en el artículo 110 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, de 5 de Marzo de 2004, de la obligación que tiene la parte adquirente de declarar las transmisiones/adquisiciones efectuadas al Ayuntamiento respectivo, en el plazo de será de seis meses prorrogables hasta un año a solicitud del sujeto pasivo.

Especialmente advierto de lo dispuesto en el Artículo 254 de la Ley Hipotecaria, según el cual el Registro de la Propiedad no practicará la inscripción correspondiente de ningún documento que contenga acto o contrato determinante de las obligaciones tributarias por el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, sin que se acredite previamente haber presentado la autoliquidación o, en su caso, la declaración, del impuesto, o, en el caso de los actos onerosos, la comunicación a que se refiere la letra b) del apartado 6 del Artículo 110 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

El/los comparecientes prestan su consentimiento para que la Notaría pueda entregar copias o documentación relativa a el/los comparecientes a las gestorías, asesorías o despachos de abogados que soliciten o recojan dicha documentación en nombre de el/los interesados, con la finalidad de gestión y prestación de los servicios propios de dichos gestores, asesores o abogados.

Leída esta escritura por mí, el Notario, a los comparecientes, éstos renuncian a su derecho a leerla por si mismos, derecho del que les advierto, la aprueban y la firman conmigo, haciendo constar que han quedado debidamente informados del contenido del presente instrumento.

De haber identificado a Doña xxx  por su reseñado documento de identidad, de que conozco a los demás comparecientes, de que tienen, a mi juicio, capacidad y legitimación suficientes, de que su consentimiento ha sido libremente prestado, de que el otorgamiento se adecua a la legalidad y a la voluntad debidamente informada de los otorgantes, y de todo lo demás consignado en este instrumento público extendido en xxx folios de papel timbrado de uso exclusivamente notarial, serie xx, número xx y los xxx posteriores en orden correlativo de numeración, yo, el Notario, Doy fe.=-

ARANCEL NOTARIAL. DERECHOS DEVENGADOS. Arancel aplicable, números: 2, 4, Nª 8ª

Conceptos OBRA NUEVA,  DIVISIÓN HORIZONTAL, DONACIÓN, OBRA NUEVA, RECTIFICACIÓN DESCRIPTIVA DE FINCA, PODER.

Bases: 

TOTAL:                                        (Impuestos excluidos)


Hasta otra. Un abrazo. Justito El Notario. @justitonotario