El dictamen según Justito El Notario-59: Dualistas y monistas (32 vs 34) (notas al Tema 12 de Hipotecario)

NOTAS AL TEMA 12 DE HIPOTECARIO

1.- TESIS DUALISTA: El art. 32 de la LH limita su actuación al conflicto entre un título inscrito y otro no inscrito, pero no protege frente a la nulidad o resolución del título del transmitente. Para lograr esta “segunda protección” habrá que acudir al art. 34 de la LH y concordantes.

TESIS MONISTA: Los artículos 32 y 34 recogen formulaciones complementarias del principio de la fe pública registral y responden al mismo fundamento protector. Para los partidarios de esta tesis el art. 32 es el desarrollo negativo del principio de fe pública que consagra el art. 34. Algunos autores (COSSÍO Y HERMIDA LINARES) son partidarios de la unificación de ambos artículos.

Podría decirse siguiendo a Lacruz que el sistema latino de protección cristaliza a través del art. 32 de LH, mientras que el germánico lo hace a través del 34 y sus corolarios (entre los que no se encuentra el 32 de la LH).

2.- La cuestión de la unidad del concepto de tercero se plantea también a propósito de los artículos 114 y 313 de la LH (a los que hay que añadir el 28, el 32, el 36, el 37 y el 207). También respecto del denominado tercer poseedor de finca hipotecada.

3.- Recordar a efectos de dictamen que el anotante no es tercero, pero no añadir nada en el tema a este respecto.

Justito El Notario. Otoño de 2002


Hasta otra. Un abrazo. Justito El Notario. @justitonotario