Préstamo entre hermanos

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“Le pagué unos cursos a mi hermano hace unos meses. No hicimos ningún tipo de documento, simplemente hice yo una transferencia (se lo pagué yo directamente al organizador de los cursos) y ahora mi hermano me paga una parte todos los meses. ¿Podría legalizar ahora ese préstamo?“.

Actualmente, según resulta de las Sentencias del Tribunal Supremo, los prestamos debe documentarse pública o privadamente so pena de tener un problema con Hacienda. Hacienda “se cree” el préstamo (con o sin intereses) cuando está documentado y siempre que puedas acreditar la amortización con los correspondientes ingresos. De no poder hacerlo, puede perderse la exención de que disfrutan los préstamos entre particulares.

Lo aconsejable, en este caso, sería preparar un documento privado de préstamo y liquidarlo como exento y, si se quedan más tranquilos, elevarlo a público en la notaría donde se justificará la transferencia, los pagos hechos y los pendientes.


Hasta otra. Un abrazo. Justito El Notario. @justitonotario