salto regla

Liquidación de herencia y posterior escritura de adjudicación de herencia en la que renuncia uno de los herederos que practicaron la liquidación y salto de regla por error en el sexo de la testadora en la base de datos de la DGP

 

Advertencia: En la web “Justito El Notario”, su titular y responsable Miguel Prieto Escudero, no asesora ni aconseja ni lo ha hecho nunca desde la apertura del blog el 20/11/2015. Aquí únicamente se informa, se divulga (o al menos se intenta) y se opina (con mayor o menor grado de acierto). El contacto, colaboración o comentario a las entradas, no puede entenderse en ningún caso como un acceso telemático a mi notaría ni conducente a la firma de un documento público en la misma. A esos fines deberán dirigirse a mí por los cauces oportunos, pero nunca por la vía de mi blog que constituye una actividad completamente privada y no está conectado con la web de mi notaría.

 

 

En el testamento había sustitución vulgar sin expresión de casos. Se incorporó testimonio del Libro de Familia del renunciante para acreditar quienes eran sus hijos y él manifestó que eran los únicos que tenía.

 

Se incorpora a solicitud de los comparecientes, fotocopias por mí, el Notario, deducidas con valor de testimonio de las páginas del Libro de Familia de Don *, a fin de acreditar la inexistencia de más hijos.

IV.- RENUNCIA: DON *, sabedor de lo dispuesto en los artículos 988 y siguientes del Código Civil, RENUNCIA PURA, SIMPLE y GRATUITAMENTE, a los derechos que, por testamento por ley, o por cualquier otro título, pudieran corresponderle respecto de la herencia (testada o intestada) de su madre DOÑA *, y a cualquier reclamación por tales conceptos contra cualquier persona que de él traiga causa, manifestando que sus únicos hijos, son los aquí comparecientes.

 

Después ya no haya nada reseñable hasta la aceptación-adjudicación y las manifestaciones fiscales:

 

PRIMERO.- ACEPTACIÓN Y ADJUDICACIÓN DE HERENCIAS. *, aceptan, PURA Y SIMPLEMENTE, la herencia de su madre y abuela respectivamente, Doña *, aprueban y ratifican las operaciones particionales anteriormente efectuadas, y solicitan que, en su caso, se inscriban las fincas inventariadas en la forma indicada y por los conceptos expresados, y se tome por las entidades correspondientes razón de las trasmisiones y adjudicaciones realizadas.

Don *, ratifica la renuncia a los derechos que le corresponden en la herencia de su madre, Doña *. Yo, el Notario, le hago al respecto las oportunas advertencias civiles y fiscales.

Había que cubrirse las espaldas a pesar de lo clarísimo que está que liquidar no comporta aceptación.

 

SEGUNDO.- MANIFESTACIONES FISCALES. Los comparecientes manifiestan que fue presentada instancia para liquidar los impuestos en la Oficina Liquidadora de *, con fecha *, número de entrada *, SUCYDON *, si bien en la misma sólo fue incluida, por error involuntario, una participación del 50% de la finca descrita bajo el número 1.=, cuando en realidad habría tenido que tenerse en cuenta una participación de un 90%.

Dicha liquidación fue practicada por los hijos de la difunta EN CUMPLIMIENTO DE LA OBLIGACIÓN TRIBUTARIA y no implica aceptación por lo que cabe la renuncia efectuada por DON *. En consecuencia, la liquidación de la presente se efectuará con los que finalmente se han constituido los sujetos pasivos del Impuesto de Sucesiones.

 

El salto de regla por errores en el sexo

En esta herencia hemos tenido un problema adicional. El testamento de la causante no constaba en el RGAUV por el problema ese que estamos teniendo con el sexo de algunos testadores que no coincide con la Base de Datos de la Policía. El nombre de esta señora podía ser de hombre o de mujer y existía un error en su sexo que nos ha tenido esperando a que se pudiera hacer el “salto de regla” que es un poco pesado de conseguir y entender. De hecho, me tomé unas notas y no soy capaz ahora de sacar casi nada en claro de ellas. Fue por eso por lo que en los testamentos comenzamos a decir no hace mucho:

 

El testador autoriza a realizar cualesquiera comunicaciones o subsanaciones que sean solicitadas por el Ministerio de Justicia al tenor literal del presente testamento conforme a las Bases de Datos de la Policía, a fin de lograr su inscripción en el Registro General de Actos de Última Voluntad.

 

Estas fueron las comunicaciones recibidas: 

Apreciado/a JUSTITO EL NOTARIO, Se ha dado por finalizada su llamada con número *, cuyo problema era: Me han solicitado una subsanación desde el MJ de un Parte Testamentario enviado. El motivo de la solicitud es: Error verificación- El sexo del Titular no coincide. (Error emitido por la Policía) y la solución aportada ha sido: Los datos cumplimentados en el formulario deben coincidir con la información que aparece al realizar la consulta a la DGP, y a su vez, la datos de la consulta a la DGP deberían coincidir con los datos del DNI/NIE físico. Si difieren los datos del formulario con los que muestra la consulta a la DGP el MJ reporta este error. Se recomienda realizar la consulta a la DGP para conocer los datos que constan en la policía, y evitar que se reciba una solicitud de subsanación. Si el dato incorrecto solo está en el DNI/NIE físico, es decir, los datos en la consulta a la DGP y en el formulario son correctos puede realizar el envío. Siendo adecuado que el cliente acuda a la policía para que le expidan un nuevo documento con el dato correcto. Si el dato incorrecto sólo está en el formulario, en la consulta a la DGP ese dato es correcto, deberá informar los datos correctamente en el formulario para que coincidan con los de la consulta DGP. Si el dato incorrecto aparece en el resultado de la consulta a la DGP y en el DNI/NIE también está incorrecto, el cliente deberá acudir a la policía para que le expidan un nuevo documento de identificación con el dato correcto y modifiquen la información en la base de datos de la DGP. En el caso de personas extranjeras, pueden valorar la opción de informar como documento de identificación el pasaporte o comunitario. El Sexo del testador en el DNI/NIE se mostrará de la siguiente manera: – M (masculino) – F  (femenino) – V o V-M (varón) – M-F (mujer). El Sexo del testador en el formulario de partes se seleccionará entre las siguientes opciones: – Varón – Mujer Si trar realizar la consulta a la DGP comprueba que la policía no tiene la información correcta en su base de datos o bien no la tiene actualizada, para poder realizar el envío de parte deberá remitirnos por email a la dirección *@notariado.org: – Copia de un documento de identificación del testador donde conste el dato correcto (la copia del DNI/NIE con el dato incorrecto no será válido), bien otro documento que acredite que el dato que está informando en el formulario del parte es correcto siendo incorrecto el que consta en la policía (por ejemplo parte de la escritura de testamento donde conste la información correcta), o en caso contrario, hacer constar en el documento de salto de los datos de la policía que el notario tras realizar las comprobaciones oportunas confirma o da fe que el dato correcto es el informado en el formulario del parte. – Documento de salto de los datos de la policía cumplimentado a través del correo corporativo firmado digitalmente, que podrá descargarse en el siguiente enlace: http://*.notariado.org/?do=filetools.getDocument&id=* Revise que en la consulta a DGP, no existan más datos incorrectos en la base de datos de la policía. De existir más datos incorrectos, éstos deberán ser corregidos en el formulario del parte o bien incluirlos en el documento de salto si también consta incorrectos en la base de datos de la policía. Posteriormente, le informaremos para que proceda a indicar en el campo de observaciones del formulario del parte que por parte de Ancert se ha realizado un salto de los datos de la policía respecto al dato correspondiente confirmado con el documento aportado, y proceda a realizar de nuevo la firma y envío del parte, para que éste sea aceptado por el Ministerio de Justicia. Esperando que la respuesta sea satisfactoria, quedamos a su disposición para cualquier otra consulta que pueda precisar. Por favor, no conteste a este correo, se trata únicamente de una cuenta de envío. Atentamente, Técnico Soporte. Dpto. Soporte & Calidad.

La llamada finalizó, pero el asunto no había hecho mas que empezar:

Nos ponemos en contacto con usted indicando que para poder proceder a gestionar su solicitud nos deberá reenviar este correo adjuntando la firma digital. Informarle que en la solicitud con número de incidencia * correspondiente a * consta erróneamente el sexo de la testadora ( dni con sexo v-m ) .Para poder gestionar esta solicitud es necesario disponer de un documento acreditativo donde conste correctamente el sexo de la testadora .  RECUERDE: Este documento nos lo debe enviar a través de correo debidamente firmado a la dirección de *@notariado.org, acompañado de la documentación que acredite que el dato informando y que difiere con el que consta en la BBDD de la DGP, es el correcto. Por el presente, yo Notario/a Don/Doña _______  comunico y autorizo a la Agencia Notarial de Certificación al salto de validación de los datos, en cuanto al parte/acta (borrar lo que no proceda) correspondiente al protocolo ____ del año ____ de la plaza con código de catastro _______ de la que soy titular/sustituto(borrar lo que no proceda). A continuación, procedo a detallar los datos relativos a este incidente: 1) Número protocolo: 2) Fecha del documento: 3) Número de parte/acta: 4) Documento de identificación del testador/causante: 5) Nombre y Apellidos del testador/causante: 6) Dato incorrecto en la base de datos de la DGP: En _______ , a _______ de _______  de 20__.

Yo les dije:

“Supongo que con “adjuntar firma digital” se refieren a firmar digitalmente. Es por ello por lo que les escribo desde mi mail corporativo en el que puedo firmar. Les incluyo certificado de defunción de la testadora en el que se indica su sexo (mujer). Espero noticias, saludos”

La cosa no quedó ahí: 

Nos ponemos en contacto con usted para indicarle que el protocolo se firmó el día *, y actualmente se encuentra en pendiente de validación. Una vez se realice dicha validación, si aun sigue necesitando el salto de regla debido a un error bloqueante en el presente protocolo, deberá hacérnoslo llegar de nuevo .

Al final parece que la cosa había llegado a su fin: 




 

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