Testamento en favor de esposa, hijos y menores acogidos

 

testamento acogimiento

Advertencia: En la web “Justito El Notario”, su titular y responsable Miguel Prieto Escudero, no asesora ni aconseja ni lo ha hecho nunca desde la apertura del blog el 20/11/2015. Aquí únicamente se informa, se divulga (o al menos se intenta) y se opina (con mayor o menor grado de acierto). El contacto, colaboración o comentario a las entradas, no puede entenderse en ningún caso como un acceso telemático a mi notaría ni conducente a la firma de un documento público en la misma. A esos fines deberán dirigirse a mí por los cauces oportunos, pero nunca por la vía de mi blog que constituye una actividad completamente privada y no está conectado con la web de mi notaría.

 

NÚMERO

En *, mi residencia, a

Ante mí, JUSTITO EL NOTARIO, Notario de * y del Ilustre Colegio Notarial de *,

C O M P A R E C E:

DON *, mayor de edad, casado en régimen *, *, vecino del término municipal de *, provincia de *, con domicilio en *; provisto del Documento Nacional de Identidad y Número de Identificación Fiscal, según me acredita, *.

Incorporo al presente, a solicitud de su titular, fotocopia, por mí, el Notario, deducida, con valor de testimonio de su citado DNI/NIF autorizándome a que sea reproducida en las copias que del presente se expidan.

El compareciente declara su propósito de otorgar testamento abierto y teniendo, a mi juicio, la capacidad legal necesaria para ello,

M A N I F I E S T A:

a) Que es natural de *, en donde nació el día *.

b) Que es hijo de Don * y Doña *, que viven.

c) Que se encuentra casado en primeras y únicas nupcias con Doña *, de cuyo matrimonio tiene dos hijas llamadas *.

d) Que tiene en régimen de acogimiento familiar junto con su citada esposa a dos menores de edad llamadas *.

e) Y que es de vecindad civil valenciana.

Y dicho lo anterior, formaliza su testamento con sujeción a las siguientes,

C L Á U S U L A S:

Primera.- Lega a su citada esposa Doña *, el usufructo vitalicio de los tercios de mejora y libre disposición de su herencia, con relevación de fianza e inventario y facultándola para tomar posesión por sí misma del presente legado y, de manera expresa, para conmutar el legado de usufructo por bienes en pleno dominio hasta donde alcance su valor.

El presente legado se entenderá revocado en los casos de nulidad, divorcio y separación legal o de hecho posteriores al otorgamiento de este testamento, así como en el supuesto de que estuviese pendiente una demanda de nulidad, separación o divorcio, salvo que haya habido reconciliación notificada al Juzgado o formalizada en escritura pública.

Segunda.- Sin perjuicio del legado de la cláusula anterior, instituye herederas a sus dos citadas hijas, *, y a las dos citadas menores acogidas familiarmente por el testador y su esposa *, en la proporción de dos terceras partes por mitad las dos primeras y de una tercera parte por mitad las dos últimas, a quienes sustituye vulgarmente para los casos de premoriencia, conmoriencia o incapacidad sucesoria por sus respectivos descendientes y con derecho de acrecer entre las dos primeras o entre las dos últimas a falta de descendientes, o en favor del otro grupo de herederos a falta de descendientes en uno u otro.

Impone a sus citadas hijas y a las dos citadas menores acogidas familiarmente por la testadora y su esposo, la prohibición de disponer de la parte de la herencia que reciban con cargo al tercio de libre disposición hasta que alcancen los veinticinco años de edad sin el consentimiento de Doña *, cuyos datos constan posteriormente.

Tercera.– Para el caso de que al fallecimiento de sus progenitores y titulares de la patria potestad, sus citadas hijas * fueran menores de edad, nombra tutora o curadora a Doña *, mayor de edad, *, vecina de *, con domicilio en *, y titular del Documento Nacional de Identidad y Número de Identificación Fiscal *.

Manifiesta el testador a los efectos de la comunicación por oficio notarial del nombramiento de tutores y curadores, el cual expresamente me requiere a los efectos del artículo 300 del Código Civil, que sus citadas hijas *, nacidas los días*, se hallan inscritas en el Registro Civil de *, a los tomos *, páginas *.

Cuarta.– Revoca expresamente todo testamento otorgado con anterioridad al presente.

Así lo dice y otorga.

Hechas las reservas y advertencias legales.

Protección de datos. De acuerdo con la normativa de protección de datos, el compareciente queda informado y consiente la incorporación, conservación por plazo legal y tratamiento de sus datos por el Notario autorizante, los sustitutos y los sucesores en el protocolo, incluyendo las remisiones impuestas en la normativa, con la finalidad de ejercitar la actividad ordinaria notarial. Los derechos que asisten al compareciente de acceso, rectificación, supresión, limitación, portabilidad y oposición al tratamiento podrán ser ejercitados, cuando proceda, ante el Notario titular del protocolo en la *, y mediante reclamación ante la autoridad de control competente.

El testador autoriza a realizar cualesquiera comunicaciones o subsanaciones que sean solicitadas por el Ministerio de Justicia al tenor literal del presente testamento conforme a las Bases de Datos de la Policía, a fin de lograr su inscripción en el Registro General de Actos de Última Voluntad.

Habiendo renunciado a su derecho a leerlo por sí mismo, derecho del que le advierto, este testamento es leído por mí, el Notario, íntegramente y en alta voz, al testador, quien manifiesta, que su contenido está enteramente conforme con su expresada voluntad, en la que, se ratifica, lo aprueba y lo firma conmigo, haciendo constar que ha quedado debidamente informado del contenido del presente instrumento, a las * del día de la fecha.

De haber identificado al testador por su reseñado documento de identidad, de que se han observado la unidad de acto y las demás formalidades legales, de que el otorgamiento se adecua a la legalidad y a la voluntad debidamente informada del otorgante, y, en lo pertinente, de lo consignado en este instrumento público, extendido en * folios de papel timbrado de uso exclusivamente notarial, serie *, número  y los * folios posteriores en orden de numeración, cuya expresión informática queda incorporada dentro del plazo reglamentario y bajo el mismo número, en el correspondiente protocolo electrónico, yo el Notario, Doy fe.=

ARANCEL NOTARIAL. DERECHOS DEVENGADOS. Arancel aplicable, números: 1, 4 y nª 8ª.

DOCUMENTO SIN CUANTÍA.              TOTAL:                         (Impuestos excluidos)

 

 

NOTA: Dentro del tercer día de su autorización envié el parte reglamentario. Doy fe.-

 

 


Hasta otra. Un abrazo. Justito El Notario. @justitonotario