Línea para pagos online: Una nueva (al menos para mí) modalidad de póliza de crédito

 

línea de crédito online

 

Advertencia: En la web “Justito El Notario”, su titular y responsable Miguel Prieto Escudero, no asesora ni aconseja ni lo ha hecho nunca desde la apertura del blog el 20/11/2015. Aquí únicamente se informa, se divulga (o al menos se intenta) y se opina (con mayor o menor grado de acierto). El contacto, colaboración o comentario a las entradas, no puede entenderse en ningún caso como un acceso telemático a mi notaría ni conducente a la firma de un documento público en la misma. A esos fines deberán dirigirse a mí por los cauces oportunos, pero nunca por la vía de mi blog que constituye una actividad completamente privada y no está conectado con la web de mi notaría.

 

Así se define el objeto del contrato en la póliza:

El banco abre a favor de los clientes una línea de pagos online (en adelante, la Linea) hasta el límite al principio indicado, de la que podrán disponer exclusivamente para atender al pago de las nóminas, seguros sociales, IRPF, IVA,  impuesto de Sociedades y facturas de proveedores que se domicilien en la Cuenta Asociada indicada en las Estipulaciones Particulares. El Banco podrá solicitar en cualquier momento al o a los Cliente/s, durante la vigencia de la Línea, la documentación acreditativa de que el importe de las disposiciones se ha destinado a los fines para los que se solicitaron. En el caso de que no se justifique esta concordancia, el Banco podrá aplicar medidas de restricción o bloqueo del límite disponible o, incluso, de cancelación de la Línea conforme a los términos condiciones que se establecen en la presente póliza. El/Los Cliente/s se obliga/n solidariamente entre  y con el/losFiador/es solidario/s si los hubiere, a reembolsar al Banco las cantidades que disponga/n, así como las comisiones, impuestos y gastos que se devenguen o graven estas operaciones hasta su total pago, incluso los de carácter judicial o extrajudicial que se causen.

Vemos que son seis cosas las que se pueden atender con el crédito que comporta la línea:

  1. Pago de nóminas
  2. Seguros sociales
  3. Iva
  4. Irpf
  5. Sociedades
  6. Y pagos a proveedores

Hay diferentes plazos de 1 a 6 meses para cada finalidad y diferentes comisiones por disposición (que no interés, que no lo hay) del 3% (sociedades) al 0,50% (nóminas o SS).

La cosa se redondea con el número de veces al año en que puede usar cada cosa (12, nóminas y seguros sociales, 4 Iva e IRPF, 1 sociedades y sin límite para los proveedores). Se olvidan de que el IRPF puede pagarse 6 veces y no cuatro.

Pongamos un ejemplo: Yo tengo que pagar las nóminas y la SS y me salen 12.000 Euros. Los tomo, me cobran 60 Euros por esa cantidad y la tengo que reponer en un mes. No me queda claro qué pasa si no lo haces.

Que yo sepa hay tres bancos que tienen este producto.

 


Hasta otra. Un abrazo. Justito El Notario. @justitonotario