Escritura de liquidación de gananciales y de subrogación de préstamo hipotecario

modelo de liquidación de gananciales

NÚMERO 

En XXX, mi residencia, a XXXX.

Ante mí, JUSTITO EL NOTARIO, Notario de XXX y del Ilustre Colegio Notarial de XXXX,

C O M P A R E C E N:

DON

DOÑA

Manifiestan hallarse separados de hecho desde xxxx.

Su citado régimen económico matrimonial resulta de la escritura de capitulaciones matrimoniales post nupciales, otorgada ante mí, en el día de hoy, con el número inmediatamente anterior de protocolo y pendiente de indicación lo que advierto a los oportunos efectos.

Intervienen en su propio nombre y derecho y tienen, a mi juicio, la capacidad legal necesaria para otorgar la presente escritura, anteriormente calificada, y, al efecto,

E X P O N E N:

Primero.- Que mediante la escritura de capitulaciones matrimoniales, antes citada, los comparecientes han modificado el régimen económico de su matrimonio, pasando éste a ser el de absoluta separación de bienes, habiendo quedado por tanto disuelto el anterior de gananciales.

Segundo.- Que en la mencionada escritura de capitulaciones han convenido los otorgantes en llevar a cabo en escritura aparte, que se considerará integrante de aquellos capítulos, la liquidación de la sociedad de gananciales y, en cumplimiento de aquel convenio, lo llevan a efecto conforme a las siguientes:

B A S E S:

PRIMERA. INVENTARIO Y AVALÚO DE LOS BIENES:

ACTIVO:

1.= URBANA:

INSCRIPCIÓN:

REFERENCIA CATASTRAL: 

VALORACIÓN: 

2.= URBANA:

INSCRIPCIÓN:

VALORACIÓN: 

REFERENCIA CATASTRAL: 

CIRCUNSTANCIAS COMUNES A LAS FINCAS 1.= Y 2.=:

TÍTULO:

COMUNIDADES Y NORMAS ESTATUTARIAS: Las que resultan de la escritura autorizada por Don XXX, Notario que fue de XXX,  el  día XXX, con el número XXX de protocolo, y que son las siguientes:

CARGAS Y ARRIENDOS: Manifiestan sus propietarios que las fincas descritas se encuentran gravadas con:

.= La vivienda: Una hipoteca a favor de

.= La plaza de aparcamiento: Una hipoteca a favor de

A día de hoy se halla pendiente de pago por razón de principal de las dos referidas hipotecas, que contablemente están unificadas en un único préstamo, la cantidad total de xxx según consta en el certificado que testimoniado se incorpora.

Los comparecientes se subrogaron en ambas hipotecas, en la citada escritura de xxx, como ha quedado dicho en el apartado TÍTULO anterior.

Libres de otras cargas y gravámenes, de arriendos y ocupantes, y al corriente en el pago de contribuciones, impuestos y gastos de comunidad, habiendo constituido la finca descrita bajo el número 1.-, la vivienda habitual común de sus propietarios y estando destinada a constituir la de Don xxx.

3.= URBANA:

INSCRIPCIÓN:

VALORACIÓN:

REFERENCIA CATASTRAL:

TÍTULO:

CARGAS Y ARRIENDOS: Manifiestan sus propietarios que, sin perjuicio de las afecciones fiscales que figuran en la nota registral adjunta EN LA QUE CONSTA COMO DECLARADA EN CONSTRUCCIÓN, la finca descrita se encuentra gravada con una hipoteca en favor de la entidad xxxx por importe de xxxx y libre de otras cargas y gravámenes, de arriendos y ocupantes, y al corriente en el pago de contribuciones, impuestos y gastos de comunidad,  no constituyendo la vivienda habitual de sus propietarios y no estando destinada a constituir la vivienda habitual de Doña xxx.

Manifiestan que dicha hipoteca se encuentra actualmente cancelada contablemente y pendiente de cancelación notarial y registral.

Manifiestan que la finca descrita en la actualidad se halla completamente finalizada en base a lo dispuesto en el artículo 28.4 del Real Decreto R.D. 7/2015 de 30 de Octubre y la declaran terminada con arreglo a la antigüedad catastral que figura en la certificación incorporada mediante la presente.

4.= URBANA

INSCRIPCIÓN: 

VALORACIÓN:

REFERENCIA CATASTRAL: 

TÍTULO:

CARGAS Y ARRIENDOS:

5.= URBANA:

INSCRIPCIÓN:

VALORACIÓN:

REFERENCIA CATASTRAL:

TÍTULO:

CARGAS Y ARRIENDOS: Manifiestan sus propietarios que, sin perjuicio de las afecciones fiscales que figuran en la nota registral adjunta EN LA QUE CONSTA COMO DECLARADA EN CONSTRUCCIÓN, la finca descrita se encuentra libre de cargas y gravámenes, de arriendos y ocupantes, y al corriente en el pago de contribuciones, impuestos y gastos de comunidad.

Manifiestan que la finca descrita en la actualidad se halla completamente finalizada en base a lo dispuesto en el artículo 28.4 del Real Decreto R.D. 7/2015 de 30 de Octubre y la declaran terminada con arreglo a la antigüedad catastral que figura en la certificación incorporada mediante la presente.

6.= URBANA:

INSCRIPCIÓN: VALORACIÓN:

REFERENCIA CATASTRAL: 

TÍTULO:

CARGAS Y ARRIENDOS: Manifiestan sus propietarios que, sin perjuicio de las afecciones fiscales que figuran en la nota registral adjunta EN LA QUE CONSTA COMO DECLARADA EN CONSTRUCCIÓN, la finca descrita se encuentra libre de cargas y gravámenes, de arriendos y ocupantes, y al corriente en el pago de contribuciones, impuestos y gastos de comunidad.

Manifiestan que la finca descrita en la actualidad se halla completamente finalizada en base a lo dispuesto en el artículo 28.4 del Real Decreto R.D. 7/2015 de 30 de Octubre y la declaran terminada con arreglo a la antigüedad catastral que figura en la certificación incorporada mediante la presente.

CIRCUNSTANCIAS COMUNES A LAS FINCAS 3.=, 4.=, 5.= y 6.=:

Forman parte del CONJUNTO URBANÍSTICO, denominado ….

NORMAS DE COMUNIDAD DEL EDIFICIO:

ELEMENTOS COMUNES:

7.= URBANA:

INSCRIPCIÓN:

VALORACIÓN:

REFERENCIA CATASTRAL: 

TÍTULO:

CARGAS Y ARRIENDOS: Manifiestan sus propietarios que, sin perjuicio de las cargas y afecciones fiscales que por razón de procedencia figuran en la nota registral adjunta cuya cancelación registral expresamente solicitan para el caso de que fuera procedente por su caducidad, la finca descrita se encuentra libre de cargas y gravámenes, de arriendos y ocupantes, y al corriente en el pago de contribuciones, impuestos y gastos de comunidad.

La finca descrita se encuentra integrada en la siguiente:

= URBANA:

RÉGIMEN DE LA PROPIEDAD HORIZONTAL: 

CIRCUNSTANCIAS COMUNES A TODAS LAS FINCAS:

DATOS CATASTRALES: Los que se acreditan con las certificaciones catastrales descriptivas y gráficas, que incorporo a esta matriz, obtenidas de la Sede Electrónica de Catastro a través de los medios telemáticos legalmente previstos.

De todas ellas resulta la titularidad, al cincuenta por ciento, de los comparecientes.

En cuanto a la obligación de declarar la alteración catastral, establecida en el artículo 13 de Ley del Catastro, hago saber, que habiéndose aportado la Referencia Catastral y siendo uno de los supuestos de comunicación notarial previstos en el artículo 14 de la mencionada Ley, no están obligados a realizar la correspondiente declaración de alteración catastral.

Si el resultado de las comunicaciones por mí efectuadas es positivo en su totalidad, me autorizan para adjuntarles a la copia autorizada de la presente, nueva certificación descriptiva y gráfica obtenida, a mi elección, a través de Signo o de la Sede Electrónica del Catastro, lo que haré acompañándosela a la copia autorizada de la escritura junto con las comunicaciones de inicio del procedimiento. Si no fuera total y las comunicaciones efectuadas no consiguen automáticamente las alteraciones catastrales pero han iniciado el proceso de comunicación de datos, acompañaré a dicha copia autorizada con las notificaciones o comunicaciones recibidas desde la Sede Electrónica de Catastro, donde se indicará que es posible que el interesado deba acudir a las oficinas catastrales para verificar el cambio.

Los comparecientes, me requieren a mí, el Notario, para que remita a la Dirección General del Catastro, copia simple electrónica de la presente escritura por los medios telemáticos habilitados a tal fin.

Concordancia de Catastro y Registro: Por tratarse de fincas en régimen de división horizontal, no se realiza especial pronunciamiento sobre sus superficies o linderos.

Los comparecientes solicitan del Sr. Registrador de la Propiedad competente la no incorporación de la representación gráfica de las fincas matrices que consta en las certificaciones catastrales descriptivas y gráficas, antes citadas.

INFORMACIÓN REGISTRAL Y PRESENTACIÓN TELEMÁTICA:

8.= SALDO en la Cuenta Nómina número xxxx abierta en xxx por importe de xxxx.

9.= SALDO en la Cuenta

10.= SALDO en la Cuenta

11.= SALDO en la Cuenta

12.= Derecho de reintegro de las aportaciones realizadas durante la vigencia de la sociedad de gananciales al SALDO en la Cuenta Plan de Pensiones xxx (xxx participaciones) con número xxx abierta en xxx con un saldo de xxx perteneciente a Doña xxx.

13.= Derecho de reintegro de las aportaciones realizadas durante la vigencia de la sociedad de gananciales al SALDO en la Cuenta Plan de Pensiones xxx (xxx participaciones) con número xxx abierta en xxx con un saldo de xxx perteneciente a Don xxx.

Certificaciones de dichos saldos bancarios y planes de pensiones me entregan los comparecientes y yo, el Notario, obtengo de ellas fotocopias que, con valor de testimonio, dejo unidas a esta matriz.

14.=  VEHÍCULO TURISMO, Marca xxx, Tipo xx, Modelo xxx, Matrícula xxx, Número de Identificación xxx.

VALORACIÓN: 

 TITULO, CARGAS Y ARRIENDOS: El de compra con carácter ganancial al correspondiente concesionario de la marca y libre de toda carga, afección o arriendo, según manifiestan y sin que lo acrediten fehacientemente, por lo les hago yo, el Notario, las advertencias oportunas.

Incorporo a la presente, testimonio de la tarjeta de circulación y de la tarjeta de inspección técnica del vehículo inventariado.

PASIVO:

El préstamo hipotecario pendiente de pago a que se ha hecho mención en el apartado de cargas.

VALOR BRUTO de la totalidad de los bienes inventariados

IMPORTE DE LA CARGAS afectantes a las dos fincas

VALOR NETO: xxx, correspondiendo en el haber neto a cada uno de los comparecientes la suma de xxx.

Segunda.- Esto expuesto,

O T O R G A N:

PRIMERA.- LIQUIDACIÓN DE SOCIEDAD DE GANANCIALES Y SUBROGACIÓN DE HIPOTECA.

a) LIQUIDACIÓN: Don xxx y DOÑA xxx, liquidan su extinta sociedad de gananciales y en este acto acuerdan adjudicar y adjudican a:

.= Don xxx el pleno dominio de los inmuebles descritos bajo los números 1.= y 2.=, con las cargas hipotecarias que los gravan, el pleno dominio de una mitad indivisa de cada uno de los bienes inmuebles descritos bajo los números 3.=, 4.=, 5.=, 6.= y 7.= y el derecho de reintegro de las aportaciones realizadas a la cuenta plan de pensiones xxx inventariada bajo el número 13.=, todo ello por su valor neto, deducidas dichas cargas, de xxx igual a lo que le corresponde percibir. Queda pagado.

.= Y Doña xxx el pleno dominio de una mitad indivisa de cada uno de los bienes inmuebles descritos bajo los números 3.=, 4.=, 5.=, 6.= y 7.=, el pleno dominio de la totalidad de los saldos bancarios inventariados bajo los números 8.= a 11.=, ambos incluidos, el derecho de reintegro de las aportaciones realizadas a la cuenta plan de pensiones xxx inventariada bajo el número 12.=, y el vehículo inventariado bajo el número 14.=, por su valor global de xxx igual a lo que le corresponde percibir. Queda pagada.

DON xx y Doña xxx se dan por pagados con las adjudicaciones realizadas por cuantos derechos les correspondan en la sociedad legal de gananciales que han dejado liquidada y renuncian expresamente a cuantas acciones o derechos de reembolso que pudieran corresponderles por la liquidación practicada, especialmente por razón de los planes de pensiones de que, respectivamente, son titulares.

b) SUBROGACIÓN: Don xxx se SUBROGA en cuanto a la parte de Doña xxx en las hipotecas que gravan las fincas que se le adjudican, en la forma y plazos convenidos en las escrituras por las que se constituyeron, y en sus modificaciones en su caso, cuyo contenido declara conocer íntegramente, acepta y se obliga a cumplir, y ello sin novación en la condición de deudora, asumiendo la obligación personal garantizada con las hipotecas, con todos sus derechos y obligaciones, y solicitando de la Entidad acreedora, que libere a la Sra. XXX de cuantas responsabilidades traigan causa en los citados préstamos.

A estos efectos, Don xxx:-

1.- Queda como único deudor de dicha entidad en los citados préstamos.

2.- Señala como domicilio para la práctica de cuantas notificaciones y requerimientos se deriven de los préstamos relacionados, el que figura en la comparecencia de la presente escritura.

3.- Faculta a la Entidad acreedora para que pueda obtener segundas copias y posteriores del presente instrumento, y consiente en que las copias solicitadas tengan carácter ejecutivo, así como que se haga constar tal carácter por el Notario autorizante de la misma en el pie y nota de su expedición.

SEGUNDA.- Todos los gastos e impuestos que se deriven del presente otorgamiento serán satisfechos por mitad entre las partes.

TERCERA.- APODERAMIENTO. Los comparecientes se facultan y apoderan recíprocamente entre si para que cualquiera de ellos otorgue escrituras y documentos de rectificación, subsanación, aclaración o complemento de la presente en los términos y condiciones y con los pactos que estime convenientes.

CUARTA.- Los comparecientes solicitan de la Oficina Liquidadora correspondiente que se declare la exención recogida en el artículo 45.I.B.3. del RDL 1/1993, de 24 de Septiembre, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Impuesto sobre Transmisiones Patrimoniales y Actos Jurídicos Documentados.

A efectos fiscales y de cumplimiento de lo previsto en el Artículo 254.5 de la Ley Hipotecaria y apartado 6 del artículo 110 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, aprobado por el Real Decreto Legislativo, 2/2004, de 5 de Marzo, se hace constar expresamente que la liquidación contenida en la presente escritura está No Sujeta al Impuesto sobre el incremento del valor de los terrenos de naturaleza urbana, en aplicación del artículo 104 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

No obstante lo señalado en el párrafo anterior a dichos efectos de levantar el cierre registral previsto en el Art. 254-5 de la Ley Hipotecaria mientras no se acredite el pago o presentación del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, los comparecientes me requieren para que remita al Ayuntamiento correspondientes copia simple de esta escritura, con el valor de la comunicación a que se refiere la Ley Reguladora de las Haciendas Locales. Daré cumplimiento a este requerimiento mediante correo postal certificado,  u otros medios habilitados a tal fin, incorporando por testimonio el correspondiente resguardo.-

Presentación telemática. Renuncian a que la presente escritura sea presentada de forma telemática, por mí en los Registros de la Propiedad correspondientes.

Yo, el Notario, hago al respecto las oportunas advertencias.

Así lo dicen y otorgan.

Hechas las reservas y advertencias legales, en especial las derivadas de la Ley 8/1989, de 13 de Abril de Tasas y Precios Públicos, y, a efectos fiscales, del  plazo en el que los interesados deberán presentar a liquidación la presente escritura, así como de las afecciones al pago del impuesto y de las responsabilidades tributarias que incumben a las partes en su aspecto material, formal y sancionador.

El/los señor/es comparecientes quedan informados de lo siguiente: Sus datos personales serán objeto de tratamiento en esta Notaría, los cuales son necesarios para el cumplimiento de las obligaciones legales del ejercicio de la  función pública notarial, conforme a lo previsto en la  normativa prevista en la legislación notarial, de prevención del blanqueo de capitales, tributaria y en la aplicable al acto o negocio jurídico documentado. Por tanto, la comunicación de los datos personales es un requisito legal, encontrándose el otorgante obligado a facilitar los datos personales, y estando informado de que la consecuencia de no facilitar tales datos es que no sería posible autorizar o intervenir el presente documento público. Sus datos se conservarán con carácter confidencial. La finalidad del tratamiento de los datos es realizar la formalización del presente documento, su facturación y seguimiento posterior y las funciones propias de la actividad notarial de obligado cumplimiento, de las que pueden derivarse la existencia de decisiones automatizadas, autorizadas por la Ley, adoptadas por las Administraciones Públicas y entidades cesionarias autorizadas por Ley, incluida la elaboración de perfiles, cuya lógica aplicada es la prevención e investigación por las autoridades competentes del blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo. Se realizarán las cesiones de dichos datos que sean de obligado cumplimiento a las Administraciones Públicas, a las entidades y sujetos que estipule la Ley y, en su caso, al Notario que suceda al actual en la plaza. Los datos proporcionados se conservarán durante los años necesarios para cumplir con las obligaciones legales del Notario o de sus sucesores en la plaza. Puede ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación, portabilidad y oposición al tratamiento por correo postal dirigido a xxxx. Asimismo tiene el derecho a presentar una reclamación ante una autoridad de control. Los datos serán tratados y protegidos según la Legislación Notarial, la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal (o la Ley que la sustituya) y su normativa de desarrollo, y el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE.

Yo, el Notario, hago, expresamente, las advertencias a que hace referencia el Artículo 64 de la Ley 39/1988, de 28 de Diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, para los supuestos de cambio, por cualquier causa, en la titularidad de los derechos que constituyan el hecho imponible del Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Particularmente informo de la afección, en su caso, de la/s finca/s objeto de la presente escritura al pago de la totalidad de las cuotas tributarias del mencionado Impuesto que pudiera haber pendientes.

El/los compareciente/s presta/n su consentimiento para que la Notaría pueda entregar copias o documentación relativa a el/los comparecientes a las gestorías, asesorías o despachos de abogados que soliciten o recojan dicha documentación en nombre de el/los interesados, con la finalidad de gestión y prestación de los servicios propios de dichos gestores, asesores o abogados.

Leída esta escritura por mí, el Notario, a los comparecientes, éstos renuncian a su derecho a leerla por si mismos, derecho del que les advierto, la aprueban y la firman conmigo, haciendo constar que han quedado debidamente informados del contenido del presente instrumento.

De que conozco a los comparecientes, de que tienen, a mi juicio, capacidad y legitimación suficientes, de que su consentimiento ha sido libremente prestado, de que el otorgamiento se adecua a la legalidad y a la voluntad debidamente informada de los otorgantes, y de todo lo demás consignado en este instrumento público extendido en veintiséis folios de papel timbrado de uso exclusivamente notarial, serie ER, números 4458098 y los veinticinco anteriores en orden correlativo de numeración, yo, el Notario, Doy fe.=

ARANCEL NOTARIAL. DERECHOS DEVENGADOS. Arancel aplicable, números: 2, 4 y nª 8ª.

Conceptos LIQUIDACIÓN DE GANANCIALES. SUBROGACIÓN DE HIPOTECA. PODER.

Bases: 

TOTAL:             (Impuestos excluidos)


Hasta otra. Un abrazo. Justito El Notario. @justitonotario