Escritura de entrega de legados con exclusiones, inclusiones y sustituciones de objeto por acuerdo entre los herederos y legatarios

entrega legado en escritura

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Si bien las precisiones en cuanto a un error en un número de finca o en cuanto a la venta de otras que habían sido legadas en el testamento no tendrán problema, es mas complicado que no genere algún efecto (especialmente fiscal) la mención a que en el legado está incluida una finca que no está mencionada.

 

NÚMERO 

En XXXX, mi residencia, a xxxx.

Ante mí, JUSTITO EL NOTARIO, Notario de xxxx y del Ilustre Colegio Notarial de xxx,

C O M P A R E C E N:

DON

DOÑA

Intervienen en su propio nombre y derecho, y tienen, a mi juicio, la capacidad legal necesaria para otorgar la presente escritura, anteriormente calificada, y al efecto,

E X P O N E N:

I.- FALLECIMIENTO.

Que su madre DOÑA XXX, titular del D.N.I.-N.I.F. XXX, falleció en xxxx, donde tuvo su último domicilio en xxxx, el día xxxx, en estado de viuda de sus únicas nupcias con Don XXX (fallecido el día xxx) de cuyo matrimonio tuvo y le viven dos hijos llamados Don xxxx y Doña XXX.

II.- ÚLTIMA VOLUNTAD.

Que DOÑA XXX otorgó su último testamento el día XXX, ante el Notario que fue de xxxx, Don XXX, número XXX de protocolo, en el cual:

1- Prelega a favor de su citado hijo xxx.

Los comparecientes reconocen que, en la citada cláusula y entre los bienes legados, ha de entenderse incluida la finca registral 1 que forma parte del polígono industrial de * y que conformaba una sola finca junto con la registral 8 que sí fue legada, que colinda con la anterior (vía pública de por medio) y que radica fuera de los límites del citado polígono industrial de * puesto que la primera finca (registral 1) le fue adjudicada al testador a cambio de la superficie de la 8 que le fue expropiada para la ejecución de dicho polígono industrial, extremos que todos los comparecientes conocen, consintiendo en la inclusión de la finca omitida en el presente legado.

2- Prelega a favor de su citada hija xxx.

 Manifiestan los comparecientes, que la finca registral 2 se corresponde con la registral 3 y que la finca 4 no existe.

Manifiestan los comparecientes, que dichas fincas (registrales 6 y 7) fueron vendidas por la causante el día *.

3- Prelega a favor de su citada hija XXXX, la finca registral número xx del Registro de la Propiedad de xxxx, y ordena sustituciones en este legado a favor de la hija de la legataria, nieta de la testadora, Doña xxxx, sustitución vulgar para los solos casos de premoriencia o incapacidad, y sustitución fideicomisaria de residuo, de modo que la nieta fideicomisaria recibirá en este caso el bien si la fiduciaria no hubiere dispuesto de él a título oneroso por acto entre vivos, facultad que le atribuye expresamente sin necesidad de justificación de ninguna clase.

4- En el remanente xxxxx.

III.- DOCUMENTOS COMPLEMENTARIOS.

Me exhiben los comparecientes Certificados de Defunción de la causante y de su esposo, Don XXX, y del Registro General de Actos de Última Voluntad de la causante así como copia autorizada de su testamento, de los que deduzco fotocopias, con valor de testimonio que incorporo a esta matriz.

IV.- Que por escritura otorgada bajo mi fe, el día XXX, con el número XXX de protocolo, los comparecientes procedieron a aceptar y adjudicarse, en la forma y condiciones que en dicha escritura constan y a la que en evitación de repeticiones nos remitimos, la herencia causada por fallecimiento de su madre, Doña XXX.

V.- Que en el apartado II. ÚLTIMA VOLUNTAD de la citada escritura de adjudicación de herencia se hizo constar que dicho legado (cláusula III del reseñado testamento) era inoperante al haber transmitido la causante en vida dicha finca, por vía de donación, a su hija (y prelegataria) Doña XXX.

VI.- Que se padeció error en la referida escritura de Adjudicación de Herencia al manifestar que el legado de la Finca Registral xxx era inoperante al haber transmitido la causante en vida dicha finca, por vía de donación, a su hija  Doña XXX pues dicha transmisión, por vía de donación, no fue realizada, según manifiestan los comparecientes.

VII.- INVENTARIO Y AVALÚO.

Que, por tanto, al patrimonio hereditario de la causante, Doña XXX, pertenecía, con carácter privativo, el pleno dominio de la Finca Registral XXX, cuya descripción es la siguiente:

= URBANA:

INSCRIPCIÓN:

VALORACIÓN: 

REFERENCIA CATASTRAL:

Concordancia de Catastro y Registro: Por tratarse de una finca en régimen de división horizontal, no se realiza especial pronunciamiento sobre su superficie o linderos.

Los comparecientes solicitan del Sr. Registrador de la Propiedad competente la no incorporación de la representación gráfica de la finca matriz que consta en la certificación catastral descriptiva y gráfica, ante citada.

TÍTULO: 

CARGAS Y ARRIENDOS:

INFORMACIÓN REGISTRAL Y PRESENTACIÓN TELEMÁTICA:

VIII.- Esto expuesto,

O T O R G A N:

PRIMERO. ENTREGA DE LEGADO.

DON XX Y DOÑA XXX en su calidad de únicos y universales herederos de DOÑA XXX, de conformidad con la voluntad de la causante, hacen entrega, en concepto de legado, EN PLENO DOMINIO, con todos sus usos, derechos y anexos, de la finca descrita en la exposición de la presente a DOÑA XXX, que acepta dicha entrega a título de legado y por el valor de XXX.

La finca se entrega a título de legado sujeta a la sustitución fideicomisaria de residuo a favor de la nieta de la causante (Doña xxx), Doña xxx (nieta), de modo que la nieta fideicomisaria recibirá la finca objeto de esta escritura si la fiduciaria no hubiere dispuesto de ella a título oneroso por acto entre vivos (facultad que le atribuyo la causante a la legataria (su hija Doña xxx) expresamente sin necesidad de justificación de ninguna clase).

SEGUNDO. MANIFESTACIONES FISCALES:

Los comparecientes hacen constar que la sucesión de Doña xxxx fue ya liquidada del correspondiente Impuesto de Sucesiones, según Expediente XXX.

Manifiesta Doña xxxx que en dicha autoliquidación, no fue incluida por error involuntario, la finca objeto de la presente, por lo que, solicita se apliquen las reducciones que legalmente procedan, manifestando que al tiempo del devengo del impuesto correspondiente el patrimonio preexistente de cada causahabiente era inferior al establecido legalmente como cantidad básica en la Legislación aplicable al impuesto de sucesiones al objeto de que el coeficiente multiplicador sea la unidad y su edad superior a veintiún años.

Y solicita del Sr. Liquidador del Impuesto de Sucesiones y del Registrador de la Propiedad competente la práctica de las operaciones tributarias e hipotecarias precisas para la liquidación e inscripción de la presente escritura.

Los comparecientes me autorizan a mí, el Notario, a entregar al Ayuntamiento de xxxx y al Organismo de Gestión Tributaria de xxxx copia simple de la presente escritura a efectos de la liquidación del Impuesto Sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.

Los comparecientes solicitan del Ayuntamiento de xxx se declare la prescripción del Impuesto Sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana devengado dada la fecha fallecimiento de Doña xxxx (el día xxxx).

A los efectos de levantar el cierre registral previsto en el Art. 254-5 de la Ley Hipotecaria mientras no se acredite el pago o presentación del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, la parte adquirente me requiere para que remita al Ayuntamiento correspondiente copia simple de esta escritura, con el valor de la comunicación a que se refiere el Art. 110-6-b de la Ley reguladora de las Haciendas Locales. Daré cumplimiento a este requerimiento mediante correo postal certificado, u otros medios habilitados a tal fin, incorporando por diligencia el correspondiente resguardo.

TERCERO. GASTOS E IMPUESTOS: Todos los gastos e impuestos serán satisfechos con arreglo a ley.

Presentación telemática. Renuncian a que la presente escritura sea presentada de forma telemática, por mí en el Registro de la Propiedad correspondiente.

Yo, el Notario, hago al respecto las oportunas advertencias.

Así lo dicen y otorgan.

Hechas las reservas y advertencias legales, en especial las derivadas de la Ley 8/1989, de 13 de Abril de Tasas y Precios Públicos, y, a efectos fiscales, del  plazo en el que los interesados deberán presentar a liquidación la presente escritura, así como de las afecciones al pago del impuesto y de las responsabilidades tributarias que incumben a las partes en su aspecto material, formal y sancionador.

El/los señor/es comparecientes quedan informados de lo siguiente: Sus datos personales serán objeto de tratamiento en esta Notaría, los cuales son necesarios para el cumplimiento de las obligaciones legales del ejercicio de la  función pública notarial, conforme a lo previsto en la  normativa prevista en la legislación notarial, de prevención del blanqueo de capitales, tributaria y en la aplicable al acto o negocio jurídico documentado. Por tanto, la comunicación de los datos personales es un requisito legal, encontrándose el otorgante obligado a facilitar los datos personales, y estando informado de que la consecuencia de no facilitar tales datos es que no sería posible autorizar o intervenir el presente documento público. Sus datos se conservarán con carácter confidencial. La finalidad del tratamiento de los datos es realizar la formalización del presente documento, su facturación y seguimiento posterior y las funciones propias de la actividad notarial de obligado cumplimiento, de las que pueden derivarse la existencia de decisiones automatizadas, autorizadas por la Ley, adoptadas por las Administraciones Públicas y entidades cesionarias autorizadas por Ley, incluida la elaboración de perfiles, cuya lógica aplicada es la prevención e investigación por las autoridades competentes del blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo. Se realizarán las cesiones de dichos datos que sean de obligado cumplimiento a las Administraciones Públicas, a las entidades y sujetos que estipule la Ley y, en su caso, al Notario que suceda al actual en la plaza. Los datos proporcionados se conservarán durante los años necesarios para cumplir con las obligaciones legales del Notario o de sus sucesores en la plaza. Puede ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación, portabilidad y oposición al tratamiento por correo postal dirigido a XXX. Asimismo tiene el derecho a presentar una reclamación ante una autoridad de control. Los datos serán tratados y protegidos según la Legislación Notarial, la Ley Orgánica 15/1999 de 13 de diciembre de Protección de Datos de Carácter Personal (o la Ley que la sustituya) y su normativa de desarrollo, y el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE.

Yo, el Notario, hago, expresamente, las advertencias a que hace referencia el Artículo 64 de la Ley 39/1988, de 28 de Diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, para los supuestos de cambio, por cualquier causa, en la titularidad de los derechos que constituyan el hecho imponible del Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Particularmente informo de la afección, en su caso, de la/s finca/s objeto de la presente escritura al pago de la totalidad de las cuotas tributarias del mencionado Impuesto que pudiera haber pendientes.

Igualmente advierto, en relación con el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana y de conformidad con lo establecido en el artículo 110 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, de 5 de Marzo de 2004, de la obligación que tiene la parte adquirente de declarar las transmisiones/adquisiciones efectuadas al Ayuntamiento respectivo, en el plazo de será de seis meses prorrogables hasta un año a solicitud del sujeto pasivo.

Especialmente advierto de lo dispuesto en el Artículo 254 de la Ley Hipotecaria, según el cual el Registro de la Propiedad no practicará la inscripción correspondiente de ningún documento que contenga acto o contrato determinante de las obligaciones tributarias por el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, sin que se acredite previamente haber presentado la autoliquidación o, en su caso, la declaración, del impuesto, o, en el caso de los actos onerosos, la comunicación a que se refiere la letra b) del apartado 6 del Artículo 110 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

El/los compareciente/s presta/n su consentimiento para que la Notaría pueda entregar copias o documentación relativa a el/los comparecientes a las gestorías, asesorías o despachos de abogados que soliciten o recojan dicha documentación en nombre de el/los interesados, con la finalidad de gestión y prestación de los servicios propios de dichos gestores, asesores o abogados.

Leída esta escritura por mí, el Notario, a los comparecientes, éstos renuncian a su derecho a leerla por si mismos, derecho del que les advierto, la aprueban y la firman conmigo, haciendo constar que han quedado debidamente informados del contenido del presente instrumento.

De que conozco a los comparecientes, de que tienen, a mi juicio, capacidad y legitimación suficientes, de que su consentimiento ha sido libremente prestado, de que el otorgamiento se adecua a la legalidad y a la voluntad debidamente informada de los otorgantes, y de todo lo demás consignado en este instrumento público extendido en once folios de papel timbrado de uso exclusivamente notarial, serie XXX, números XX y los XXX anteriores en orden correlativo de numeración, yo, el Notario, Doy fe.

ARANCEL NOTARIAL. DERECHOS DEVENGADOS. Arancel aplicable, números: 2, 4 y nª 8ª.

Concepto ACEPTACIÓN Y ADJUDICACIÓN DE HERENCIA.

Base:  

TOTAL:           (Impuestos excluidos)

 

Otra variante:

IV. INVENTARIO Y AVALÚO.

Que los únicos bienes quedados al fallecimiento de la causante son los siguientes bienes inmuebles, que le pertenecían privativamente y fueron objeto de los legados reseñados:

1.= URBANA:

xxx.

V.- Esto expuesto,

O T O R G A N:

PRIMERO.- Los comparecientes aceptan, pura y simplemente, la herencia de DOÑA XXX.

SEGUNDO.- ENTREGA DE LEGADO.

Los mencionados en el anterior dispositivo en su calidad de herederos, de conformidad con la voluntad del causante, hacen entrega, en concepto de legado, EN PLENO DOMINIO, con todos sus usos, derechos y anexos, de LA FINCA DESCRITA bajo el número uno del inventario de inmuebles de la parte expositiva (finca registral número xxx), a DOÑA xxx, quien no podrá realizar ningún acto de disposición, enajenación o gravamen sin el expreso consentimiento de sus hijos Doña xxx (titular del DNI/NIF xxx), Doña xxx (titular del DNI/NIF xxx) y Don xxx (titular del DNI/NIF xxx), conjuntamente, en cuanto a un 77,20 por 100, y ello al ser el 22,80 por 100 del valor de dicha finca la porción hereditaria correspondiente a Doña xxx en concepto de legítima estricta y no poder quedar sujeto, dicho porcentaje, a condición de clase alguna, aceptando la legataria dicha entrega a título de legado.

TERCERA.- ENTREGA DE LEGADO.

Los mencionados en el dispositivo primero en su calidad de herederos, de conformidad con la voluntad del causante, hacen entrega, en concepto de legado, EN PLENO DOMINIO, por mitades indivisas, con todos sus usos, derechos y anexos, de LA FINCA DESCRITA bajo el número dos del inventario de inmuebles de la parte expositiva (finca registral número xxx), a DON xxx y Don xxx, aceptando los legatarios dicha entrega a título de legado.

 

Otra variante:

Que el causante otorgó su último testamento el día xxx, ante el que fue Notario de xxx, Don xxx, con el número xx de protocolo, en el cual, a los efectos que ahora interesan, lega a sus citados hijos xxx, mientras permanezcan solteros, derecho de habitación sobre la casa sita en xxx, finca registral xxx, con relevación de fianza e inventario, conjunta y sucesivamente, de modo que si se extinguiere respecto de uno, subsista respecto del otro, pudiendo vivir en la casa hasta el fallecimiento o matrimonio del último de ellos,  lega a su citada esposa el usufructo universal y vitalicio de todos sus bienes, derechos y acciones, presentes y futuros, e instituye herederos a sus cuatro citados hijos.

V.- LIQUIDACIÓN:

Suman los bienes de carácter ganancial de Don xxx y Doña xxx, la cantidad de xxx.

Suman los bienes de carácter privativo de Don xxx, la cantidad de xxx.

Los comparecientes, que manifiestan no practicada aceptación ni manifestación, partición o liquidación de ninguna de la herencia ni de la sociedad conyugal con anterioridad a este acto, imputan a los bienes o derechos inventariados bajo la letra B) del inventario el carácter de ganancial de los causantes, según lo expresado.

No proceden deducciones de deudas en la herencia ni en la liquidación de la sociedad conyugal ni entre cónyuges, ni reembolsos entre patrimonios, según manifiestan.

Por tanto integra la herencia de Don xxx, su haber privativo sumado con su mitad de gananciales, es decir, la cantidad de xxx.

Baja especial: Única que procede efectuar para la determinación de la herencia es el legado del derecho de habitación en favor de los hijos xx, por el tiempo que permanezcan solteros, que todos identifican con el bien inventariado bajo el número diez y que los comparecientes de mutuo acuerdo valoran en la cantidad de xxx, es decir, xxx para cada uno de los legatarios.

Constituye por tanto el haber hereditario neto la cantidad de xxx.

VI.- Expuesto lo que antecede se forman los siguientes haberes, implícita la liquidación de la sociedad conyugal, sobre los valores inventariados.

Haber de la cónyuge viuda Doña xxx.

Por su mitad de gananciales:

Por el legado testamentario del usufructo universal:

En total la cantidad de

Haber de la hija y heredera Doña xxx:

Ha de haber por herencia de su padre Don xxx, la cantidad de

Haber de la hija y heredera Doña xxx:

Ha de haber por herencia de su padre Don xxx, la cantidad de

Y por el legado del derecho de habitación, la cantidad de

En total la cantidad de

Haber de la hija y heredera Doña XXXX:

Ha de haber por herencia de su padre Don xxx, la cantidad de

Haber del hijo y heredero Don xxx:

Ha de haber por herencia de su padre Don xxx, la cantidad de

Y por el legado del derecho de habitación, la cantidad de

En total la cantidad de

VII.- Esto expuesto,

O T O R G A N:

PRIMERO. ACEPTACIÓN DE HERENCIA Y LIQUIDACIÓN DE GANANCIALES.

xxxx, como únicos herederos de Don xxx, ACEPTAN, pura y simplemente, la mencionada herencia.

Los mencionados herederos y la viuda Doña xxx acuerdan adjudicar y adjudican en este acto la mitad indivisa de los bienes descritos como gananciales en el precedente inventario (fincas registrales xxx) a la citada Doña xxx, por su valor de xxx y la restante mitad indivisa de los mismos a la herencia del causante por su valor de xxx.

SEGUNDO. ENTREGA DE LEGADO.

xxx en su calidad de herederos, de conformidad con la voluntad del causante, hacen entrega, en concepto de legado, a xxx de un derecho de habitación, conjunto y sucesivo, de modo que si se extinguiere respecto de uno, subsista respecto del otro, en cuya virtud podrán  vivir en la casa que constituye la finca registral número xxx de las del Registro de la Propiedad de xxx  (sita en término de xxx) descrita en el número xxx del precedente inventario y ello hasta el fallecimiento o matrimonio del último de ellos, aceptando Doña xxx y Don xxx dicha entrega a título de legado por su valor total de xxx e individual para cada legatario de xxx.

De conformidad con la voluntad del causante los herederos y legatarios convienen en que:

.- dicho derecho solo se podrá ejercer por los habitacionistas, quienes exclusivamente podrán ocupar las piezas de la casa que sean necesarias para sí mismos.

.- y que será suficiente para acreditar la extinción de dicho derecho y solicitar su cancelación en el Registro de la Propiedad, la certificación de defunción o de matrimonio de cualquiera de los legatarios.

TERCERA. ENTREGA DE LEGADO.

xxx en su calidad de herederos, de conformidad con la voluntad del causante, hacen entrega, en concepto de legado, a la viuda del causante, DOÑA xx del usufructo vitalicio de la restante mitad indivisa de los bienes descritos como gananciales en el precedente inventario (fincas registrales xx) y del usufructo vitalicio de los bienes descritos como privativos en dicho inventario, a salvo el derecho de habitación objeto del legado entregado en el anterior dispositivo, aceptando Doña xxx dicha entrega a título de legado por su valor de xxx.

 


Hasta otra. Un abrazo. Justito El Notario. @justitonotario