Escritura de cesión de solar a cambio de obra, previa agrupación

cesión de solar a cambio de obra modelo

Hace muchísimo (y muchísimo podrían ser más de doce años) que no hago una de estas, pero quería tener algo sobre el asunto en mi repertorio así que me limitaré a recoger la parte más significativa de la escritura.

III.- Que Doña xxx, tiene proyectada la cesión a título de permuta de la finca agrupada y descrita en el expositivo segundo anterior a favor de la mercantil “xxx S.L”, para la construcción por dicha mercantil de un edificio, compuesto de planta sótano, planta baja destinada a local comercial y dos plantas altas a razón de una vivienda por planta.

Dicha edificación será construida conforme al proyecto redactado por el Arquitecto Don xxx, sus elementos serán de régimen libre, sin calificar de protección pública.

Me exhiben fotocopia de plano de plantas tipo y cubiertas, que previa firma por los otorgantes a su requerimiento se incorporan a la presente escritura.

El precio o contraprestación del solar será satisfecho en parte mediante la transmisión en su día por la parte adquirente a la parte transmitente de la vivienda situada en la planta segunda del edificio, que tendrá una superficie construida aproximada de xxxx, conforme a plano incorporado y con calidades que resulten de dicho proyecto y semejantes a las de los demás análogos del edificio, a salvo modificaciones de proyecto de escasa importancia realizadas por el Arquitecto.

IV.- En consecuencia con lo anteriormente expuesto, formalizan dicha permuta con arreglo a las siguientes,

ESTIPULACIONES

Primera.- Doña xxx, CEDE Y TRANSMITE a título de PERMUTA a la mercantil xxx S.L”, que debidamente representada, ACEPTA Y ADQUIERE en este acto la finca agrupada y descrita en el expositivo segundo de esta escritura, libre de cargas, de gravámenes y arrendamientos, y al corriente del pago en contribuciones e impuestos.

Segunda.- La mercantil xxx S.L  por medio de su representante en este acto, como contraprestación a la transmisión de la finca descrita en el expositivo primero de esta escritura, SE OBLIGA A TÍTULO DE PERMUTA, a construir sobre la finca transmitida un edificio compuesto de planta sótano, planta baja destinada a local comercial y dos plantas altas a razón de una vivienda por planta, a la que se ha hecho referencia en el apartado tercero de la exposición de esta escritura, y a trasmitir a Doña xxx, que recibirá en el mismo concepto en que es titular del solar transmitido, la vivienda situada en la segunda planta del edificio, que tendrá una superficie construida aproximada de xxx, conforme a plano y con calidades antedichas en el expositivo tercero.

Tercera.- La obligación asumida por la mercantil xxx S.L”, como contraprestación por la transmisión del solar se regirá por las siguientes normas, a saber:

A) La edificación proyectada estará compuesta por un edificio compuesto de planta sótano, planta baja destinada a local comercial y dos plantas altas a razón de una vivienda por planta.

B) Dicho edificio será construido conforme al proyecto redactado por Don Juan Sanchis Mayo.

C) El edificio quedará constituido en régimen de propiedad horizontal de conformidad con los principios establecidos en la Ley de 21 de Julio de 1960, por el artículo 396 del Código Civil, y por cualesquiera otras normas dictadas o que se dicten sobre la materia en lo sucesivo y estatutos que establezca el cesionario en la escritura de constitución para lo que queda ampliamente facultado y expresamente para determinar en los mismos cláusulas con el siguiente contenido: xxx.

D) GASTOS E IMPUESTOS:

El I.V.A. se consideran diferido al momento de la entrega.

E) La transmisión de la vivienda referida en esta escritura a favor de Doña xxx, se formalizará mediante el otorgamiento de la escritura de cumplimiento de permuta a favor de la misma, libre de cargas, gravámenes y arrendamientos una vez concluida la obra y en el plazo máximo de xxx MESES a contar desde la declaración de finalización de obra, que por medio de su representante la mercantil cesionaria, se obliga a comunicar a la parte cedente, a requerimiento de cualquiera de las partes y siempre en un plazo no superior a xxx MESES a contar desde la fecha de la concesión de la licencia de obras, que se obliga la mercantil xxx S.L. a solicitarla en el plazo máximo de xxx meses desde la presente escritura.

Sin perjuicio de las consecuencias derivadas del incumplimiento de sus obligaciones por parte de la mercantil xxx S.L.  a que se hará referencia en la estipulación siguiente, si Doña xxx, se negase injustificadamente a recibir el elemento que le corresponde como contraprestación, o sea, la citada vivienda, quedará responsable de cuantos daños y perjuicios se causaren por tal motivo a la citada mercantil.-

La finca permutada se entregará en su día en el plazo consignado, rematada con la calidad y género de materiales referidos en el proyecto correspondiente y aludido en el expositivo tercero de la presente escritura, no siendo la calidad de la vivienda citada inferior en ningún caso al resto de los demás componentes del edificio. Igualmente deberá ser puesta a disposición de la cedente o transmitente, en escritura pública, en que tomará posesión en condiciones de ser ocupada y con los boletines pertinentes de agua y energía eléctrica y cuanta documentación fuere necesaria o precisa y que debiere facilitar la mercantil xxx S.L.

Cuarta.- El valor de dicho elemento, a que se refiere la estipulación anterior y que será entregado en su día a la parte transmitente del solar, se estima por ambas partes contratantes en xxxx, fijándose igualmente el valor del solar en el mismo importe.

Quinta.-  La mercantil xxx S.L.  hace entrega en este acto de tres avales bancarios por importe respectivos de xx, xx y xx, en total de xxx a favor de Doña xxx, para garantizar las cantidades del coste total de la obra y construcción del edificio, incluidas sus terminaciones que las partes han fijado en xxxx atendiendo proyecto básico y sus distintas fases elaborado por el Arquitecto Superior Don xxx.

Estos avales se cancelaran progresivamente y de la siguiente forma:

El aval por importe de xxx a la realización de la construcción de la estructura del edificio, previa entrega de la certificación de terminación parcial de esa fase de la obra firmada por el Arquitecto-Director de la misma; el aval por importe de xxx a la terminación del tabicado total del edificio previa entrega de la certificación de terminación parcial de esa fase de la obra constructiva firmada por el Arquitecto-Director de la misma; y el tercer aval por importe de xxx, al momento de la terminación del edificio y previa entregada de la certificación final emitida por la dirección facultativa.

Expresamente convienen las partes en aclaran que los avales bancarios referidos anteriormente se hacen para asegurar el cumplimiento por parte de la mercantil xxx S.L., de cualquiera de las obligaciones establecidas en esta escritura, especialmente en el supuesto de no concluir la citada obra o no entregar el elemento descrito en el plazo fijado, y de no ajustarse la construcción de dicho elemento al proyecto a que se ha hecho referencia, dando derecho a Doña xxx a disponer de los avales.

Dichos avales se podrán hacer efectos por la simple paralización de la obra durante un periodo de tres meses por parte de la mercantil xxx S.L., sin causa justificada e imputable a la citada mercantil, y podrá hacerse la ocupación si previo requisito alguno y de forma automática de dicha obra.

Exhiben tres documentos bancarios de que se deduce fotocopias que firmada por los otorgantes se incorporan a la presente.

Sexta.- Manifestación Fiscal. Advertidos los comparecientes por mi el Notario de lo dispuesto en Legislación de los impuestos de Transmisiones Patrimoniales Onerosas y actos Jurídicos documentados, y en la del impuesto sobre el Valor Añadido en lo relativo al presente otorgamiento y los actos que resultarán de su otorgamiento y cumplimiento, manifiestan que practicarán las autoliquidaciones que legalmente proceda en tiempo y forma, y que se expedirán las facturas que correspondan en que se reflejará el I.V.A. repercutido en su caso y con arreglo a la Legislación aplicable servirán de carta de su pago.

Así lo dicen y otorgan.


Hasta otra. Un abrazo. Justito El Notario. @justitonotario