Escritura de aceptación y adjudicación de herencia, previas declaraciones de ampliación de obra y de donación

escritura de herencia  y declaración de obras

NÚMERO 

En xxx, mi residencia, a xxx.

Ante mí, JUSTITO EL NOTARIO, Notario de XXX y del Ilustre Colegio Notarial de XXX,

C O M P A R E C E N:

DON

DOÑA

DOÑA

DOÑA

Intervienen en su propio nombre y derecho, y tienen, a mi juicio, la capacidad legal necesaria para otorgar la presente escritura, anteriormente calificada, y al efecto,

E X P O N E N:

I.-  FALLECIMIENTO.

Que su esposa y madre, respectivamente, Doña xxx, nacida en xxx, el día xxx y titular del DNI/NIF xxx, falleció en xxx, habiendo sido su último domicilio el ubicado en la xxx, el día xxx, en estado de casada de sus únicas nupcias con Don xxx y de cuyo matrimonio tuvo y le viven tres hijas llamadas xxx.

II.- ÚLTIMAS VOLUNTADES.

Que Doña xxx, otorgó su último testamento ante el Notario que fue de xxx, Don xxx, el día xxx, con el número xxx de protocolo, en el cual lega a su esposo, Don xxx el usufructo vitalicio, universal y sin fianza de toda su herencia e instituye y nombra por sus únicas y universales herederas de todos sus bienes, derechos y acciones a sus tres expresadas hijas, xxx, por partes iguales entre ellas.

III.- DOCUMENTOS COMPLEMENTARIOS.

Me exhiben Certificado de defunción y copia autorizada del reseñado testamento de la causante, de cuyos documentos deduzco fotocopias con valor de testimonio que incorporo a la presente.

Incorporo a la presente testimonio del certificado del Registro General de Actos de Última Voluntad, obtenido telemáticamente por mí, el Notario, a su solicitud.

IV.- INVENTARIO Y AVALÚO.

Que los bienes existentes al fallecimiento de la  causantes existían los siguientes, todos ellos de carácter ganancial de la causante y su esposo:

1.= URBANA:

INSCRIPCIÓN:

VALORACIÓN: xxx con la mayor obra incluida en el interior de la finca que a continuación se declara.

TÍTULO:

Las oportunas actualizaciones de superficies y linderos y la expresión de los datos catastrales de la finca que acaba de ser descrita, se realizarán y consignarán a continuación al practicar la declaración de ampliación de edificación que se otorga.

Que, a los fines de la presente, los comparecientes declaran que la finca descrita fue objeto de ciertas obras de ampliación, con una antigüedad de más de 30 años que resultan de la certificación catastral que se dirá, a resultas de las cuales la edificación existente tiene la descripción que a continuación se hace constar, procediéndose, por medio de la presente, a DECLARAR TERMINADA la referida AMPLIACIÓN DE OBRA y solicitándose su inscripción en el Registro de la Propiedad competente, con la siguiente descripción total actualizada:

= URBANA:

VALORACIÓN: Se valora la ampliación de obra terminada, a efectos fiscales y arancelarios, en la cantidad de xxx.

REFERENCIA CATASTRAL: xxx, de la que erróneamente figura en su totalidad como titular catastral la causante.

Rectificación de Catastro: La descripción del Catastro, según manifestación de los interesados, se corresponde con la realidad física de la finca.

Coordinación de Catastro y RegistroSe solicita del Registro de la Propiedad que inscriba la descripción literaria actualizada de la finca que consta en la presente escritura (con la ampliación de obra declarada) y, en particular, que inscriba sus linderos actualizados y la modificación de cabida puesta de manifiesto  (exceso de xxx m2), inferior al 10 por 100 de la cabida inscrita (siendo  la cabida inscrita de xxx m2 y la cabida real y catastral de xxx m2), por lo que se solicita del Registro de la Propiedad la constatación de la diferencia de cabida con arreglo a lo dispuesto en la letra a) del apartado 3 del Artículo 201 de la Ley Hipotecaria así como la coordinación de Registro con Catastro conforme a la descripción catastral.

Manifiestan los comparecientes que:

-. la descripción de la ampliación declarada mediante la presente escritura se corresponde con la realidad.

-. que no les consta que exista en el Registro de la Propiedad anotación preventiva por incoación de expediente de disciplina urbanística sobre la finca objeto de la misma.

-. y que, en consecuencia, habiendo transcurrido ya el plazo legal de prescripción conforme a la vigente legislación, dicha edificación se consideran incorporadas al patrimonio hereditario y nada obsta a su inscripción en el Registro de la Propiedad.

SEGURO DECENAL: Manifiestan los comparecientes que de conformidad con lo dispuesto en la Ley 38/1999 de 5 de Noviembre de Ordenación de la Edificación, no es exigible la constitución de garantías.

CERTIFICADO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA: No es exigible conforme al R.D. 235/2013, de 5 de Abril.

LIBRO DEL EDIFICIO: No es exigible, con arreglo a lo dispuesto en el Artículo 20 del Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de Junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Suelo y el Decreto 25/2011, de 18 de Marzo, del Consell.

2.= URBANA: 

INSCRIPCIÓN:

VALORACIÓN: xxxx con la mayor obra incluida en el interior de la finca que a continuación se declara.

TÍTULO: 

Las oportunas actualizaciones de superficies y linderos y la expresión de los datos catastrales de la finca que acaba de ser descrita, se realizarán y consignarán a continuación al practicar la declaración de ampliación de edificación que se otorga.

Que, a los fines de la presente, los comparecientes, declaran que sobre la finca descrita, existe construida desde hace más de cuarenta años, según la certificación técnica que se dirá, una ampliación de obra, a resultas de la cual la edificación existente sobre la misma tiene la descripción que a continuación se hace constar, procediéndose, por medio de la presente, a DECLARAR TERMINADA la referida AMPLIACIÓN DE OBRA y solicitándose su inscripción en el Registro de la Propiedad competente, con la siguiente descripción total actualizada de la total finca:

= URBANA: 

VALORACIÓN de la obra declarada: xxx.

REFERENCIA CATASTRAL: xxx, de la que erróneamente figura en su totalidad como titular catastral la causante.

Rectificación de Catastro: La descripción del Catastro, según manifestación de los interesados y tal y como ha quedado indicado, no se corresponde con la realidad física de la finca. En consecuencia les informo de los procedimientos existentes para llevar a efecto la rectificación de las bases catastrales. Me eximen de iniciarlos de oficio y se reservan el derecho de interponer los recursos que estimen pertinentes ante la Gerencia Territorial del Catastro.

Coordinación de Catastro y RegistroSe solicita del Registro de la Propiedad que inscriba la descripción literaria actualizada de la finca que consta en la presente escritura (con la ampliación de obra declarada) y, en particular, que inscriba sus linderos actualizados y la modificación de cabida del total suelo de la finca puesta de manifiesto (superior en mas del 10 por 100 de la cabida inscrita), todo ello con arreglo al procedimiento regulado por el artículo 199 de la Ley Hipotecaria, realizando la coordinación Registro-Catastro que regula el apartado 2 del citado precepto, para lo cual, además de las certificaciones catastrales antes mencionadas que han quedado unidas, se aporta el INFORME TÉCNICO de MEDICIÓN con representación gráfica georreferenciada alternativa que a continuación se cita y se aportará con la copia autorizada de la presente escritura Disco Compacto (CD) con los ficheros GML de la finca y todas sus porciones.

INCORPORACIÓN DE DOCUMENTOS: Los comparecientes me entregan para su incorporación a la presente, CERTIFICACIÓN, INFORME de medición y PLANOS expedidos el día xxx por Don xxx, Ingeniero xxx, Colegiado con el número xxxx en el Colegio xxx (cuya firma legitimo por ser análoga a la que figura en otros documentos de mi protocolo), cuya certificación y planos son acreditativos de la descripción y antigüedad de la  ampliación de obra que se declara mediante la presente y de la superficie de suelo de la total finca y suelo ocupado por la obra, todo ello en términos coincidentes con lo expuesto anteriormente, lo que, yo, el Notario, compruebo.

Manifiestan los comparecientes que:

-. la descripción de la ampliación declarada mediante la presente escritura se corresponde con la realidad.

-. que no les consta que exista en el Registro de la Propiedad anotación preventiva por incoación de expediente de disciplina urbanística sobre la finca objeto de la misma.

-. y que, en consecuencia, habiendo transcurrido ya el plazo legal de prescripción conforme a la vigente legislación, dicha edificación se consideran incorporadas al patrimonio hereditario y nada obsta a su inscripción en el Registro de la Propiedad.

SEGURO DECENAL: Manifiestan los comparecientes que de conformidad con lo dispuesto en la Ley 38/1999 de 5 de Noviembre de Ordenación de la Edificación, no es exigible la constitución de garantías.

CERTIFICADO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA: No es exigible conforme al R.D. 235/2013, de 5 de Abril.

LIBRO DEL EDIFICIO: No es exigible, con arreglo a lo dispuesto en el Artículo 20 del Real Decreto Legislativo 2/2008, de 20 de Junio, por el que se aprueba el Texto Refundido de la Ley del Suelo y el Decreto 25/2011, de 18 de Marzo, del Consell.

3.= RÚSTICA: 

Superficie: xxxx, según título, y xxxx, según reciente medición.

Linda: 

Hoy linda:

VALORACIÓN: xxx.

INSCRIPCIÓN: No inmatriculada.

Advierto a los comparecientes de lo dispuesto en la Ley Hipotecaria y su Reglamento respecto de la inmatriculación de fincas en el Registro de la Propiedad.

TÍTULO: 

DATOS CATASTRALES: Forma parte de la Parcela Catastral xx del Polígono xx del Catastro de Rústica de xxx con Referencia Catastral xxx, catastrada, erróneamente en su totalidad, a nombre de Don xxx.

Rectificación de Catastro: La descripción del Catastro, según manifestación de los interesados, no se corresponde con la realidad física de la finca. En consecuencia les informo de los procedimientos existentes para llevar a efecto la rectificación de las bases catastrales. Me eximen de iniciarlos de oficio y se reservan el derecho de interponer los recursos que estimen pertinentes ante la Gerencia Territorial del Catastro.

Concordancia de Catastro y Registro: Conforme a lo dicho en el párrafo anterior se solicita expresamente del Registro de la Propiedad la inmatriculación de la finca, para cuando proceda, con arreglo a lo dispuesto en el Artículo 205 de la Ley Hipotecaria y concordantes, para todo lo cual, habida cuenta de que la descripción catastral de la finca no se corresponde con su realidad física, me entregan, CERTIFICACIÓN, INFORME de medición y PLANOS visados con representación gráfica georreferenciada alternativa expedidos el día xxx por Don xxx, Ingeniero xxx, Colegiado con el número xxx en el Colegio xxx (cuya firma legitimo por ser análoga a la que figura en otros documentos de mi protocolo), acreditativos de la descripción de la finca.

4.= RÚSTICA: 

Superficie:

Linda: 

DERECHOS DE RIEGO:

VALORACIÓN: xxx.

INSCRIPCIÓN: No inmatriculada.

Advierto a los comparecientes de lo dispuesto en la Ley Hipotecaria y su Reglamento respecto de la inmatriculación de fincas en el Registro de la Propiedad.

TÍTULO: El de compra privada, durante el matrimonio del causante, a Doña xxx y otros, el día xx, según manifiestan y sin que me lo acrediten fehacientemente, por lo que hago yo, el Notario, las advertencias prevenidas en los Art. 172 y 174 del Reglamento Notarial.

DATOS CATASTRALES: Constituye la Parcela Catastral xxx del Polígono xx del Catastro de Rústica de xxx, catastrada (erróneamente como titular en su totalidad a nombre de la causante de esta herencia)  bajo la referencia xxx, y parte de la Parcela Catastral xxx del Polígono xxx del Catastro de Rústica de xxx a la que corresponde la Referencia Catastral xxx, de la que figura como titular catastral, erróneamente en su totalidad, Doña xxx.

Rectificación de Catastro: La descripción del Catastro, según manifestación de los interesados, no se corresponde con la realidad física de la finca. En consecuencia les informo de los procedimientos existentes para llevar a efecto la rectificación de las bases catastrales. Me eximen de iniciarlos de oficio y se reservan el derecho de interponer los recursos que estimen pertinentes ante la Gerencia Territorial del Catastro.

Concordancia de Catastro y Registro: Conforme a lo dicho en el párrafo anterior se solicita expresamente del Registro de la Propiedad la inmatriculación de la finca, para cuando proceda, con arreglo a lo dispuesto en el Artículo 205 de la Ley Hipotecaria y concordantes, para todo lo cual, habida cuenta de que la descripción catastral de la finca no se corresponde con su realidad física, me entregan, CERTIFICACIÓN, INFORME de medición y PLANOS visados con representación gráfica georreferenciada alternativa expedidos el día xxx por Don xxx, Ingeniero xxx, Colegiado con el número xxx en el Colegio xxx (cuya firma legitimo por ser análoga a la que figura en otros documentos de mi protocolo), acreditativos de la descripción de la finca.

CIRCUNSTANCIAS COMUNES A TODAS LAS FINCAS:

DATOS CATASTRALES: Yo, el Notario, doy fe, bajo mi responsabilidad, de que he obtenido por los procedimientos telemáticos seguros habilitados, las certificaciones acreditativas de las referencias catastrales, y descriptivas y gráficas, y los anexos de coordenadas georreferenciadas vértices de las parcelas catastrales, solicitadas por los otorgantes a efectos de la presente, que incorporo a esta matriz.

CARGAS Y ARRIENDOS: 

INFORMACIÓN REGISTRAL:

B).SALDO BANCARIO:

1.= (5).- Saldo en la Cuenta Fácil número xxx de xxx, oficina de xxx, por importe de xxx.

Me exhiben los comparecientes para unir a esta matriz, fotocopia de la certificación acreditativa del mencionado saldo.

C).- AJUAR DOMÉSTICO:

1.= (6).- C).- AJUAR DOMÉSTICO. Ajuar doméstico, que no se detalla especialmente, valorado en la cantidad de xxx (3% del cincuenta por ciento del valor de la vivienda de la causante (finca registral número xxx descrita bajo el número xx.= del inventario)).

Se solicita el cálculo del 3% del ajuar doméstico únicamente sobre el 50% del valor de la vivienda de la causante y no sobre la totalidad del caudal relicto, tal y como han señalado las sentencias del Tribunal Supremo de 10 de Marzo de 2020 (número 342/2020), de 19 de Mayo de 2020 (956/2020), de 19 de Mayo de 2020 (1094/2020) y de 11 de Junio de 2020 (1666/2020) y la del Tribunal Superior de Justicia de Galicia de 4 de Junio de 2020 (2304/2020), por lo que deben excluirse para su cálculo las acciones, participaciones sociales, efectivo metálico, solares o locales comerciales, ya que no pueden afectarse por su identidad, valor y función, al uso particular o personal del causante.

LIQUIDACIÓN Y FORMACIÓN DE HABERES:

A).- LIQUIDACIÓN:

El matrimonio se encontraba sometido, como resulta de lo anteriormente expuesto, al régimen de la sociedad legal de gananciales.

No proceden deducciones de deudas en la herencia ni en la  liquidación de la sociedad conyugal ni entre cónyuges, ni reembolsos entre patrimonios, no les constan a los comparecientes la existencia de avales o fianzas suscritas por la causante, o hechos u omisiones de la difunta de los que se pueda originar responsabilidad civil, según manifiestan.

No ha de traerse nada a colación a la herencia, según manifiestan.

A petición de los comparecientes he solicitado vía Signo el Informe de Actividad de Doña xxx, no habiendo obtenido resultado alguno para el número de identificación introducido que afecte, según manifiestan, a su herencia. Incorporo a la presente el resultado de dicha consulta.

Asciende el valor de los bienes de carácter ganancial de Doña xxx y Don xxx a la cantidad de xxx, que dividido por partes iguales, entre los dos cónyuges, corresponden a cada uno de ellos, la cantidad de xxx.

Según la liquidación que practican los comparecientes:

Integra la herencia de Doña xxx su mitad de gananciales que asciende a la cantidad de xxx excluido ajuar, y la cantidad de xxx, incluido ajuar.

B) FORMACIÓN DE HABERES:

Expuesto cuanto antecede forman los siguientes haberes:

Haber del viudo Don xxx:

Por su mitad de gananciales le corresponde la cantidad de xxx.

Por sus derechos en la herencia de su esposa le corresponde la cantidad de xxx.

Todo ello hace un total de xxx.

Haber de cada una de las hijas y herederas xxx.

Por herencia de su madre la cantidad de xxx, cada una de ellas.

Conocido el haber de cada uno de estos interesados, formulan las siguientes hijuelas o adjudicaciones:

HIJUELA DEL VIUDO Don xxxx:

Y para su pago se le adjudica, xxxxx, TODO ELLO POR SU PARTICIPACIÓN EN LA SOCIEDAD DE GANANCIALES, y la totalidad del saldo inventariado bajo el número xx (por su participación en la herencia y en cuanto al resto por su participación en los gananciales), todo ello por su valor global de xxx, igual a lo que le corresponde percibir. Queda pagado.

HIJUELA DE LAS HIJAS Y HEREDERAS xxx.

Y para su pago se adjudican por terceras partes iguales y proindiviso xxx, todo ello por su valor global de xxx, para cada una xxx, igual a lo que, a cada una, le corresponde percibir. Quedan pagadas.

VII.- Esto expuesto,

O T O R G A N:

PRIMERO.- ACEPTACIÓN Y ADJUDICACIÓN DE HERENCIA. xxx aceptan, PURA Y SIMPLEMENTE, la herencia de su madre, Doña xxx aceptando Don xxx la entrega del legado efectuado a su favor por dichas herederas, aprobando y ratificando las operaciones particionales y de liquidación de los gananciales, solicitando que, en su caso, se inscriban las fincas inventariadas en la forma indicada y por los conceptos expresados, y se tome por las entidades correspondientes razón de las trasmisiones y adjudicaciones realizadas.

Los comparecientes RATIFICAN las ampliaciones de obra formalizadas en la parte expositiva, solicitándose del Registro de la Propiedad las operaciones registrales oportunas.

MANIFESTACIONES FISCALES: Los comparecientes solicitan se apliquen las reducciones que legalmente procedan, manifestando que al tiempo del devengo del impuesto correspondiente el patrimonio preexistente de cada causahabiente era inferior al establecido legalmente como cantidad básica en la Legislación aplicable al impuesto de sucesiones al objeto de que el coeficiente multiplicador sea la unidad y su edad superior a veintiún años.

Y solicitan del Sr. Liquidador del Impuesto de Sucesiones y del Registrador de la Propiedad competente la práctica de las operaciones tributarias e hipotecarias precisas para la liquidación e inscripción de la presente escritura.

Los comparecientes solicitan del Ayuntamiento de xxx la liquidación del Impuesto Sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana devengado con motivo del fallecimiento de Doña xxx y la aplicación de las bonificaciones legales que correspondan respecto de la finca descrita bajo el número xx.= al ser la vivienda habitual de la causante hasta su fallecimiento.

REGISTRO DE CONTRATOS DE SEGURO DE COBERTURA DE FALLECIMIENTO: Yo, el Notario, hago constar que me exhiben los comparecientes la Certificación a que se refiere el artículo 4 del R.D. 398/2007, de 23 de Marzo, sobre la creación del Registro de Contratos de Seguro de cobertura de fallecimiento, en la que se señala como asociado al número de D.N.I. que en la solicitud fue indicado un SEGURO DE ACCIDENTES (Número de Póliza xxxx de xx, S.A. C.S.R.), de dicha certificación deduzco fotocopia con valor de testimonio e incorporo a la presente el cual no da derecho a percepción alguna por no haber fallecido la causante en accidente.

De conformidad con el citado R.D. 398/2007, informo a los comparecientes de lo dispuesto en la normativa reguladora del contrato de seguro con relación a la designación de beneficiario, a fin de que conozcan que la existencia del contrato de seguro no presupone la existencia de ningún derecho a favor de los herederos, ni implica la obligación de integrar las prestaciones que pudieran derivarse del contrato de seguro en el caudal hereditario.

SEGUNDO.- DONACIÓN.

A).- Don xxx DONA, pura y simplemente, CON DISPENSA DE LA OBLIGACIÓN DE COLACIONAR, el derecho de nuda propiedad de xxx de la Finca Registral xxx (inventariada bajo el número xx.=) a sus hijas xxx, por terceras partes iguales y proindiviso, quienes ACEPTAN la donación, con cuantos usos y derechos le correspondan, libre de cargas, gravámenes y arriendos, y al corriente en el pago de contribuciones, impuestos y de cualquier otro gasto que le fuera imputable, por su valor global de xxx, e individual para cada donataria de xxx.

Tras la donación operada, Don xxx queda dueño del derecho de usufructo vitalicio de la finca xxx y xxx quedan dueñas, por terceras partes iguales y proindiviso, del derecho de nuda propiedad de la referida finca xx.

B).- Manifiesta el donante:

1.- Que se ha reservado bienes suficientes para vivir en el estado que le corresponde a sus circunstancias.

2.- Que esta donación no es inoficiosa, ni perjudica derechos legitimarios, ni se hace en fraude de acreedores.

C).- Manifestaciones fiscales.

A efectos de la liquidación del Impuesto sobre las Sucesiones y Donaciones, la donataria manifiesta que es residente en la Comunidad Valenciana y que su patrimonio preexistente al presente otorgamiento  es inferior a SEISCIENTOS MIL EUROS (600.000,00 €) y que se cumplen los requisitos del artículo 10 bis, de la Ley 13/1997 en su redacción actual, solicitando la práctica de las reducciones correspondientes, al objeto de que el coeficiente multiplicador sea la unidad y que su edad es superior a veintiún años.

D).- Cómputo de donaciones.

Se solicitan las bonificaciones del Impuesto sobre Sucesiones y Donaciones, al amparo de las Leyes 14/2005 de 23 de Diciembre, Ley 10/2006 de 26 de diciembre y RDL 4/2013 de 2 de Agosto de la Generalitat Valenciana, manifestando la parte donataria que cumple los requisitos legales para obtener dichos beneficios fiscales.

A estos efectos, manifiestan:

a) Que quien transmite no ha tenido derecho a la reducción en la adquisición de los mismos bienes o de otros hasta un valor equivalente, efectuada en los diez años inmediatamente anteriores al momento del devengo.

b) Que el sujeto pasivo no ha efectuado, en los diez años inmediatamente anteriores al momento del devengo, una transmisión, a un donatario distinto del ahora donante, de otros bienes hasta un valor equivalente, a la que igualmente resultara de aplicación la reducción.

c) Que quien transmite no ha adquirido mortis causa los mismos bienes, u otros hasta un valor equivalente, en los diez años inmediatamente anteriores al momento del devengo, como consecuencia de la renuncia pura y simple del sujeto pasivo, y hubiera tenido derecho a la aplicación de la reducción establecida en la letra a) del apartado Uno del artículo Diez de la Ley.

CERTIFICADO DE EFICIENCIA ENERGÉTICA. Los señores comparecientes consideran que no es obligatoria la presentación de certificado de eficiencia energética por constituir la presente una transmisión a título gratuito. Para el hipotético caso de que la certificación fuese exigible, la parte adquirente exonera a la transmitente de tal obligación. Yo, el Notario, advierto expresamente del régimen de infracciones y sanciones establecido en el Real Decreto Legislativo 7/2015, de 30 de octubre, por el que se aprueba el texto refundido de la Ley de Suelo y Rehabilitación Urbana.

DERECHOS DE ADQUISICIÓN PREFERENTE DECRETO LEY 6/2020. Los comparecientes, según intervienen, manifiestan a mi requerimiento, que no les consta ninguna transmisión posterior a la entrada en vigor de la Ley 8/2004 de 20 de Octubre de la vivienda de la Comunidad Valenciana, que determine la sujeción a los derechos de adquisición preferente en los supuestos de transmisión previstos en el Titulo II del Decreto Ley 6/2020, por lo que la presente transmisión, aun radicando el inmueble en área de necesidad de vivienda, no está sujeta a derecho de tanteo y retracto a favor de la Generalitat Valenciana.

Yo, el Notario, advierto expresamente que el art. 68 apartado 20 de la Ley 8/2004 de 20 de octubre de la vivienda de la Comunitat Valenciana, tipifica como infracción grave, transmitir o adquirir una vivienda o edificio sujetos a los derechos de adquisición preferente sin notificación a la consellería competente en materia de vivienda, así como transmitirla sin autorización, transmitirla después de haber caducado los efectos liberatorios de la notificación de la transmisión realizada o transmitirla en condiciones distintas a las autorizadas.

TERCERO.- GASTOS E IMPUESTOS. Todos los gastos e impuestos que se deriven del presente otorgamiento serán satisfechos con arreglo a ley.

Los comparecientes me autorizan a mí, el Notario, a entregar al Ayuntamiento de xxx y al organismo de Gestión Tributaria de la Diputación de Alicante (SUMA), copia simple de la presente escritura a efectos de la liquidación del Impuesto sobre el Incremento del Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana.

A los efectos de levantar el cierre registral previsto en el Art. 254-5 de la Ley Hipotecaria mientras no se acredite el pago o presentación del Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, la parte adquirente me requiere para que remita al Ayuntamiento correspondiente copia simple de esta escritura, con el valor de la comunicación a que se refiere el Art. 110-6-b de la Ley reguladora de las Haciendas Locales. Daré cumplimiento a este requerimiento mediante correo postal certificado,  u otros medios habilitados a tal fin, incorporando por testimonio el correspondiente resguardo.

Presentación telemática. Renuncian a que la presente escritura sea presentada de forma telemática, por mí en el Registro de la Propiedad correspondiente.

Yo, el Notario, hago al respecto las oportunas advertencias.

Así lo dicen y otorgan.

Hechas las reservas y advertencias legales, en especial las relativas a la aceptación a beneficio de inventario y  las derivadas de la Ley 8/1989, de 13 de Abril de Tasas y Precios Públicos, y, a efectos fiscales, del  plazo en el que los interesados deberán presentar a liquidación la presente escritura, así como de las afecciones al pago del impuesto y de las responsabilidades tributarias que incumben a las partes en su aspecto material, formal y sancionador.

El/los señor/es comparecientes quedan informados de lo siguiente: Sus datos personales serán objeto de tratamiento en esta Notaría, los cuales son necesarios para el cumplimiento de las obligaciones legales del ejercicio de la  función pública notarial, conforme a lo previsto en la normativa prevista en la legislación notarial, de prevención del blanqueo de capitales, tributaria y en la aplicable al acto o negocio jurídico documentado. Por tanto, la comunicación de los datos personales es un requisito legal, encontrándose los otorgantes obligados a facilitar los datos personales, y estando informados de que la consecuencia de no facilitar tales datos es que no sería posible autorizar o intervenir el presente documento público. Sus datos se conservarán con carácter confidencial. La finalidad del tratamiento de los datos es realizar la formalización del presente documento, su facturación y seguimiento posterior y las funciones propias de la actividad notarial de obligado cumplimiento, de las que pueden derivarse la existencia de decisiones automatizadas, autorizadas por la Ley, adoptadas por las Administraciones Públicas y entidades cesionarias autorizadas por Ley, incluida la elaboración de perfiles, cuya lógica aplicada es la prevención e investigación por las autoridades competentes del blanqueo de capitales y la financiación del terrorismo. Se realizarán las cesiones de dichos datos que sean de obligado cumplimiento a las Administraciones Públicas, a las entidades y sujetos que estipule la Ley y, en su caso, al Notario que suceda al actual en la plaza. Los datos proporcionados se conservarán durante los años necesarios para cumplir con las obligaciones legales del Notario o de sus sucesores en la plaza. Puede ejercitar sus derechos de acceso, rectificación, supresión, limitación, portabilidad y oposición al tratamiento por correo postal dirigido a xxx. Asimismo tienen el derecho a presentar una reclamación ante una autoridad de control. Los datos serán tratados y protegidos según la Legislación Notarial, la Ley Orgánica 3/2018, de 5 de diciembre, de Protección de Datos Personales y garantía de los derechos digitales y su normativa de desarrollo, y el Reglamento (UE) 2016/679 del Parlamento europeo y del Consejo de 27 de abril de 2016 relativo a la protección de las personas físicas en lo que respecta al tratamiento de datos personales y a la libre circulación de estos datos y por el que se deroga la Directiva 95/46/CE.

Yo, el Notario, hago, expresamente, las advertencias a las que se hace referencia en el Artículo 64 de la Ley 39/1988, de 28 de Diciembre, Reguladora de las Haciendas Locales, para los supuestos de cambio, por cualquier causa, en la titularidad de los derechos que constituyan el hecho imponible del Impuesto sobre Bienes Inmuebles. Particularmente informo de la afección, en su caso, de la/s finca/s objeto de la presente escritura al pago de la totalidad de las cuotas tributarias del mencionado Impuesto que pudiera haber pendientes.

Igualmente advierto, en relación con el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana y de conformidad con lo establecido en el artículo 110 de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales, de 5 de Marzo de 2004, de la obligación que tiene la parte transmitente de declarar la enajenación efectuada al Ayuntamiento respectivo, dentro de los treinta días hábiles siguientes a esta fecha, y de satisfacer el citado Impuesto cualquiera que sea el pacto sobre su pago. También advierto de la obligación que incumbe a la adquirente de comunicar, en el mismo plazo y al propio Ayuntamiento, la adquisición realizada.

Especialmente advierto de lo dispuesto en el Artículo 254 de la Ley Hipotecaria, según el cual el Registro de la Propiedad no practicará la inscripción correspondiente de ningún documento que contenga acto o contrato determinante de las obligaciones tributarias por el Impuesto sobre el Incremento de Valor de los Terrenos de Naturaleza Urbana, sin que se acredite previamente haber presentado la autoliquidación o, en su caso, la declaración, del impuesto, o, en el caso de los actos onerosos, la comunicación a que se refiere la letra b) del apartado 6 del Artículo 110 del Texto Refundido de la Ley Reguladora de las Haciendas Locales.

El/los comparecientes prestan su consentimiento para que la Notaría pueda entregar copias o documentación relativa a el/los comparecientes a las gestorías, asesorías o despachos de abogados que soliciten o recojan dicha documentación en nombre de el/los interesados, con la finalidad de gestión y prestación de los servicios propios de dichos gestores, asesores o abogados.

Leída esta escritura por mí, el Notario, a los comparecientes, éstos renuncian a su derecho a leerla por si mismos, derecho del que les advierto, la aprueban y la firman conmigo, haciendo constar que han quedado debidamente informados del contenido del presente instrumento.

De haber identificado a los comparecientes por sus reseñados documentos de identidad, excepto a Doña XXXX a quien conozco, de que tienen, a mi juicio, capacidad y legitimación suficientes, de que su consentimiento ha sido libremente prestado, de que el otorgamiento se adecua a la legalidad y a la voluntad debidamente informada de los otorgantes, y de todo lo demás consignado en este instrumento público extendido en xxx folios de papel timbrado de uso exclusivamente notarial, serie xx, números xxx y los xxx anteriores  en orden correlativo de numeración, yo, el Notario, Doy fe.=

ARANCEL NOTARIAL. DERECHOS DEVENGADOS. Arancel aplicable, números: 2, 4 y nª 8ª.

Conceptos ACEPTACIÓN Y ADJUDICACIÓN DE HERENCIA. DECLARACIÓN DE AMPLIACIÓN DE OBRA. DECLARACIÓN DE AMPLIACIÓN DE OBRA. DONACIÓN. RECTIFICACIONES DESCRIPTIVAS DE FINCA. DONACIÓN.

Bases: 

TOTAL:                             (Impuestos excluidos)


Hasta otra. Un abrazo. Justito El Notario. @justitonotario