¿El contador partidor nos avisará de que ha hecho la partición?

albacea contador partidor

 

 

Advertencia: En la web “Justito El Notario”, su titular y responsable Miguel Prieto Escudero, no asesora ni aconseja ni lo ha hecho nunca desde la apertura del blog el 20/11/2015. Aquí únicamente se informa, se divulga (o al menos se intenta) y se opina (con mayor o menor grado de acierto). El contacto, colaboración o comentario a las entradas, no puede entenderse en ningún caso como un acceso telemático a mi notaría ni conducente a la firma de un documento público en la misma. A esos fines deberán dirigirse a mí por los cauces oportunos, pero nunca por la vía de mi blog que constituye una actividad completamente privada y no está conectado con la web de mi notaría.

 

Soy heredera en un testamento que tiene nombrado un albacea contador-partidor. ¿Es posible que haya hecho el reparto sin comunicárnoslo? ¿El Notario me lo notificará? ¿Si hay pisos y dinero debe repartir todo por cuartas partes o podría hacerlo de otro modo?”

Lo primero que le diré es que los herederos mayores de edad y plenamente capaces podrían prescindir de él, aunque para facilitar esa posibilidad suelo decirlo expresamente en los testamentos. Así que si no se dice, pienso que la “cosa” podría no ser tan sencilla.

Vean aquí lo que opina mi compañero José Carmelo Llopis:

“¿Pueden los herederos prescindir del contador partidor? En principio, es mayoritaria la doctrina que permite a los coherederos, por unanimidad, practicar la partición sin el contador partidor: La STS 7867-1992 lo admite siempre que el testador no lo prohíba expresamente”.

Reconozco que hace siglos que no hago una partición de herencia con albacea contador-partidor, pero tengo unos magníficos compañeros que lo saben todo y que me refrescan la memoria, así que puedo decirle que lo normal es que el contador-partidor comunique a los herederos la forma en que se ha realizado la partición y que la haga conforme a las instrucciones recibidas del testador o como considere más conveniente si no existe instrucción alguna. Pero, sí, es cierto que el contador.partidor por sí solo podría realizar la partición de la herencia y si no consta la aceptación de los herederos, los bienes se inscribirían en el Registro a nombre de los mismos bajo la condición suspensiva de que posteriormente realizaran cualquier acto que supusiera su aceptación (RRDGRN 19-9-2002 y 19-7-2016) sin que el Notario deba notificar nada (a no ser que fuera requerido para ello).

Sobre todo este asunto, lean mejor a mi compañero Iurisprudente.

 

En ENSXXI leo esto: “EL CONTADOR PARTIDOR PUEDE APRECIAR EL CUMPLIMIENTO DE LA CONDICIÓN IMPUESTA POR EL CAUSANTE Resolución de 19 de septiembre de 2023 (BOE 26 de octubre de 2023). Descargar Se incluyen entre sus funciones tal acreditación, en el ámbito extrajudicial, del cumplimiento o incumplimiento de condiciones a efectos de la práctica de inscripciones, siempre que se trate de hechos determinables objetivamente, no de hechos susceptibles de valoración o de posible contradicción. Según las instrucciones del testador, el contador partidor atribuye el prelegado de tercio de mejora y libre disposición al hijo que ha cuidado y convivido con el testador; tal adjudicación se confirma por todos los herederos menos uno. El Centro Directivo da luz verde a tal disposición habida cuenta de los intentos infructuosos de establecer contacto con el heredero no compareciente y notificarle tal decisión. Se considera suficientemente probado el cumplimiento de la condición a la que se refiere el testamento (cfr. la Sentencia del Tribunal Supremo mencionada por los recurrentes, de 12 de diciembre de 1906, en un caso de albaceazgo universal, que admitió la exclusión de un heredero por los albaceas por estimar que no se había cumplido la condición impuesta a uno de los instituidos de seguir conviviendo con el causante hasta su muerte). De no admitir esa facultad del albacea contador-partidor, no se podría llevar a cabo la partición de la herencia en los términos ordenados en el testamento”.

 


Hasta otra. Un abrazo. Justito El Notario. @justitonotario