Testamento de británico con arreglo a su ley nacional y respecto de todos sus bienes en España y de sus cuentas bancarias en UK

 

simpliciter plus

 

Advertencia: En la web “Justito El Notario”, su titular y responsable Miguel Prieto Escudero, no asesora ni aconseja ni lo ha hecho nunca desde la apertura del blog el 20/11/2015. Aquí únicamente se informa, se divulga (o al menos se intenta) y se opina (con mayor o menor grado de acierto). El contacto, colaboración o comentario a las entradas, no puede entenderse en ningún caso como un acceso telemático a mi notaría ni conducente a la firma de un documento público en la misma. A esos fines deberán dirigirse a mí por los cauces oportunos, pero nunca por la vía de mi blog que constituye una actividad completamente privada y no está conectado con la web de mi notaría.

 

O sea que esto es un simpliciter plus porque si ya dices que todo lo de aquí y de lo de allí solo las cuentas, imagino que aquí no habrá problemas aquí (al menos hoy por hoy) ni tampoco allí donde “todo vale”.

 

NÚMERO 

En *, mi residencia, a *.

Ante mí, JUSTITO EL NOTARIO, Notario de * y del Ilustre Colegio Notarial de *,

C O M P A R E C E:

DOÑA * (nacida *), mayor de edad, de nacionalidad británica, residente en España, viuda, jubilada, vecina del término municipal de *, con domicilio en *; provista, según me acredita, del Pasaporte de su nacionalidad número *, vigente hasta el *, del Permiso de Residencia número *, vigente hasta el día *, y del N.I.E. *.

Incorporo a la presente, fotocopias, por mí, el Notario, deducidas, con valor de testimonio de su citado Pasaporte y del Permiso de Residencia, donde también consta el N.I.E., autorizándome a su reproducción en las copias que de la presente se expidan.

Se halla también presente DOÑA *, mayor de edad, soltera, asesora de la propiedad inmobiliaria, vecina de *, con domicilio en *; provista del Documento Nacional de Identidad y Número de Identificación Fiscal, según me acredita, *, quien actúa como intérprete elegida por la Sra. * que no conoce suficientemente el idioma español.

Yo, el Notario, le advierto de la posibilidad de intervención de intérprete oficial conforme al Artículo 150 del Reglamento Notarial, no obstante, lo cual insisten en este otorgamiento, relevándome de responsabilidad.

La compareciente declara su propósito de otorgar testamento abierto y teniendo, a mi juicio, capacidad para ello,

M A N I F I E S T A:

a) Que es natural de *, *, donde nació el día *.

b) Que es hija de Don * y Doña  * (nacida *), ambos fallecidos.

c) Que se divorció de sus primeras nupcias con Don *, de cuyo matrimonio tiene dos hijos llamados *, siendo estos sus únicos hijos.

d) Y que se encuentra viuda de sus segundas nupcias con Don *, de cuyo matrimonio no tiene descendientes.

Y dicho lo anterior, formaliza su testamento, con arreglo a su ley personal, según manifiesta, con renuncia a la ley española, optando expresamente por su ley nacional (Inglaterra y Gales), con sujeción a las siguientes,

C L Á U S U L A S:

Primera: Lega a la Asociación “*”, con domicilio en * y número de identidad *, la cantidad de *.

Segunda: Lega el pleno dominio del efectivo metálico o depositado en cuentas, libretas o depósitos, de ahorro o corrientes, en entidades bancarias o crediticias del Reino Unido de que sea titular la testadora al tiempo de su muerte, por partes iguales, a sus dos citados hijos *, a quien sustituye vulgarmente para los casos de premoriencia o conmoriencia por sus descendientes.

Respecto a los demás bienes, derechos, acciones y obligaciones, presentes o futuros, sitos fuera del territorio español, ordena expresamente la subsistencia de todas las disposiciones testamentarias, anteriores o posteriores a la presente, relativas a los mismos.

Tercera: Sin perjuicio del anterior legado, en el remanente instituye herederos, por partes iguales, a sus dos citados hijos *, a quien sustituye vulgarmente para los casos de premoriencia o conmoriencia por sus descendientes.

Cuarta: Revoca expresamente todo testamento otorgado en España con anterioridad a este.

Así lo dice y otorga.

Hechas las advertencias y reservas legales.

Protección de datos. De acuerdo con la normativa de protección de datos, la compareciente queda informada y consiente la incorporación, conservación por plazo legal y tratamiento de sus datos por el Notario autorizante, los sustitutos y los sucesores en el protocolo, incluyendo las remisiones impuestas en la normativa, con la finalidad de ejercitar la actividad ordinaria notarial. Los derechos que asisten al compareciente de acceso, rectificación, supresión, limitación, portabilidad y oposición al tratamiento podrán ser ejercitados, cuando proceda, ante el Notario titular del protocolo en *, y mediante reclamación ante la autoridad de control competente.

La testadora autoriza a realizar cualesquiera comunicaciones o subsanaciones que sean solicitadas por el Ministerio de Justicia al tenor literal del presente testamento conforme a las Bases de Datos de la Policía, a fin de lograr su inscripción en el Registro General de Actos de Última Voluntad.

Habiendo renunciado a su derecho a leerlo por sí misma, derecho del que le advierto, este testamento es leído por mi, el Notario, íntegramente y en alta voz, a la testadora, quien manifiesta, una vez efectuada su traducción, que este testamento está enteramente conforme con su expresada voluntad, en la que, una vez enterada por la lectura y la traducción, se ratifica, lo aprueba, firmándolo la testadora y el traductor conmigo, declarando el Sr. Traductor la conformidad de su contenido con las traducciones efectuadas y haciendo constar la testadora y la Sra. Traductora que han quedado debidamente informados del contenido del presente instrumento, a las doce horas y veinte minutos del día de la fecha.

De haber identificado a la compareciente por su reseñado documento de identidad, de que conozco a la Sra. traductora, de que se han observado la unidad de acto y las demás formalidades legales, de que el otorgamiento se adecua a la legalidad y a la voluntad debidamente informada de la otorgante y de la Sra. Traductora, y en lo pertinente, de lo consignado en este instrumento público, extendido en * folios de papel exclusivo para documentos notariales, serie *, números * y los * anteriores correlativos en orden, yo, el Notario, Doy fe.=

 

Otra opción

Y dicho lo anterior, formaliza su testamento, con arreglo a su ley personal, según manifiesta, con renuncia a la ley española, optando expresamente por su ley nacional, con sujeción a las siguientes.

C L Á U S U L A S:

Primera.- Lega a Don * y Doña *, de nacionalidad * y residentes en *, la cantidad de * para cada uno de ellos del efectivo depositado en la/s cuenta/s, libreta/s o depósito/s, de ahorro o corrientes, en la entidad española “*, S.A.” de que sea titular el testador al tiempo de su muerte y con derecho de acrecer entre ellos.

Segunda.- Sin perjuicio del legado anterior, lega a su citada ex-esposa Doña * (nacida *) y a Don *, por partes iguales, el resto del efectivo metálico o depositado en cuentas, libretas o depósitos, de ahorro o corrientes, en las entidades “*, S.A.” (española) y “*” (británica) de que sea titular el testador al tiempo de su muerte y con derecho de acrecer entre ellos.

Tercera.- En el remanente instituye heredera a su citada ex-esposa Doña * (nacida *), a quien sustituye  vulgarmente, para los casos de premoriencia, conmoriencia o renuncia, por el citado Don *.

Cuarta.- Revoca expresamente todo testamento otorgado con anterioridad a este.

 


Hasta otra. Un abrazo. Justito El Notario. @justitonotario