Escritura de discreta anulación de otras previas de aportación a gananciales y compraventa

 

 

anulación de escrituras

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Hace unos diez años se preparan un par de títulos sucesivos con la finalidad de inmatricular una finca. La escritura tarda diez años en llevarse al registro y no se inscribe porque en los dos títulos no había un año de diferencia (exigencia de la reforma en 2015 del artículo 205 LH), por problemas de cabida-coordinación-coordenadas y por agrupar una finca inscrita a otra no inscrita.

Se pensó en muchas soluciones (entre otras un 18.2 LCI) y al final se decidió anular todo lo previo.

Estos son los párrafos relevantes.

 

E X P O N E N:

PRIMERO. Que DON * y DOÑA *, en virtud de escritura autorizada bajo mi fe, el día *, con el número * de protocolo, aportaron a gananciales determinada finca no inscrita, la cual fue vendida posteriormente a la mercantil “*, S.L.” (Sociedad Unipersonal) y agrupada a la que a continuación se describe mediante escritura autorizada también por mí, el día*, con el número * de protocolo.

SEGUNDO. Que la mercantil “*, S.L.” (Sociedad Unipersonal), es dueña en pleno dominio, y por el título que se dirá, de la siguiente finca:

 

SEGUNDO.- Esto expuesto, según intervienen,

O T O R G A N:

PRIMERO. Que DON * Y DOÑA *, y la mercantil “*, S.L.” (UNIPERSONAL), dejan sin efecto la aportación a gananciales, la compraventa y la agrupación efectuadas mediante escrituras autorizadas bajo mi fe, los días *, con el número * de protocolo, y *, con el número * de protocolo, habiéndose restituido las prestaciones de las partes a su primitivo estado sin que nada tengan que reclamarse por dichos conceptos.

SEGUNDO. RECTIFICACIÓN DESCRIPTIVA Y DECLARACIÓN DE EDIFICACIONES.

 


Hasta otra. Un abrazo. Justito El Notario. @justitonotario