mini dictamen renuncia sustitución

Un pequeño caso real para dictamen: Un testador soltero y la “maldita” sustitución vulgar sin expresión de casos

 

A 210 horas de que comience un nuevo tercer ejercicio de las oposiciones a notarías poco podrán hacer ya los que no tengan claros los rudimentos de una sucesión, ¿no? Pues, en realidad, nunca se sabe porque cuándo habrá que dar el do de pecho, poner toda la carne en el asesor  y ya no habrá mas pescado que el que se venda, será el día D (28 de Mayo de 2022) a la hora H (las 15:00 horas), así que hasta el último minuto todo es partido y cualquier cosa puede servir para aprender o consolidar cualquier cuestión que nos sea útil o nos saque de un apuro. A fin de cuentas, si a los que llevamos unos años en ejercicio nos hacen dudar algunas cosas supongo que será porque son opinables y, en mayor o menor medida, dictaminables, ¿no?.

 

Os dejo con el caso que surgió ayer mismo en mi despacho y al que le ando dando vueltas en busca de la solución aunque la que corresponda en la práctica no sea la misma que las que podemos plantearnos en un dictamen.

 

El caso

 

Un señor soltero, sin descendientes, ni ascendientes. en su testamento dice:

 

“Primera.- Instituye heredera de todos sus bienes, derechos, acciones y obligaciones, presentes y futuros, a su hermana Doña Carmen, a quien sustituye vulgarmente por sus descendientes”.

 

Carmen premuere al testador dejando dos hijas y un nieto, hijo de otro hijo que le premurió a ella y al propio testador.

¿Cómo repartimos la herencia en este caso? ¿Si Carmen tiene mas descendientes hay que tenerlos en cuenta? (como ahora veremos, Carmen, tenía unos cuantos mas).

 

Las dos hijas (sobrinas del testador) y el nieto de Carmen (sobrino nieto del testador), se plantean renunciar a la herencia.

Una hija tiene dos hijas mayores de edad y cada de las hijas tiene, a su vez, otras dos hijas (las cuatro son menores de edad).

Otra hija está en la misma situación, si bien una de sus hijas tiene tres hijas (es decir, que tenemos cinco menores de edad mas los cuatro anteriores por lo que ya son nueve).

El nieto (sobrino nieto del testador) tiene un hijo y este a su vez tiene un hijo que también es menor de edad (y así llegamos a los diez menores de edad).

Si las dos hijas y el nieto de Carmen renuncian, ¿cómo se reparte la herencia? Lo cierto es que los tres de buen grado se quitarían de en medio con la renuncia pero hay algunos bienes en condominio con otras personas ajenas a la herencia y les preocupa (son buenas personas) ocasionar un problema a su parentela si consuman la renuncia.

 

Buenos, pues ahora, salgámonos del caso real:

 

Y si el testamento no incluyera la sustitución para el caso de renuncia y las dos hijas y el nieto de Carmen renuncian, ¿para quién sería la herencia?

A estos efectos, habría que tener en cuenta que el testador tenía otra hermana que le premurió y que esta tenía cinco hijos (sobrinos del testador).

 

Hay que leer detenidamente el supuesto de hecho y no meternos en berenjenales si no somos capaces de ver mas de una solución. Tal vez es que no la haya y eso también es importante saberlo reconocer y tratar.

Evitemos los dictámenes cabezones, terminemos el ejercicio y salgamos como sea de cualquier colapso u ofuscación que tengamos a lo largo de esas larguísimas seis horas que están a punto de llegar.

 

Hasta otra y si no hablamos antes, tranquilidad y algo de suerte para todos. Un abrazo. Justito El Notario. @justitonotario

 




 

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.