¿Que qué es un Paseo Jurisprudencial? Pues aquàlo tenéis.
Vamos a por el Paseo de esta semana.Â
Sentencias y Autos del TC:
Esta semana tampoco tenemos Autos ni Sentencias del Tribunal Constitucional.
Nos vamos al Cendoj.
Sentencias del TS:
Tenemos este lunes, 16 Sentencias NUEVAS de la Sala 1ª del TS.
Estas 15, son las que no me parecen interesantes, a priori, a los efectos de la práctica notarial.
- STS 963/2021 Revisión.
- STS 965/2021 Derecho al honor y libertad de expresión.
- STS 966/2021 Préstamo hipotecario multidivisa. Control de transparencia. Reiteración de la jurisprudencia de la sala.
- STS 967/2021 Cláusula suelo. Control de transparencia.
- STS 968/2021 Nulidad de la comercialización de obligaciones de deuda subordinada y participaciones preferentes, por error vicio. Alcance de los efectos restitutorios de la nulidad. Se reitera la jurisprudencia según la cual los efectos de la nulidad alcanzan a ambas partes, comercializadora y adquirente. Tales efectos de la nulidad deben ser la restitución por la entidad comercializadora del importe de la inversión efectuada por los adquirentes, más el interés devengado desde que se hicieron los pagos, y el reintegro por los compradores de los rendimientos percibidos más los intereses desde la fecha de cada abono.
- STS 969/2021 Revisión.
- STS 970/2021 Nulidad por abusividad de las cláusulas de vencimiento anticipado y de gastos en un contrato de préstamo hipotecario concertado con consumidores. Gastos de tasación. Impugnación de la condena en costas en el recurso por infracción procesal. Reiteración de doctrina de la sala.
- STS 974/2021 Seguro obligatorio de circulación de vehÃculos a motor.
- STS 975/2021 Préstamo multidivisa. Falta de transparencia. Consecuencias. Reiteración de jurisprudencia.
- STS 977/2021 Impugnación por error de la aceptación de la herencia tras el descubrimiento de una obligación de importe superior a los bienes de la herencia. Reconocimiento por la causante, en documento privado, de deuda a favor de unos sobrinos polÃticos para dar cumplimiento a la voluntad de su difunto esposo.
- STS 976/2021 Registro de una marca gráfica que consiste en un dibujo protegido como obra de propiedad intelectual en Méjico. Resulta irrelevante la infracción denunciada (art. 10 LPI), pues se refiere a una normativa que no se ha tenido en cuenta en la sentencia recurrida para atribuir los derechos de propiedad intelectual a los demandantes sobre su dibujo.
- STS 994/2021 Acción de anulabilidad por error vicio del consentimiento. Adquisición de aportaciones subordinadas de Fagor. Plazo de ejercicio de la acción. Error en el consentimiento. Reiteración de la jurisprudencia de la sala.
- STS 995/2021 Aportaciones financieras subordinadas.
- STS 999/2021 Protección del honor e intimidad.
- STS 1036/2021 Eficacia de cosa juzgada material en sentido positivo (art. 222.4 LEC). En un supuesto como el presente, en el que por razón de las cuantÃas, dos reclamaciones de apuestas ganadas se siguieron de forma paralela por cauces procesales distintos, uno por el juicio verbal y otro por el ordinario, lo resuelto en el primero de forma firme sin que cupiera apelación (que entiende válida una cláusula general que permite anular la apuesta) no puede vincular en la resolución del segundo, que por las caracterÃsticas del juicio ordinario se prolonga un poco más en el tiempo, ni tampoco a la Audiencia que resuelve el recurso de apelación. Ese pronunciamiento tenÃa un alcance limitado a la concreta reclamación ejercitada en el juicio verbal, y no impide que en otra reclamación paralela pudiera volver a juzgarse sobre la validez de esas mismas cláusulas aplicadas a otras apuestas distintas.Se ratifica la consideración de abusividad de una cláusula de un contrato de apuestas on-line sobre eventos deportivos que permite a la empresa de apuestas anular una apuesta por “errores humanos de sus empleados o errores informáticos. Apuestas con cuotas incorrectas o realizadas a sabiendas del resultado correcto”.La cláusula es abusiva porque emplea términos genéricos y no distingue el momento temporal de esta anulación, en concreto, si procede sólo antes de que se llegue a consumar el evento deportivo sobre el que recae la aleatoriedad de la apuesta, o si también puede hacerse después de cumplido el evento, cuando ya se ha consumado el resultado de la apuesta, y por lo tanto cuando lo que procederÃa ya serÃa su cumplimiento. Falta la precisión necesaria que objetive de antemano la facultad que se confiere a la empresa de apuestas de anularlas. Le atribuye una facultad unilateral que le permite la anulación arbitraria de las apuestas una vez consumado el evento de referencia, y por lo tanto después de comprobar que no le salÃa a cuenta ofrecer la apuesta en las condiciones en que lo hizo. No obstante, el volumen de apuestas realizadas y la desproporción existente entre el riesgo asumido y el beneficio obtenido, en el marco de un contrato aleatorio en el que el error en la determinación de la cuota garantizaba el éxito de la apuesta (realiza 78 apuestas en menos de cuatro dÃas, por un importe de 684,38 euros, y obtiene un premio de 2.773.164 euros), constituye un abuso que el derecho no puede amparar.
- Y STS 1041/2021 Conflicto entre la libertad de información y el derecho a la intimidad de menores acusados de graves hechos delictivos. Información relativa a menores de los que no se facilitan datos que permitan su identificación para el lector medio del periódico.
Y esta es la única que me parece interesante, a priori, a los efectos (como siempre) de la práctica notarial:
- STS 977/2021 Impugnación por error de la aceptación de la herencia tras el descubrimiento de una obligación de importe superior a los bienes de la herencia. Reconocimiento por la causante, en documento privado, de deuda a favor de unos sobrinos polÃticos para dar cumplimiento a la voluntad de su difunto esposo.
Nos quedamos para la semana que viene en el ATC 174/2020, la STC 195/2020 y en la STS 1.041/2021.
El Paseo Jurisprudencial de este lunes, no tendrá continuación mañana martes en la Sección Doctrina Jurisprudencial.
Como va haciéndose cada vez más difÃcil, tras LXXI Episodios de Chistes y Anécdotas, reunir el material necesario para un post, a partir de ahora cuando no haya un nuevo episodio para publicar, reeditaré alguno de los ya publicados y que podéis leer siempre aquÃ.
Hasta otra. Un abrazo. Justito El Notario. @justitonotario
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