Advertencia: En la web “Justito El Notario”, su titular y responsable Miguel Prieto Escudero, no asesora ni aconseja ni lo ha hecho nunca desde la apertura del blog el 20/11/2015. Aquí únicamente se informa, se divulga (o al menos se intenta) y se opina (con mayor o menor grado de acierto). El contacto, colaboración o comentario a las entradas, no puede entenderse en ningún caso como un acceso telemático a mi notaría ni conducente a la firma de un documento público en la misma. A esos fines deberán dirigirse a mí por los cauces oportunos, pero nunca por la vía de mi blog que constituye una actividad completamente privada y no está conectado con la web de mi notaría.
Novedades de interés para la notaría: Semana 13/2021
1.= Cuestiones notariales sobre el acta de nombramiento de mediador concursal Y la comunicación al juzgado de que habla el art. 12 de la Ley 3/2020, ¿la debe hacer el Notario o se cierra el acta y eso es cosa del interesado? ¿Remite el Notario la copia …
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El blog de Justito El Notario Nihil prius fide & nihil prius manducare
