En Ucrania los poderes han de tener una duración limitada

 

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Vaya sorpresa cuando una ucraniana viene a otorgar un nuevo poder general porque otro anterior que había hecho conmigo no indicaba su fecha de nacimiento (que sí estaba en su documento de identidad testimoniado), porque había cambiado de domicilio, porque expresamente no se hacía mención a la facultad de empadronar o desempadronar, porque no figuraba su documento de identidad ucraniano (seguramente no nos lo proporcionó porque suelo preocuparme de estas cosas) y porque, y esto es lo mas interesante, porque no sirve si no se indica su duración. Como me ha parecido muy raro, he buscado en Internet y me he encontrado un trabajo muy interesante de la compañera Pilar García Hernández en nnyrr. No puedo enlazarlo porque esté en word y se accede directamente a él al encontrarlo en Google. Creo que lo encontraran buscado UCRANIA PILAR GARCÍA HERNÁNDEZ NOTARIOS Y REGISTRADORES. Bueno, pues en su trabajo la compañera (está casi al final de todo) dice: “d) Los poderes deberán expresar su duración, y en otro caso se entenderán vigentes hasta la total conclusión del negocio representativo. El poder en que no figure la fecha de su otorgamiento se considera nulo”.

La conclusión es que siempre será conveniente indicar fecha máxima porque lo de la conclusión del negocio representativo es bastante complicado salvo que te encarguen algo muy concreto que solo se pueda hacer una sola vez, ¿no?

Y digo yo, ¿qué es menos malo (aunque no se la ratio de la norma) evitar que te limpien con un poder o tener que andarlo renovando cada x tiempo? Bueno, pues hágalo usted por 99 años y ya está, ¿no?

Iba a recoger el modelo pero la cosa no tiene ningún fuste al margen de lo señalado. Lamento las molestias a mi clienta pero no tengo la obligación de saberlo. Tampoco creo que la pobre poderdante tuviera idea de esto pero a lo mejor quien le encargó que hiciera el poder, sí que la tenía y podría haberlo advertido. Ahora apostilla y traducción otra vez.


Hasta otra. Un abrazo. Justito El Notario. @justitonotario