trabas para cancelar hipoteca

Trabas para cancelar una hipoteca

 

Advertencia: En la web “Justito El Notario”, su titular y responsable Miguel Prieto Escudero, no asesora ni aconseja ni lo ha hecho nunca desde la apertura del blog el 20/11/2015. Aquí únicamente se informa, se divulga (o al menos se intenta) y se opina (con mayor o menor grado de acierto). El contacto, colaboración o comentario a las entradas, no puede entenderse en ningún caso como un acceso telemático a mi notaría ni conducente a la firma de un documento público en la misma. A esos fines deberán dirigirse a mí por los cauces oportunos, pero nunca por la vía de mi blog que constituye una actividad completamente privada y no está conectado con la web de mi notaría.

 

Pues tendré que concluir que (después de todo) no es tan fácil ser un “Cancelator” porque el e-mail (con varios documentos adjuntos) que recibimos de una gestoría con la finalidad de poner en marcha el procedimiento para cancelar una hipoteca, contiene un rosario de exigencias:

  1. Les indicamos los documentos necesarios para poder emitir el certificado de saldo cero de la carga para solicitudes de cancelaciones registrales, sin provisión, de operaciones de la entidad sin deuda (previas a constituciones de otras entidades): a) Nota simple actualizada (la expedición de esta nota no debe ser mayor a tres meses). b) Autorización firmada por el cliente (autorizando a la notaría a efectuar los trámites en su nombre, adjuntamos modelos). c) Certificado de deuda (si se dispone). d) Formulario totalmente cumplimentado por el Notario (documento adjunto en formato excel, no pdf).
  2. Una vez recibamos estos documentos, en el plazo de 48 horas, recibirá mediante correo electrónico el certificado solicitado y le informaremos del Centro Cancelador encargado de asistir a la firma de la cancelación. Este plazo se verá incrementado en 24 horas más, si no se localiza el número de préstamo y se deben hacer consultas adicionales.
  3. Una vez se hayan realizado las altas correspondientes, podrán contactar con el Centro Cancelador correspondiente para ver en qué estado se encuentra la operación.
  4. IMPORTANTE: Les recordamos que este canal es exclusivo para Notarías y para cargas que estén canceladas económicamente. Hasta que no se reciban todos los documentos anteriormente citados, no podremos iniciar el trámite de la cancelación registral. Muchas gracias”.

El análisis

 

  1. Debe referirse a la fecha de expedición. Ya que exigimos tanto, ¡hay que explicarse bien¡ Superior es más correcto que mayor. Ojo dice “debe” entonces sí que “puede”.
  2. Autorización autorizando. Me recuerda a esa solicitud de copias que reza “se solicita copia con la finalidad de obtenerla”. Yo no necesito que me firmen ninguna autorización con esa finalidad, así que sería mejor que no pidan cosas “en mi nombre” que yo no necesito. Pidan lo que les haga falta a ustedes, que mi trabajo ya me lo sé organizar yo solito.
  3. Pues si no hace falta, ¿para que lo piden? ¿Pero todo esto no es para conseguir el certificado de saldo deuda? Yo entiendo que el certificado de saldo cero y el de deuda son dos certificados distintos.
  4. Están locos si piensan que yo voy a rellenar todo eso y encima utilizando el Excel con el que no me llevo nada bien. Si no fuera obligatorio el Excel, tal vez lo quisieran manuscrito …
  5. ¿Qué altas? ¿Centro Cancelador … ?
  6. Menos mal que dan las gracias, con semejante follón no era para menos …. ¿Canal exclusivo … ? Pero, ¿no era para hipotecas previas a constituciones con otras entidades? ¿Cómo van a estar canceladas económicamente si va a haber otra hipoteca después? ¿No saben que generalmente se pide una nueva porque se cancela la vieja con la nueva o porque se vende y el que compra trae la pasta para pagar con ella la hipoteca pendiente? ¿Iniciar tramite para cancelar? Pero si este cliente no está interesado en que le lleven ustedes nada pues prefiere hacérselo él. Además, si hubiera una nueva hipoteca, lo normal es que el nuevo Banco se encargue de llevar todo al Registro.
  7. ¡Madre mía si yo pidiera todo esto cada vez que firmara una escritura¡ ….

Y mi oficiala me pregunta, Jefe ¿qué opina de esto que nos exigen para cancelar una hipoteca?

 

Y yo les he respondido en plan Fernán-Gómez (o peor aún, en realidad, aunque lo que dije es también una frase muy española).

Así que he decidido que de mayor yo no quiero ser cancelator, que yo no me chupado 11 años de oposición ni adquirido una experiencia de diecisiete como Notario para tener que llevar a cabo todas esas actuaciones con el fin de poder firmar una mísera cancelación de hipoteca. Lo siento por mi cliente, pero le dije que se buscase otro Notario.

Pero también es cierto que por una vez tengo que reconocer algo de mérito a los cancelators o más bien a los empleados de los cancelators porque ellos no creo que hagan absolutamente nada de todo lo que, por lo visto, hay que hacer.

Terminemos con humor, puesto que en la documentación anexa al e-mail objeto de análisis en este post, una compañera ha detectado un error que tendría perfecta cabida en Chistes y Anécdotas:

“Diles de mi parte a los de la gestoría especializada que la palabra “gravar”, cuando se refiere a “hipotecas que gravan la finca”, se escribe con uve, pues no se trata de horadar las piedras de las fincas generando petroglifos, ni de borrar las señales rústicas o pétreas grabadas, sino de eliminar las cargas jurídicas. Que por favor eliminen esa chirriante falta de ortografía del escrito que encima debe enviarles firmado el Notario para la cancelación”.

Lo que me parece claro es que en el ámbito privado no se pueden imponer tantas requisitos y formalidades, tanto papeleo, tanta burocracia para conseguir que alguien que ha pagado su hipoteca, obtenga de manera rápida su cancelación. Si en vez de centralizar tanto, estuvieran más repartidas las cancelaciones a lo mejor no sería necesario un control tan férreo, abusivo y discriminatorio; les ha faltado pedirme el grupo sanguíneo y una póliza de 25 pesetas como en el famosa escena de “El Verdugo”.

 

No seré cancelator

 

Un sencillo escrito firmado por mi, solicitando que la cancelación fuera firmada en mi notaría ha sido suficiente para que me asignaran Centro Cancelador y para que un apoderado (por cierto, muy profesional y agradable) viniera a firmar. Además ha resultado que la cancelación no la van a gestionar ellos y que dejarán a mi cliente que arregle conmigo, liquide como exento  de AJD y lleve la escritura al Registro. Después de tanto lío dejan al deudor que se gestione la escritura él solito, lo que deja claro que no hace falta tanta cosa para mandar a un apoderado a firmar una cancelación suelta a una notaría de pueblo.

Tiempo después alguien dijo en Twitter: “Que me decís cuando cobran +300€ por tramitar cancelación de hipoteca la cual no requiere ni llevarla ni retirarla al registro ya que se hace todo telemático por notaria, ni siquiera hacer el impuesto, porque al menos en mi comunidad no exigen el impuesto para éstas”.

Pues en mi opinión, le contesté, cuando eso ocurre “alguien” se está llevando una tajada por no hacer nada y “alguien” está permitiendo que eso suceda.

 

¿Hacia un nuevo sistema?

 

Me lo cuenta un gestor amiguete: “Al parecer ahora tendréis que cursar una especie de solicitud para cancelar una hipoteca y morir en el portal del Banco”.

La solicitud ya la tengo:

 

SOLICITUD DE CANCELACIÓN NOTARIAL DE HIPOTECA. Yo,    ………………………………………………………………………. Notario de ………………………. Hago constar, que he sido requerido, por los titulares del préstamo hipotecario que grava la finca registral número ··············,    para que se proceda a requerir y otorgar la correspondiente escritura de cancelación de hipoteca que graba la finca indicada, realizando todos los trámites y gestiones necesarias para dicho fin. Y a los efectos procedentes, firmo el presente: * Notario: *”.

 

En fin, y eso que a mi me gustaba ser Notario para no tener jefe …

 

Hasta otra. Un abrazo. Justito El Notario. @justitonotario




 

6 comentarios

  1. Por fin un post amable sobre el tema! Llevo dos años intentando quitar la carga registral de una hipoteca en un piso que he heredado de mi padre. Éste, en su día, acabo de pagar la hipoteca pero luego no escrituro y cancelo registralmente dicha cancelación. EL banco era el hispanoamericano. Pues bien, a pesar de tener un certificado de saldo 0 de dicha hipoteca por parte del Santander, que es quien tras fusiones varias integro al banco hispanoamericano, sus gestores me dicen que no se puede firmar dicha escritura de cancelación porque no tienen el numero de préstamo, desde la central dicen que no sale en ningún registro, y vuelta a empezar, unos dicen que no hay numero y otros que sin numero no hay cancelación. TODO ESTO CON CERTIFICADO DE SALDO 0! Asi que, asi estoy y nadie me da una solución, y quiero vender dicha propiedad y no puedo. Alguna idea????

    • Buenas tardes Ade Peiro:
      Escríbame a justitonotario@hotmail.com y mándeme nota simple de la finca gravada con la hipoteca.
      Le echo un ojo y le digo algo si tiene en cuenta dos opciones:
      1.= Esta https://www.justitonotario.es/pagos
      2.= Me encarga la escritura ;)) o instancia de cancelación.
      Soy amable, sí, mucho, pero no tanto y le aseguro que ser tan amable no hace tener la notaría con una cola que de la vuelta a la manzana porque, claro, a muchos esa “amabilidad” (es decir, información, realismo y tal …) no les interesa.
      Saludos, suerte. Justito El Notario.

  2. Muy interesante y entretenido el post. Resulta algo dantesco. Gracias por tu tiempo al compartirlo.

    • Hola Ángel:
      Y he tenido un caso aún peor hace unas semanas. Una auténtica tomadura de pelo.
      Me dio pereza anotar todos los pasos y cuando quise contarlo se me habían olvidado los detalles.
      Gracias, un abrazo, Justito El Notario.

  3. I. Sánchez Prat

    El asunto de las cancelaciones de hipotecas desviadas a gestorías es uno más de los apaños bancarios que claman al cielo por su colisión frontal con los derechos del consumidor. Aún era peor cuando -hasta hace poco tiempo- el Banco exigía una comisión para firmar la cancelación, en colisión directa con sus deberes como acreedor y, específicamente, con la Circular 8/90 del Banco de España, que prohíbe cobrar comisiones por actos que sean los propios del contrato de préstamo (ya que bien propio de ese contrato es dar carta de pago al deudor con liberación de las garantías que en su dia se le exigieron).
    La tramitación a través de gestorías pretende justificarse en la “necesidad” del banco de asegurarse de la inscripción de la hipoteca que se cancela y, después, de la inscripción de a escritura de cancelación, necesidades ambas inexistentes, pues al Banco lo único que le interesa saber es si la deuda está saldada, y eso lo conoce por sus propios archivos y no por intervención de la gestoría. Si se cancela o no la carga le trae perfectamente sin cuidado.
    De hecho, hace años bastaba con la comparecencia del apoderado del banco al tiempo de firmar la venta de una finca, se le entregaba un cheque por el saldo pendiente y firmaba la cancelación. Si había provisión para los impuestos, notaría o registro, era cosa del exclusivo interés del propietario.
    NO hay que ser muy listo ni muy malicioso para imaginar cuál puede ser la naturaleza de los motivos del nuevo sistema exigido por los bancos para cancelar. Lo extraño es que las administraciones públicas o/y las Organizaciones de consumidores no hayan puesto pies en pared ante esta situación.
    Tal vez el Consejo General del Notariado pudiera tbn sacar a la luz el tema, pero no creo que la vocación de ONG de que a veces hace gala llegue tan lejos, dado el poder del oponente.
    En fin, Justito, otra vez gracias por tu magnífico blog y un abrazo.

    • Querido compañero:
      Con tu experiencia sabes mucho más que yo del tema y poco puedo añadir a lo que me cuentas.
      Creo que es importante que todo esto se hable y salga a la luz y además contado por los propios Notarios. Solo así nos libraremos de críticas, escándalos y titulares, si se producen.
      Gracias por tus palabras. Un abrazo, Justito El Notario.

      Si te ha parecido bien o te ha resultado útil mi contestación, puedes invitarme a una caña o hacer un donativo a una ONG; si quieres más información pincha aquí

Deja una respuesta

Tu dirección de correo electrónico no será publicada.